
El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1 (JEE) declaró este jueves improcedente la solicitud de inscripción extemporánea de la fórmula presidencial del partido Primero la Gente – Comunidad, Ecología, Libertad y Progreso, que lidera la exministra Marisol Pérez Tello.
La decisión se fundamentó en que la agrupación no culminó el trámite dentro del plazo excepcional establecido y no se comprobó que existieran fallas en el sistema Declara+ que hubieran impedido el registro.
Según la Resolución N.º 146-2025-JNE, el plazo límite para presentar solicitudes de inscripción de fórmulas presidenciales, congresales y representantes al Parlamento Andino vencía a las 23:59:59 del 23 de diciembre de 2025. Una disposición adicional permitía finalizar el trámite virtual hasta las 12:00 del 24 de diciembre, siempre que el proceso se hubiera iniciado antes de la fecha límite.
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El personero legal de Primero la Gente, Marco Zevallos, presentó dos escritos el 24 de diciembre de 2025 solicitando admitir la inscripción fuera de plazo, argumentando una “presunta imposibilidad material” atribuida a problemas técnicos en el sistema Declara+.

“No habríamos podido culminar con la presentación de la solicitud debido a problemas en el sistema Declara+”, indicó en su pedido, según consta en los documentos revisados por el JEE.
La Oficina General de Tecnologías de la Información del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) remitió un informe técnico para evaluar lo ocurrido. El documento señaló que “la OGTI no ha podido determinar de manera concluyente que dicha organización haya sido directamente afectada por la incidencia”.
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El análisis descartó fallas en el sistema Declara+, aunque reconoció incidencias en el sistema de firma digital SIGNNET, las cuales no impidieron la presentación de solicitudes dentro del plazo. “No se reportaron fallas con el sistema Declara+ que hubiesen imposibilitado la presentación de solicitudes de inscripciones de fórmula de candidatos dentro del plazo establecido en el Reglamento”, precisó la Oficina de Desarrollo Tecnológico del JNE.
El JEE revisó los anexos presentados por Primero la Gente. Uno de los escritos registró documentos como comprobante de pago, plan de gobierno y plan de resumen en el sistema el 23 de diciembre. Otro incluyó una copia de la solicitud de inscripción con confirmación de registro ese mismo día a las 21:25:32.
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El órgano electoral detectó que la agrupación inició el trámite virtual, pero no lo concluyó antes del plazo excepcional de las 12:00 del 24 de diciembre. Además, los documentos presentados por el personero legal fueron ingresados a las 15:58:46 y 18:01:30, fuera de todo plazo reglamentario.
El informe técnico también observó que el “Reporte de Ocurrencia Tecnológico” presentado por el partido se redactó después de la fecha y hora límite y respondió a una declaración de parte, sin participación del personal técnico del JNE. Pese a la asistencia remota brindada a la organización el 24 de diciembre, el órgano electoral reiteró la inexistencia de fallas en el sistema central.
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La resolución también dispuso notificar la decisión y archivar el expediente. La agrupación tiene la opción de presentar un recurso de apelación y el caso podría pasar al JNE.
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