
Varios restaurantes en Perú cobran lo que se denomina recargo al consumo, un concepto de un pago extra en los montos que se cobran con el objetivo de aportar a las remuneracionse de los trabajadores.
Este se ha entendido y explicado por expertos como el abogado Jaime Delgado, especialista en defensa del consumidor, como una ‘propina camuflada’, dado que obliga los usuarios a pagar este monto (legalmente puede ser de hasta 13%). Esto el cliente podría no verlo hasta recibir la boleta. En algunos casos se incluye el recargo al consumo en el precio de los productos, y en otro se suma como un porcentaje esxtra en la boleta.
De cualquier forma, su característica ‘oculta’ podría tener los días contados, dado que un nuevo proyecto de ley del Congreso propone que se transparente si este se cobra, inclusive en el exterior de los restaurantes y hoteles.

Informarán si cobran recargo al consumo
El proyecto de ley ha sido presentado por iniciativa del congresista Edgard Reymundo Mercado, y lleva las firmas de parlamentarios de su grupo parlamentario, el Bloque Democrático Popular. La medida se denomina “Proyecto de ley que fortalece el derecho a la protección de los intereses económicos de los consumidores.
Este busca modificar el artículo 5° de la Ley 29571, el Código de Protección y Defensa del Consumidor, a fin de transparentar “la información del concepto por recargo al consumo en los establecimientos comerciales de manera visible y clara”.
Esto permitiría a los consumidores conocer “si un establecimiento ya genera un cargo en el monto final a pagar por concepto de propina a favor de sus trabajadores, respetando”. Como se sabe, los restaurantes y hoteles pueden aplicar este concepto como ‘recargo al consumo’.

Deberán mostrarlo afuera del restaurante
Lo que hace la iniciativa es incorporar nuevos párrafos en el artículo 5 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Este detalla que los restaurantes deben exhibir los precios de productos en la parte exterior de estos locales.
“Los establecimientos que expenden comidas y bebidas y los servicios de hospedaje y hostelería están obligados a colocar sus listas de precios en el exterior, de forma accesible y visible para consulta del consumidor. En estos servicios está prohibido el cobro de montos adicionales por cualquier tipo de concepto o recargo de manera disgregada al precio final, con excepción del recargo al consumo por concepto de servicio de los trabajadores previsto en norma especial”, señala la norma actual.
Pero el nuevo texto añadirá que si se cobra el recargo al consumo, estos restaurantes y hoteles deberán consignar el siguiente texto en el exterior de manera clara, entendible, visible y destacada en sus listas de precios:
“Este establecimiento, junto a sus trabajadores, ha establecido un (porcentaje) % de ‘Recargo al consumo’ sobre el monto cobrado y que equivale a la propina, en beneficio exclusivo de sus trabajadores y que será distribuido equitativamente entre ellos”.
Así, esta información deberá ser publicada en cada establecimiento para conocimiento del público, las autoridades laborales y tributarias, así como de sus trabajadores.
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