
Ya es noviembre y miles de empleadores se preparan para cumplir con una de las obligaciones más importantes del año: el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Aunque el plazo legal vence el 15 de noviembre, este año esa fecha caerá en sábado, por lo que el abono podrá realizarse hasta el lunes 17 de noviembre sin que la empresa incurra en sanción alguna.
Como se sabe, esta obligación protege al trabajador frente al cese y su incumplimiento puede costar a una empresa multas de hasta S/139 mil 742, dependiendo de su tamaño. “La CTS no es un trámite menor. El empleador debe tener claro que la ley exige tanto el depósito oportuno como la entrega de la hoja de liquidación”, explica David Corthorn, abogado de Editorial Economía y Finanzas (EEF).
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Sin embargo, dado las leyes de retiro CTS, el concepto de esta se ha desvirtuado y ahora podrá ser accesible para los trabajadores sin que pierdan su empleo. Podrán retirar los montos que les depositen hasta el 31 de diciembre de 2026. Y luego de eso, podrán sacar hasta el 50% del monto siempre.

Estos trabajadores reciben CTS
Según EEF, la CTS corresponde a todos los trabajadores formales en planilla del régimen laboral privado, sean de contrato fijo o indefinido, siempre que trabajen al menos cuatro horas diarias en promedio. El abogado de EEF explica que esto incluye también a quienes laboran bajo el régimen de la pequeña empresa, aunque con un tope menor: hasta un máximo de 90 remuneraciones diarias por año de servicio.
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Mientras, los trabajadores a tiempo parcial (part time) cuyo horario no alcanza las cuatro horas diarias, no califican para este beneficio. Tampoco lo hacen quienes pertenecen a microempresas registradas en el REMYPE. “Uno de los errores más comunes es asumir que todos los empleados deben recibir CTS, cuando la ley establece límites claros según el tipo de jornada o el régimen empresarial”, precisa Corthorn.
De igual manera, existen regímenes laborales especiales en los que la forma de cálculo y pago de la CTS varía. Por ejemplo, en construcción civil equivale al 15% de las remuneraciones básicas percibidas; en el régimen agrario, al 9.72% de la remuneración básica; y en el caso de trabajadores con remuneración integral anual (RIA), el beneficio puede estar incluido en dicho esquema, salvo acuerdo en contrario.
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Así, en caso de cese antes del 15 de noviembre, si el trabajador cumplió con una jornada mínima diaria de cuatro horas y laboró más de un mes, mantiene el derecho a recibir el pago proporcional de la CTS.
El cálculo
Ya llega pronto la CTS. El depósito de noviembre corresponde al semestre mayo – octubre de 2025 y debe calcularse tomando como base la remuneración vigente del trabajador al mes de octubre de ese año. Según la Ley de CTS (D. Leg. 650), los empleadores deben abonar “tantos dozavos de la remuneración computable como meses completos haya laborado el trabajador en el semestre respectivo”, y de manera proporcional los días de fracción.
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“Si un trabajador ingresó en julio, el depósito deberá cubrir cuatro meses completos, calculados sobre su remuneración de octubre. Es fundamental revisar estos detalles para evitar errores de liquidación”, agrega el especialista de EEF.

Pero si las empresas que no cumplen con el depósito o no entregan la hoja de liquidación se exponen a sanciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
Las multas por no pagar CTS
El incumplimiento del pago de la CTS genera dos tipos de infracciones:
- Infracción Leve: No entregar la hoja de liquidación al trabajador dentro de los cinco días hábiles posteriores al depósito. La multa puede ir desde S/481 hasta S/83 mil 32.
- Infracción Grave: No depositar la CTS íntegra o a tiempo. Esta es sancionada con multas de S/2 mil 407 a S/139 mil 742, según el tamaño de la empresa.
Además de las multas, el empleador que no deposite a tiempo queda obligado al pago automático de los intereses que hubiera generado el dinero en la entidad financiera, asumiendo una penalidad adicional.
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