El expresidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar, se pronunció sobre la decisión del Poder Judicial que declaró nulo el proceso que el Congreso de la República, a través de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC), seguía en su contra con la intención de inhabilitarlo.
En entrevista con RPP, Del Solar saludó el fallo de la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, pero aclaró que su objetivo no fue retomar la actividad política, sino defenderse de un abuso por parte del Parlamento.“Aquí nos estamos defendiendo porque esto ha sido un atropello, no por ningún tipo de cálculo político. Yo no tengo planes de regresar a la política ni me he defendido para poder regresar a la política”, declaró.

¿Por qué el proceso de la SAC debía anularse?
Del Solar explicó que la acusación constitucional en su contra por el cierre del Congreso en 2019 ni siquiera debió ser admitida por la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, ya que el Tribunal Constitucional había determinado que ese proceso se realizó conforme a las leyes y a la Constitución.
“El Tribunal Constitucional ya se había pronunciado. Por más polémica que pueda parecer esa decisión, el hecho es que la máxima autoridad de interpretación de nuestra Constitución señaló en su momento que tanto la presentación de la cuestión de confianza, que me tocó en ese momento como presidente del Consejo de Ministros, como la posterior disolución del Congreso a cargo del presidente, entonces Martín Vizcarra, fueron constitucionales”, recordó.
Asimismo, indicó que la decisión de la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima se basa en que el proceso iniciado por la SAC caducó el 30 de septiembre de 2024. Sin embargo, pese a que el plazo legal había concluido, el Congreso continuó con la acusación.“El doctor Luciano López presentó una primera pretensión que decía: ‘Señores de la Corte Superior, esto caducó el 30 de septiembre de 2024. De acuerdo a nuestra Constitución, tuvo que detenerse todo en esa fecha’. Y la Subcomisión y luego la Permanente no hicieron caso de eso”, agregó.
¿Qué establece el fallo judicial?
Según explicó el abogado del exministro, Luciano López, la sala de la Corte Suprema se pronunció únicamente sobre el primer punto, relacionado con el cumplimiento del plazo razonable. Sin embargo, no abordó el hecho de que se trataba de un tema ya juzgado y con una sentencia previa del Tribunal Constitucional.
Los jueces indicaron que, al considerar que el proceso estaba caduco, ya no era necesario pronunciarse sobre los demás aspectos. El único magistrado que sí lo hizo fue Tapia Gonzales, quien reafirmó lo establecido por el Tribunal Constitucional: que la cuestión de confianza y el cierre del Congreso fueron constitucionales y que ese asunto ya es cosa juzgada.

López consideró que este voto podría servir como precedente en favor del expresidente Martín Vizcarra, quien fue inhabilitado a raíz de dicha decisión.“El magistrado Tapia creo que te da unos insumos para tu pregunta que le hiciste a Salvador, y que creo que podría servirle a Vizcarra. Por eso te digo, te podría decir sí y no”, declaró.
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