
El Tribunal Constitucional confirmó que aún no existe una resolución que suspenda la medida cautelar dictada por el juez constitucional Juan Torres Tasso a favor de la ahora inhabilitada fiscal de la Nación Delia Espinoza.
Como se recuerda, el juez del Noveno Juzgado en lo Constitucional de Lima, en lugar de denunciar a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por no cumplir la orden judicial y reponer a Espinoza pese a las múltiples prórrogas, decidió pedir información al TC sobre la demanda competencial que presentó Gino Ríos Patio contra el Poder Judicial.
Y es que, el lunes 1 de diciembre, trascendió que los magistrados habían resuelto otorgar la medida cautelar solicitada por la JNJ y suspender provisionalmente la orden del juez Torres Tasso.
Pues bien, el secretario relator del Tribunal Constitucional, Víctor Alzamora, confirmó que en dicho día se votaron los proyectos de resolución de admisión y de medida cautelar. Sin embargo, su publicación y notificación se realizará “en su oportunidad”, esto es en los próximos días o semanas.
“Con fecha 1 de diciembre se realizó la sesión del pleno jurisdiccional en la que se votó el auto de calificación de la demanda y el auto que resuelve la medida cautelar, quedando pendiente la publicación y notificación de dichas resoluciones, la que se realizara en su oportunidad”, se lee en el oficio al que accedió Infobae.

Oficializan inhabilitación y levantamiento del fuero
El Congreso de la República oficializó la inhabilitación por 10 años de la fiscal de la Nación Delia Espinoza, quien queda impedida de ejercer cargos públicos y enfrentará un proceso penal tras el levantamiento de su fuero. La medida fue publicada en El Peruano mediante la resolución legislativa 008-2025-2026-CR, que atribuye a Espinoza la supuesta infracción de varios artículos de la Constitución.
La decisión parlamentaria permite que el fiscal de la Nación interino, Tomás Gálvez, presente una denuncia penal contra Espinoza por prevaricato, abuso de autoridad, falsedad genérica y usurpación de funciones. El Congreso sostiene que la exfiscal habría modificado de facto los roles de la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público mediante la aprobación del reglamento “Actuación Fiscal en la Investigación del delito”, además de disponer que los fiscales no cumplan con la Ley 32130 y sigan aplicando normas modificadas del Código Procesal Penal. También se le imputa haber instigado a la Policía a actuar fuera de sus competencias y realizar “afirmaciones fraudulentas” en la resolución que aprobó el reglamento.
Sin embargo, según informes de la Secretaría de la Junta de Fiscales Supremos, entre agosto y diciembre de 2024, el reglamento en cuestión no fue sometido a debate, deliberación ni votación. El documento, publicado por el Ministerio Público en octubre de 2024, fue elaborado por la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal. En la versión final, se retiraron los nombres de los responsables y se consignó que fue “aprobado por Juan Carlos Villena Campana, fiscal de la Nación (i)”.
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