
El Poder Judicial rechazó una vez más la solicitud del expresidente Ollanta Humala para suspender la ejecución provisional de la condena de 15 años de prisión que se le impuso por lavado de activos.
Con esta decisión, el exmandatario deberá continuar cumpliendo la pena de 15 años de privación de la libertad mientras se resuelve su recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia. El tribunal concluyó nuevamente que no existen circunstancias nuevas que justifiquen dejar sin efecto su reclusión en el Penal Barbadillo.
La defensa de Ollanta Humala había invocado fallos del Tribunal Constitucional y la Corte Suprema que, afirman, los aportes de campaña no serían delito al momento de los hechos (campañas 2006 y 2011). Sin embargo, la Sala de Apelaciones, si bien reconoció que podrían tener un impacto en el caso, indicó que ello exige un examen de fondo que corresponde exclusivamente al recurso de apelación de sentencia ya pendiente y no a un pedido de suspensión de ejecución de pena.
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“Los pronunciamientos invocados por la defensa constituyen referencias jurisprudenciales relevantes, cuya eventual incidencia deberá ser evaluada con plenitud en la apelación de sentencia; sin embargo, en el marco del presente incidente -se reitera- no poseen una eficacia inmediata, directa y concluyente para desvirtuar la valoración provisional de gravedad de los hechos. Por ello, el agravio debe ser desestimad”, se lee en la resolución.
La Sala de Apelaciones también concluyó que, en cuanto al peligro procesal, este “no ha experimentado variación alguna”. Los jueces resaltaron que la alta penalidad de 15 años “objetivamente incrementa el incentivo de sustraerse a la jurisdicción”. Además, consideraron que persiste una “debilidad relativa del arraigo familiar efectivo”, dado que las hijas mayores del sentenciado residen en el extranjero y su esposa, la exprimera dama Nadine Heredia, obtuvo asilo político en Brasil, lo que evidencia una “plataforma externa real de acogida” fuera del país.
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Por último, el Tribunal Superior desestimó los cuestionamientos sobre la supuesta inconstitucionalidad de ejecutar la pena tras el adelanto de fallo. Como se recuerda, generó controversia que el colegiado de primera instancia ordenó detener a Ollanta Humala con un adelanto de fallo cuando el TC había establecido que solo se podía privar a una persona de la libertad con una resolución redactada y notificada.
La condena de Ollanta Humala
El expresidente Ollanta Humala fue condenado el 15 de abril de 2025 a 15 años de prisión por lavado de dinero. La justicia peruana determinó que tanto Humala como su esposa, Nadine Heredia, recibieron aportes ilegales de la constructora brasileña Odebrecht y del gobierno de Venezuela para financiar sus campañas electorales de 2006 y 2011. El fallo atribuyó a la pareja la recepción de cerca de 3 millones de dólares provenientes de Odebrecht y otros fondos canalizados desde la administración de Hugo Chávez.
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Durante el proceso, se identificó mecanismos para ocultar el origen ilícito de los fondos, incluyendo la simulación de aportes y la compra de bienes con ese dinero. La sentencia también alcanzó a Ilán Heredia, cuñado de Humala, quien recibió 12 años de prisión. El tribunal estableció una reparación civil de 10 millones de soles.
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