Walter Ayala, abogado del expresidente Pedro Castillo (2021-2022), afirmó este jueves que la sentencia por el proceso vinculado al fallido golpe de Estado de diciembre de 2022 podría conocerse antes de que termine el año.
En diálogo con la radio Exitosa, expresó su confianza en un resultado favorable para su patrocinado. “Según los pronósticos, este año debería emitirse sentencia y esperemos que sea absolutoria”, afirmó.
A continuación, cuestionó la prisión preventiva dictada contra el exmandatario, señalando que existen alternativas menos severas. “Si es que el miedo es que se fugue, puede haber arresto domiciliario o impedimento de salida del país, ¿por qué tenerlo preso? Acá el tema es político, y esto no lo he dicho yo, sino juristas”, señaló.
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También criticó al sistema judicial peruano, al que acusó de actuar de manera parcial. “Acá cualquiera se puede ir preso mañana porque muchas veces los jueces son subjetivos y, a pesar de que la ley no dice lo del tipo penal, por un tema de interpretación extensiva en contra del procesado lo tienen preso bajo el argumento de peligro de fuga. Esto no pasa en Chile ni en EE.UU. Esto le puede pasar mañana a cualquiera”, dijo.

Sobre la acusación por presunto delito de rebelión, Ayala sostuvo que no se configura jurídicamente. “No vaya a ser que por ahí estos eruditos digan que acá no hay rebelión, sino tentativa, pero es una tentativa imposible (...) es como si quisiera matar a una persona con una pistola de juguete. Acá hay muchas interpretaciones. A estas alturas, creo que ya quedó claro el tema. Puede haber una infracción a la Constitución, en el tema penal no ha habido delito de rebelión”, comentó.
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Revés
Las declaraciones del letrado ocurren cuando el Poder Judicial rechazó la solicitud del expresidente para anular el juicio oral relacionado con este caso, por el cual la Fiscalía ha pedido una condena de 34 años de prisión.
Según una resolución difundida este jueves por RPP, la jueza constitucional de Lima, Ana Osorio, declaró improcedente el habeas corpus presentado por la defensa del exmandatario, que alegaba la vulneración de varios derechos fundamentales.

La defensa pretendía invalidar la resolución de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema, que fijó para el 4 de marzo de 2025 el inicio del juicio oral. Además, solicitaba anular todas las actuaciones previas en la etapa de juzgamiento y designar un nuevo tribunal supremo encargado del caso.
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El recurso alegaba afectaciones al derecho a la libertad personal, al debido proceso —en su componente de imparcialidad judicial— y a una defensa adecuada. Sin embargo, la magistrada concluyó que no se acreditó ninguna vulneración a los derechos mencionados.
En la resolución emitida el 25 de agosto, la jueza señaló que los integrantes de la Sala Penal Especial garantizaron en todo momento el derecho de defensa del acusado. Ante la ausencia de un abogado particular, se le asignó un defensor de oficio y se le concedió un plazo razonable para entrevistarse con él y preparar su estrategia legal. Por ello, no se constató ninguna afectación a su derecho de defensa
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