
El Pleno del Congreso aprobó este miércoles la “Nueva Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres”, una reforma que sustituye completamente la Ley 28983 y elimina de toda la legislación peruana los conceptos vinculados al enfoque de género. La iniciativa, impulsada por la congresista Milagros Jáuregui de Aguayo, se aprobó con 68 votos a favor, 16 en contra y 5 abstenciones.
La decisión se toma en un contexto de debate nacional sobre políticas de igualdad, derechos de las mujeres y mecanismos de prevención de violencia.
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Durante la sustentación, Jáuregui afirmó que la reforma devuelve al Estado “la igualdad auténtica entre mujeres y hombres, sin distorsión ni ambigüedades”, y celebró la aprobación como “un paso firme en defensa de nuestros valores”.

Ley excluye toda referencia al ‘género’
La norma establece que todas las políticas públicas, lineamientos, programas y documentos oficiales deberán adaptar su contenido para referirse únicamente a “igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres”. En consecuencia, conceptos ampliamente utilizados en políticas de género —como “equidad de género”, “igualdad de género”, “violencia de género” o “enfoque de género”— quedarán sin efecto.
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El texto dispone que todas estas expresiones serán entendidas, de ahora en adelante, como “enfoque de igualdad de oportunidades”. Las instituciones podrán adecuar sus normas en un plazo máximo de un año.
Según su autora, la reforma busca retomar “el espíritu original” de la ley de 2007.
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Educación Sexual Integral será sustituida
Uno de los cambios más controversiales es la reforma de la Educación Sexual Integral (ESI) en el marco legal peruano. En su lugar, la ley obliga al Ministerio de Educación a diseñar una “educación sexual con base científica, biológica y ética”, en concordancia con las “convicciones morales” de los padres.
Algunos sectores del congreso cuestionaron la medida durante el Pleno. “Este proyecto nos retrocede décadas. Nos lleva al pasado”, advirtió Susel Paredes.
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El reemplazo de la ESI implica que contenidos relacionados con diversidad, identidad, prevención de violencia conta la mujer o protección frente a situaciones de riesgo pueden quedar supeditados a interpretaciones restrictivas, morales o religiosas.

Ley va en contra de tratados internacionales
En el debate parlamentario, congresistas señalaron que la reforma no solo elimina herramientas reconocidas para combatir desigualdades, sino que también contradice compromisos internacionales suscritos por el Perú. Paredes sostuvo que la aprobación vulnera obligaciones vinculantes de protección a las mujeres y poblaciones diversas.
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“Va contra los instrumentos internacionales como CEDAW y Belém do Pará”, señaló. Tratados que buscan eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer, así como sancionar y erradicar la violencia.
Organizaciones habían advertido previamente que la eliminación del enfoque de género limitaría el diseño de políticas públicas frente a la violencia feminicida, las brechas laborales, el embarazo adolescente y las diversas formas de discriminación que afectan a mujeres y niñas. A pesar de las observaciones, el proyecto obtuvo respaldo mayoritario.
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Otras disposiciones de la nueva ley
El texto sustitutorio aprobado incluye un marco institucional obligatorio para todos los niveles del Estado. Entre los puntos centrales:
- El Estado deberá aplicar medidas temporales de acción positiva para promover la igualdad “real” entre mujeres y hombres.
- El Poder Ejecutivo, gobiernos regionales y locales deberán adecuar sus políticas públicas en un plazo máximo de un año.
- El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables deberá emitir lineamientos para transversalizar el nuevo enfoque.
- El Ministerio de Economía y Finanzas tendrá 90 días para adecuar la estructura programática a la nueva normativa.
La ley también redefine la Política Nacional de Igualdad y deroga la PNIG (Política Nacional de Igualdad de Género), que ha sido guía de planes de prevención de violencia y brechas de género durante los últimos años.
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