
La vicepresidenta de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), María Teresa Cabrera, propuso abrir un procedimiento disciplinario contra Delia Milagros Espinoza Valenzuela, tras la denuncia de presuntamente negarse a cumplir con reponer a Patricia Benavides. Asimismo, se propone que, de ratificarse el proceso, la titular del Ministerio Público sea suspendida por un plazo de seis meses.
“Disponer el inicio del procedimiento disciplinario contra la señora Delia Milagros Espinoza Valenzuela, por su actuación como Fiscal Suprema y Fiscal de la Nación, por haber presuntamente infringido en su totalidad, los deberes previstos en los numerales 1), 3), 10) y 20) del artículo 33º de la Ley de la Carrera Fiscal, y por tanto, habría incurrido en la comisión de faltas graves, tipificadas en los numerales 1), 7) y 16) del artículo 46° de la acotada ley y habría incurrido en la comisión de faltas muy graves tipificadas en los numerales 6) y 13) del artículo 47º de la citada ley", menciona el informe formulado por la miembro instructor.
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Mientras que en otro documento se propone la medida cautelar contra Espinoza al considerarla idónea “al ser la única capaz de garantizar que la investigada no continúe ejerciendo funciones que podrían comprometer el debido procedimiento disciplinario”; necesaria “en atención a que no existe otra medida menos gravosa que permita asegurar el normal desarrollo del procedimiento” y proporcional “Dado el interés público que se ha visto comprometido”.
Sobre el tiempo, se expone que es prudente “tanto más que se encuentra dentro de los parámetros establecidos en el Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la Junta Nacional de Justicia”.
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El caso se inició luego de la denuncia presentada por Luis Miguel Caya Salazar el 25 de junio de 2025. El denunciante sostuvo que Espinoza Valenzuela habría cometido faltas disciplinarias por su conducta como Fiscal Suprema y como Fiscal de la Nación, específicamente por no obedecer las directivas contenidas en la Resolución N.° 231-2025-JNJ. El pleno de la JNJ resolvió el 18 de julio de 2025 abrir una investigación preliminar para examinar cuatro hechos presuntamente irregulares.
El análisis se centró en la negativa de Espinoza Valenzuela a reincorporar de manera inmediata a Liz Patricia Benavides Vargas en el cargo de Fiscal de la Nación y Fiscal Suprema, tal como lo ordenaba una resolución firme. El documento detalla que la investigada “se rehusó a admitir y ejecutar las disposiciones de la Junta Nacional de Justicia, desplegando acciones para cuestionar la validez y ejecución del mandato”.
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Entre los principales hechos atribuidos figura la continuidad en el ejercicio del cargo de Fiscal de la Nación pese a la notificación sobre la restitución de Benavides Vargas. Además, que la titular del Ministerio Público solicitó en repetidas ocasiones documentos y registros para condicionar el cumplimiento del mandato de restitución, prácticas calificadas en el expediente como “dilatorias y de resistencia administrativa”.

El informe describe que el 16 de junio de 2025, tras la notificación de la resolución en cuestión, Espinoza Valenzuela habría instruido al personal de la sede principal del Ministerio Público a permanecer en el noveno piso de la sede durante varias horas, con el propósito de dificultar el acceso y el cumplimiento de la citada resolución. Esta conducta es considerada en el expediente como uso indebido de la investidura y del espacio institucional.
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La investigada presentó diversos argumentos para solicitar la nulidad de los actos de investigación. Afirmó que las imputaciones carecían de precisión y que la denuncia original no cumplía con la exigencia de afectación individual prevista en el reglamento disciplinario. “La investigación preliminar se fundamenta en suposiciones y valoraciones carentes de respaldo probatorio objetivo”, expuso.
Sin embargo, la miembro instructor de la Junta Nacional de Justicia concluyó que las acciones atribuidas a Espinoza Valenzuela constituyen posibles faltas graves y muy graves, como interferencia en el ejercicio de funciones de otros órganos del Estado, desobediencia a actos administrativos vinculantes y trato discriminatorio en el desempeño del cargo fiscal.
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