
El presidente de la República, José Jerí, realizó el pasado 6 de enero una visita al local clausurado de Market Capón, ubicado en la cuadra 7 del jirón Paruro, en el Cercado de Lima. La visita, generó interrogantes sobre la intervención del mandatario en un proceso que involucraba a la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) y la normativa de comercio en el Centro Histórico.
El establecimiento pertenece al empresario Zhihua Yang y fue clausurado por la MML por incumplir la Ordenanza N.° 2711, que prohíbe la venta al por mayor en la zona, como medida para preservar la intangibilidad del Centro Histórico y prevenir riesgos de incendios en almacenes. La clausura del local se realizó tras constatarse que en el piso 3 se ofrecían productos al por mayor y que el piso 4 funcionaba como almacén de cajas con mercadería.
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Según un informe de Perú 21, durante su visita al local, Jerí realizó una llamada que permanece en el misterio, pues no se ha confirmado con certeza quién recibió la comunicación. De acuerdo con el citado medio, el mandatario podría haberse comunicado con un alto funcionario de Indecopi, institución que dos días después emitió una resolución clave relacionada con las clausura de locales en Cercado de Lima.

Denuncias contra la MML e intervención de Indecopi
El contexto previo a la visita de Jerí se remonta a marzo de 2025, cuando la MML declaró la intangibilidad del Centro Histórico y endureció las restricciones al comercio al por mayor mediante la Ordenanza N.° 2711. La medida buscaba evitar riesgos de accidentes y proteger la seguridad de los ciudadanos, luego de un incendio en un local clandestino que puso en riesgo a los bomberos y a la población.
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Sin embargo, la norma fue cuestionada por los comerciantes afectados, y entre julio y noviembre de 2025 denunciaron ante Indecopi que esta medida representa una barrera burocrática. Según Perú 21, la entidad las admitió a trámite recién el 28 de noviembre, iniciando el proceso formal de evaluación y solicitud de descargos a la Municipalidad entre el 1 y 3 de diciembre.
El 18 de diciembre, la MML presentó un informe detallado a Indecopi sobre la importancia de la medida para la preservación del Centro Histórico y la prevención de riesgos. A pesar de estos antecedentes, la resolución final de Indecopi permanecía pendiente hasta los primeros días de enero, momento en el que ocurrió la visita del presidente Jerí a Market Capón.
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Resolución de Indecopi y efectos inmediatos
El 9 de enero, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) de Indecopi, presidida por María Antonieta Merino Taboada, declaró ilegal la prohibición de comercio al por mayor en el Centro Histórico. La resolución establece que la Municipalidad de Lima no podrá volver a clausurar locales comerciales bajo la ordenanza 2711 y ordena inaplicar la medida en favor de los agentes económicos y ciudadanos afectados.
Según informó Perú21, Indecopi explicó que la resolución fue emitida dentro del plazo legal de 120 días hábiles, establecido por el Decreto Legislativo N.° 1256, y que la fecha de emisión responde al cumplimiento del procedimiento legal. Sin embargo, la coincidencia entre la visita de Jerí y el fallo, ocurrida apenas unos días después, generó suspicacias y cuestionamientos.
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Indecopi se pronuncia
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) emitió un comunicado y rechazó categóricamente cualquier afirmación que sugiera que la entidad haya favorecido a una persona o empresa específica mediante un pronunciamiento administrativo. La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) emitió el 9 de enero de 2026 la Resolución N.° 0010-2026/CEB-INDECOPI, en la que declaró la existencia de barreras burocráticas impuestas por la Municipalidad Metropolitana de Lima relacionadas con la prohibición de ciertas actividades económicas en el Centro Histórico, contenidas en normas de alcance general.
El pronunciamiento, explicaron desde Indecopi, no se refirió a ningún caso particular ni a un establecimiento específico, y la Comisión no tiene facultades para ordenar la apertura o cierre de locales, atribución que corresponde exclusivamente a las municipalidades. La investigación previa a la emisión de la resolución se realizó dentro del plazo legal de 120 días hábiles, respetando estrictamente los principios de legalidad, imparcialidad y probidad, y sin considerar hechos externos al procedimiento administrativo.
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Asimismo, Indecopi precisó que la resolución aún no está en ejecución, ya que la Municipalidad de Lima cuenta con plazo hasta el 2 de febrero de 2026 para presentar el recurso de apelación correspondiente. Una vez evaluado, el caso será revisado por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas de Indecopi como segunda y última instancia administrativa. La entidad reafirmó su compromiso de actuar con transparencia, independencia técnica y respeto al marco legal vigente.
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