
Un intento por obtener protección legal sobre un disfraz inspirado en un capibara terminó siendo rechazado por el Indecopi, luego de que la autoridad concluyera que la creación no reunía los requisitos mínimos para ser considerada una obra protegida por el derecho de autor. La solicitud fue presentada por la empresa Mobility Life S.A.C., que buscaba registrar el personaje denominado “Matibara” como una obra artística bajo la modalidad de personaje.
Sin embargo, tras evaluar el caso, la Dirección de Derecho de Autor determinó que el disfraz no presentaba rasgos distintivos suficientes que permitieran atribuirle originalidad. En consecuencia, mediante la Resolución N° 2527-2025/DDA-INDECOPI, a la cual accedió Infobae Perú en primicia, se resolvió denegar el registro y ordenar el archivo definitivo del expediente.
La solicitud presentada ante el Indecopi
El procedimiento se inició el 31 de marzo de 2025, cuando una persona con iniciales A.O.L.R., en representación de Mobility Life S.A.C., solicitó el registro de la producción titulada “Matibara”. La empresa planteó que su creación debía ser inscrita como una obra artística, en la modalidad de personaje, dentro del Registro Nacional de Derecho de Autor y Derechos Conexos.
La Dirección de Derecho de Autor, como órgano competente del Indecopi, asumió el análisis del pedido con el objetivo de determinar si correspondía otorgar protección legal a la producción. Para ello, evaluó tanto los aspectos formales de la solicitud como el contenido de la obra presentada.

¿Qué evalúa la Dirección de Derecho de Autor?
De acuerdo con la normativa vigente, la Dirección de Derecho de Autor es la entidad encargada de proteger administrativamente los derechos de autor y los derechos conexos, así como de administrar el registro correspondiente. En ese marco, debe verificar que las obras que se solicitan inscribir cumplan con los requisitos establecidos en la ley.
Entre estos criterios se encuentra el principio de legalidad, que obliga a la autoridad a revisar la validez del acto, la capacidad del solicitante y el cumplimiento de las formalidades exigidas. Además, la legislación señala que solo pueden ser protegidas aquellas creaciones que constituyan obras del ingenio humano y que cuenten con originalidad.
El requisito de originalidad en el derecho de autor
Uno de los ejes centrales del análisis fue el concepto de originalidad. La resolución recuerda que el derecho de autor no protege ideas, sino la forma concreta en la que estas se expresan. En ese sentido, una obra debe reflejar la impronta personal de su autor y diferenciarse de expresiones comunes o usuales dentro de su género.
En el documento se cita que “está protegida la forma sensible bajo la cual se manifiesta la idea y no la idea misma”, enfatizando que no toda creación fruto del esfuerzo humano es automáticamente protegible. Asimismo, se precisa que la originalidad no equivale a novedad, sino a individualidad.

¿Cómo era el disfraz “Matibara”?
La producción presentada consistía en un disfraz que representaba a un capibara, también conocido como carpincho, chigüire o ronsoco. El personaje vestía un polo blanco, una mochila azul y llevaba un peluche de coche del mismo color. Estos elementos fueron analizados tanto de manera individual como en su conjunto.
La Dirección describió al capibara como un roedor de cuerpo largo y robusto, extremidades cortas, cabeza ancha, orejas pequeñas y redondeadas, hocico largo y ojos ubicados hacia la parte posterior de la cabeza. Según el análisis, el disfraz reproducía fielmente estas características propias del animal.
Uso común de diseños similares del capibara en el mercado
Uno de los aspectos determinantes para la decisión fue la constatación de que este tipo de representaciones del capibara son ampliamente utilizadas en el ámbito comercial. La resolución señala que existen numerosos disfraces, peluches y personajes con características muy similares disponibles en tiendas físicas y plataformas digitales.
Para la Dirección, el hecho de que el personaje incluya accesorios como un polo o una mochila no aporta un rasgo distintivo relevante, ya que se trata de elementos fácilmente encontrables en el mercado y comúnmente utilizados en este tipo de productos.

La decisión final del Indecopi: no hay registro para el disfraz de capibara
Tras evaluar todos los elementos, la Dirección concluyó que la producción “Matibara” no contaba con originalidad suficiente para ser protegida por el derecho de autor. Según el criterio adoptado, la creación se limita a reproducir formas comunes asociadas a la figura del capibara, sin incorporar características que expresen una individualidad propia.
Por ello, mediante su resolución, el Indecopi decidió “denegar la solicitud de Mobility Life S.A.C. para el registro de la producción titulada ‘Matibara’ como obra artística en la modalidad de arte aplicado”, ordenando además el archivo definitivo del expediente. La decisión reafirma que la protección legal en materia de derecho de autor no se otorga de manera automática, sino que exige un nivel mínimo de creatividad y diferenciación.
El boom del capibara en Perú
En Perú en los últimos años ha surgido una “fiebre del capibara” o “capibaramanía” que va más allá de conocer al animal en su hábitat natural. Este roedor gigante, conocido también como ronsoco en algunas zonas del país, se volvió una sensación en redes sociales gracias a su aspecto tranquilo y simpático, lo que provocó que aparecieran miles de videos y memes sobre él en TikTok e Instagram.
Esa popularidad viral se trasladó al mundo real: peluches, mochilas, llaveros y otros objetos con su imagen se venden en mercados y centros comerciales de Lima y han sido especialmente demandados durante temporadas festivas como Navidad, convirtiéndose en uno de los artículos más buscados por niños y adolescentes.

Este auge cultural y comercial incluso ha generado debates legales y sociales: hubo intentos de registrar el término “capibara” como marca ante Indecopi, lo que preocupó a comerciantes tradicionales de lugares como Mesa Redonda porque podría afectar sus ventas de productos sin marca. Además, la atención hacia esta especie también ha tenido un lado ambiental, ya que organismos como el Sernanp destacan a los capibaras como símbolos de biodiversidad cuyo hábitat amazónico está siendo amenazado por la deforestación, llamando a la ciudadanía a valorar y proteger los ecosistemas naturales que sustentan a estos animales.
Las diferentes formas de decirle al capibara
El capibara, ese enorme roedor semiacuático que vive en ríos y humedales de Sudamérica, recibe una enorme variedad de nombres según la lengua y la región donde se hable de él. Su nombre científico es Hydrochoerus hydrochaeris, y proviene de palabras que combinan la idea de “agua” con “cerdo”, por lo que a veces se traduce como “cerdo de agua”.
En español se le conoce comúnmente como capibara, capivara o capiguara, formas que derivan del término original de lenguas indígenas como el tupí y guaraní que significaban algo parecido a “el que come hierba”. Estas variantes son frecuentes en muchos países hispanohablantes y en Brasil, donde predomina capivara en portugués.
Además de esas formas, existen nombres más específicos según cada país o cultura. En Argentina, Uruguay y Paraguay se le suele llamar carpincho, mientras que en Colombia y Venezuela es habitual oír chigüiro o chigüire. En Perú y otras partes de la Amazonía se usa el término ronsoco, muy arraigado en la tradición local junto a capibara. También hay apodos descriptivos como chancho de agua en algunos contextos de habla hispana o versiones en otros idiomas como capybara en inglés, Wasserschwein (“cerdo de agua” en alemán) y kapibara en japonés. Todas estas formas reflejan la gran diversidad lingüística y cultural que existe alrededor de este peculiar animal.
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