
La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró nula la condena de 35 años de prisión contra el comandante PNP (r) Raúl Enrique Prado Ravines, acusado de liderar la organización criminal El Escuadrón de la Muerte que ejecutaba extrajudicialmente a presuntos delincuentes bajo la fachada de operativos policiales. La decisión también anula las condenas de otros 13 efectivos policiales implicados en un presunto operativo falso en Piura en 2015, donde murieron 4 personas.
La Sala Superior identificó una serie de “nulidades insubsanables” y una “motivación aparente” en la sentencia de primera instancia emitida por el Cuarto Juzgado Penal Colegiado Nacional.
PUBLICIDAD
Uno de los pilares de la condena contra Prado Ravines fue la presunta planificación del falso operativo para asesinar a delincuentes, basándose en declaraciones de colaboradores eficaces y testigos protegidos. Sin embargo, la Sala de Apelaciones criticó duramente que el juzgado de primera instancia no corroborara adecuadamente estos testimonios.
El tribunal señaló que la versión de un colaborador eficaz no puede sustentarse únicamente con la de otro colaborador, sino que requiere pruebas independientes. En su fallo, la Sala resalta esta deficiencia: “un elemento de prueba incapaz de fundar por sí solo la convicción judicial por la falta de fiabilidad [...] no debería razonablemente considerarse susceptible de recibir sustento de otro afectado del mismo vicio genético”.
PUBLICIDAD

Además, la sentencia de apelación indica que el juzgado de primera instancia afirmó que la hipótesis fiscal se corroboraba “con la declaración de los testigos en reserva”, pero “sin especificar a qué testigos se refiere y sobre todo, con que extremo de las declaraciones de estos se produciría tal corroboración”. Esta falta de análisis, dicen los jueces superiores, dejó en indefensión a la defensa.
Otro punto para la anulación es la omisión de un debate entre dos pericias con conclusiones contradictorias. Este fue el caso de los análisis de la escena del crimen y las pericias sobre un video clave grabado por un testigo.
PUBLICIDAD
La Sala de Apelaciones cuestionó que el juzgado descartara arbitrariamente la pericia oficial de la escena del crimen realizada de forma contemporánea a los hechos, calificándola de “subjetiva” sin una justificación razonable. El tribunal concluyó que, ante dictámenes periciales con conclusiones contrapuestas, era necesario un debate entre los expertos, lo que no ocurrió.
“El hecho que no se valore una pericia o no se realice un debate pericial disminuye las posibilidades de probar una hipótesis, ya sea la incriminatoria o como en este caso, la defensiva. El causal probatorio disponible entonces, se ve mermado, lo cual influye en la visión del juzgador [...] creando la posibilidad de que el resultado de la decisión final hubiera podido ser distinto”, se lee en el fallo.
PUBLICIDAD

La Sala también encontró que la sentencia original carecía de una motivación adecuada para sustentar sus conclusiones más graves. Por ejemplo, el juzgado afirmó que los acusados “alteraron la escena del crimen y sembraron armas”, pero no explicó el razonamiento lógico ni los indicios que lo llevaron a esa conclusión.
De igual manera, se omitió el “juicio de subsunción”, es decir, el juzgado no explicó cómo la conducta atribuida a Prado Ravines se adecuaba al delito de homicidio calificado por gran crueldad o alevosía. “Los juzgadores no han referido en la sentencia condenatoria cómo la conducta del recurrente [...] se adecúa al texto de la ley”, dicen.
PUBLICIDAD
Finalmente, la resolución concluye que la acumulación de estos vicios “trascendentes y no convalidables” produjo un estado de indefensión que no puede ser corregido en segunda instancia, haciendo inevitable la realización de un nuevo juicio oral a cargo de un Juzgado Colegiado distinto.
¿Sale libre?
A pesar de la anulación de la condena y de que actualmente Prado Ravines no enfrenta una sentencia firme en su contra, su permanencia en prisión continúa. Según explicó Humberto Abanto a Infobae, el excomandante aún enfrenta varios procesos penales derivados del caso Escuadrón de la Muerte, y en uno de ellos se mantiene vigente una orden de prisión preventiva. El abogado adelantó que solicitará el cese de esta medida, argumentando que la base original para su imposición ha quedado sin sustento tras la nulidad de la sentencia.
PUBLICIDAD

“Vamos a solicitar que se produzca el cese de la prisión preventiva porque las razones por las cuales él tuvo que ponerse a buen recaudo han sido demostradas en la apelación que él era víctima de una sentencia inicua”, declaró Abanto.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Más Noticias
Sueldo mínimo subiría a S/1.230 en octubre, calcula el MEF: Segunda alza llegaría tras el fenómeno El Niño
El sueldo mínimo subiría a S/1.300, pero primero se subirá en S/100, ya en octubre, según el ministro de Economía y Finanzas. Y el bono que irá para las microempresas será de S/100 por trabajador, solo por ese mes

Keiko Fujimori no indultará a Pedro Castillo: “Es imposible”, afirma el ministro de Justicia
Ernesto Álvarez sostiene que “jurídicamente” el Estado ya tiene una posición sobre el caso del exmandatario condenado por conspiración. “Políticamente tampoco es necesario”, apuntó

Siete feriados se moverían al lunes para 2027, según el nuevo criterio del MEF
Ojo, el ministro de Economía y Finanzas solo ha detallado que se moverán los feriados que caen dentro de la semana laboral, no hizo mención a sábados ni domingos

Temblor hoy en Perú EN VIVO: último sismo en Tacna, epicentro y reporte del IGP del 8 de agosto de 2026
Cinco sismos de moderada magnitud se registraron en distintas regiones del Perú el 7 de agosto de 2026, según reportes oficiales del Instituto Geofísico del Perú (IGP)

¿Cuántas horas como máximo deberías trabajar a la semana? Esto recomienda la norma
La ley peruana establece una jornada máxima de trabajo, aunque algunas funciones pueden organizarse de acuerdo con objetivos y responsabilidades específicas



