
El derecho al sufragio en Perú se encuentra regulado por el artículo 31 de la Constitución Política y la Ley Orgánica de Elecciones. Según estas normativas, la participación en los comicios es obligatoria hasta cumplir 70 años; a partir de esa edad, el voto pasa a ser opcional o facultativo.
Actualmente, existen 2,627 millones de peruanos mayores de setenta años incluidos en el padrón electoral cerrado en octubre, según el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec). De ese grupo, el 53,8% corresponde a mujeres y el 46,2% a hombres. Además, el 96,1% reside dentro del país, mientras que el 3,9% vive en el extranjero.
La mayor concentración de electores de voto facultativo se encuentra en el departamento de Lima, con 895.032 personas, seguido por La Libertad (152.505), Piura (139.899), Arequipa (123.402) y Cajamarca (118.703). En este segmento se identifican 8.094 ciudadanos que han superado los cien años de vida y están habilitados para emitir su voto en las Elecciones Generales 2026. Del total, 5.011 son mujeres y 3.083 hombres.
Para asegurar la transparencia en el proceso electoral, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) revisa el padrón preliminar proporcionado por Reniec el 13 de noviembre. El órgano electoral dispone de un plazo hasta el 13 de diciembre para confirmar o modificar el registro definitivo.
DNI “no caduca” para adultos mayores
El Reniec resaltó que desde los 60 años, los ciudadanos pueden obtener un DNI sin fecha de caducidad, el cual mantiene su validez en cualquier trámite, incluido el ejercicio del derecho a voto. Las personas mayores que ya poseen el DNI azul con la indicación “no caduca” no requieren reemplazarlo por la versión electrónica, salvo que deseen acceder a funcionalidades adicionales como la firma digital.

Según información complementaria publicada por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), se están implementando estrategias para garantizar la accesibilidad en los centros de votación, permitiendo que los adultos mayores y personas con movilidad reducida ejerzan su derecho con mayor facilidad. Además, la ONPE ha habilitado campañas informativas sobre el voto facultativo y los mecanismos de asistencia, buscando asegurar que este grupo de electores participe de manera informada y sin inconvenientes en las próximas jornadas electorales.
El voto a partir de los 70 años se convierte en una decisión personal, lo que refleja tanto un gesto de confianza institucional como un reconocimiento a la trayectoria de vida de los ciudadanos de mayor edad. La coordinación entre Reniec y ONPE resulta clave para actualizar los datos y garantizar que las elecciones sean inclusivas y seguras para todos los sectores de la población.
Beneficios del DNI sin fecha de caducidad
El DNI sin fecha de caducidad ofrece múltiples beneficios para los adultos mayores. En primer lugar, elimina la necesidad de renovar el documento, lo que ahorra tiempo y esfuerzo tanto para los ciudadanos como para las autoridades. Con el nuevo documento, los adultos mayores no tendrán que hacer gestiones periódicas, lo que representa un alivio para aquellos que pueden tener dificultades para trasladarse o acceder a servicios.

Además, este beneficio ayuda a prevenir interrupciones en trámites importantes como el acceso a programas sociales o el cobro de pensiones. También garantiza la participación activa en las elecciones, ya que el DNI es un requisito indispensable para votar. De esta forma, los adultos mayores podrán seguir siendo parte del proceso democrático sin preocuparse por la caducidad de su documento.
Por otro lado, el DNI sin fecha de caducidad reduce el riesgo de que los adultos mayores se vean afectados por vencimientos no advertidos, lo que puede generar complicaciones en momentos urgentes, como el acceso a servicios médicos o la resolución de trámites legales, como herencias y seguros. También se facilita la interacción con entidades financieras, instituciones educativas y organismos gubernamentales.
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