
Acción Popular quiere fiscalizar a los influencers, streamers y creadores de contenido; especialmente en lo que implica la difusión de materias vinculadas a la salud física y mental, la educación de calidad, la seguridad y el patrimonio.
Así, Wilson Soto presentó el proyecto Ley que regula la actividad de los creadores de contenido digital plantea que estos profesionales tengan conocimiento especializado, veracidad y objetividad sobre el tema que difundan. “La finalidad de la ley es evitar la desinformación en asuntos científicos y técnicos para asegurarla calidad e idoneidad de la información que se brinda en los medios digitales”, aclara.
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Pero dentro de esto se incluirán también se incluye al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) como entidad que podrá sancionar a estos líderes de opinión. Una de estas sanciones es una multa de hasta 5 UIT (S/26 mil 750) cuando se difunda información falsa sobre el tratamiento o curación de enfermedades.

Requisitos de los creadores de contenido
Para empezar, el extenso proyecto de ley plantea también requisitos “para ejercer la actividad de creador digital como influencers, streamers o lideres de opinión”.
- Ser mayor de edad
- En caso de menores de edad, el propietario o administrador de lacuenta deberá ser mayor de edad
- Contar con título profesional o certificado oficial que acredite su especialización en la materia sobre la cual difunde contenido, cuando este pueda afectar la vida, salud física o mental, o el patrimonio de las personas
- Estar inscrito en el Registro de Medios Digitales y Creadores de Contenido Digital.
Así, se creará “un registro a cargo de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros, en la que se identificara a los medios digitales y creadores de contenido digital y/o sus representantes para todos los efectos legales".
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Podrán ser multados con hasta S/26.750
Si el proyecto de ley se vuelve Ley, esto significará que estos podrán ser sancionados y multados por no cumplir con difundir información verificada. Estas son las principales conductas infracctoras que plantea la propuesta:
- Difundir información falsa que puede atentar la vida, la salud física o mental de las personas a través de la difusión de tratamiento o curación de enfermedades sin contar con las acreditaciones profesionales correspondientes. Esta infracción es considerada como muy grave
- Difundir información falsa sobre alimentación que puedan causar daño o deterioro de la salud.Esta infracción es considerada como grave
- Propalar información falsa que ponga en riego o afecte el patrimonio de las personas.Esta infracción es considerada como grave
- Difundir información que induzca a la comisión de actos delictivos o faltas tipificadas en el ordenamiento penal. Esta infracción es considerada como grave
- Difundir información que provoque la comisión de infracciones administrativas. Esta infracción es considerada como grave
- Incumplir las obligaciones establecidas en el artículo5 de la presente ley, consideradas como graves.
A partir de esto, se podrá sancionar de hasta tres maneras, según resalta el texto del proyecto de ley:
- Inhabilitación para elejercicio de la actividad de influencers, streamers o lideres de opinión no menor de sesenta (60) días calendario ni mayor de un (1) año. Para las infracciones muy graves
- Inhabilitación para el ejercicio da la profesión no menor a un (1) año hasta tres (3) años. Para las infracciones muy graves
- Hasta con 5 UIT (S/25.750 al 2025) la información falsa sobre el tratamiento o curación de enfermedades. Para las infracciones graves.
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