El Poder Judicial sentenció a 15 años de prisión efectiva al congresista Guillermo Bermejo Rojas por el delito de afiliación terrorista, tras hallarlo culpable de mantener vínculos con los remanentes de Sendero Luminoso en el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (Vraem). La decisión fue dictada por la Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria durante una audiencia presencial en Lima.
El tribunal concluyó que el legislador, integrante de la bancada Voces del Pueblo – Juntos por el Perú, mantuvo contactos con miembros de la cúpula senderista entre los años 2008 y 2009, período en el que se desplazó voluntariamente a campamentos terroristas del Vraem. De acuerdo con la sentencia, estos desplazamientos no fueron fortuitos ni casuales, sino parte de una vinculación directa con la organización subversiva.
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Vínculos con Sendero Luminoso
Según la resolución judicial, se acreditó que Bermejo sostuvo reuniones clandestinas con los cabecillas terroristas Víctor Quispe Palomino, conocido como “camarada José”, y Jorge Quispe Palomino, alias “camarada Raúl”, así como con otros miembros del comité central senderista. La Fiscalía señaló que el congresista recibió adoctrinamiento ideológico y entrenamiento en el uso de armas, además de tener la tarea de establecer lazos con grupos terroristas extranjeros.
La Sala Penal determinó que existían suficientes elementos probatorios, como testimonios de colaboradores eficaces, videos, informes de inteligencia y registros de desplazamiento, que confirmaban la participación del parlamentario en actividades relacionadas con la agrupación terrorista. El colegiado afirmó que Bermejo no logró desvirtuar las acusaciones ni ofrecer pruebas que contradijeran los hechos sustentados por el Ministerio Público.
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Inhabilitación política y reparación civil de S/100 mil
Además de la condena de prisión, el tribunal impuso a Bermejo una reparación civil de S/100.000 y una multa equivalente a 7.800 días multa. Asimismo, dispuso su inhabilitación para ejercer mandato o cargo público, junto con la suspensión de sus derechos políticos por un periodo de dos años adicionales al cumplimiento de la pena, lo que le impedirá postular o asumir funciones públicas una vez excarcelado.
La sentencia también precisa que la pena es prisión efectiva, por lo que el congresista deberá cumplirla en un penal designado por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE). La Fiscalía inicialmente había solicitado inicialmente 20 años de prisión, aunque el tribunal redujo la sanción tras la evaluación de los medios probatorios.
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Bermejo niega cargos y enfrenta otro proceso
Durante el juicio, el parlamentario negó haber tenido vínculos con Sendero Luminoso y calificó las acusaciones como un intento de persecución política. Sostuvo que su presencia en el Vraem se debía a su trabajo político y social en comunidades afectadas por la violencia. No obstante, los jueces consideraron que las pruebas presentadas por el Ministerio Público acreditaban su afiliación al grupo terrorista.
De forma paralela, Bermejo afrontará un nuevo proceso judicial junto al congresista Guido Bellido por el presunto delito de obstrucción a la justicia, tras ser acusados de intentar amedrentar al testigo Eddy Villarroel, conocido como “Sacha”, en una investigación vinculada al caso de Vladimir Cerrón. La Fiscalía ha solicitado siete años y seis meses de prisión para ambos parlamentarios en ese expediente.
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No podrá postular en 2026
Guillermo Bermejo tenía previsto participar en las elecciones primarias de la alianza electoral Venceremos como precandidato a la Presidencia de la República. Esta coalición está integrada por los partidos Nuevo Perú y Voces del Pueblo, y se perfilaba como una nueva opción dentro del espectro de izquierda para los próximos comicios. Sin embargo, su reciente condena judicial podría dejarlo fuera de la contienda antes de iniciar el proceso interno.
Según explicó Silvia Guevara, especialista en derecho electoral, a RPP, la ley peruana impide postular a cualquier ciudadano que tenga una sentencia condenatoria en primera instancia por delito doloso. La experta precisó que el artículo 34-A de la Constitución establece un impedimento general para estos casos, sin distinguir el tipo de delito. “Toda persona con sentencia emitida en primera instancia, aun cuando no sea firme, está impedida de postular a cargos de elección popular”, puntualizó.
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