ONPE incluye a influencers y creadores de contenido a la franja electoral 2026 con nuevas reglas de financiamiento

El organismo electoral prepublicó las modificaciones al Reglamento de Financiamiento Partidario para que los partidos políticos puedan formalizar sus contrataciones creadores de contenido

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El organismo electoral prepublicó cambios al reglamento de financiamiento partidario que permitirían contratar a influencers como parte de campaña. (Composición Infobae)
El organismo electoral prepublicó cambios al reglamento de financiamiento partidario que permitirían contratar a influencers como parte de campaña. (Composición Infobae)

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) difundió este lunes la prepublicación de modificaciones al Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios (RFSFP), con el objetivo de actualizar las normas de uso de fondos públicos y adaptar la franja electoral al entorno digital en el marco de las Elecciones Generales 2026.

El documento, publicado en la web institucional, plantea cambios a más de veinte artículos del reglamento actual. Entre las novedades más llamativas figura la inclusión de creadores de contenido digital, como youtubers, streamers e influencers, dentro de los proveedores que podrán difundir propaganda electoral con cargo al financiamiento público directo.

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Influencers y youtubers en la franja electoral

Hasta ahora, la franja electoral —espacio que los partidos utilizan para transmitir mensajes con fondos públicos— estaba reservada para medios tradicionales y agencias de publicidad digital. Con la propuesta, la ONPE busca formalizar la contratación directa de influencers y otros creadores de contenido, quienes podrían difundir mensajes partidarios a través de formatos como reels, shorts o transmisiones en vivo.

Influencers figuran entre los 15 grupos de trabajo informal en Perú, según nueva clasificación del MTPE. (Pexels/Kampus)
Influencers figuran entre los 15 grupos de trabajo informal en Perú, según nueva clasificación del MTPE. (Pexels/Kampus)

Para garantizar un estándar mínimo, se establecen requisitos específicos. Las cuentas en redes sociales deberán contar con al menos un año de antigüedad y 100.000 seguidores o suscriptores. Además, deberán acreditar un nivel de interacción activo: 1,3 % de engagement en Facebook e Instagram durante los últimos 30 días o un promedio de 10.000 visualizaciones por video en YouTube en el mismo periodo.

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La ONPE sostiene que estas condiciones permitirán que los recursos públicos destinados a la franja electoral lleguen a comunidades digitales consolidadas y activas, evitando la dispersión de fondos en cuentas con poco alcance real.

Reglas para agencias de medios

El reglamento también precisa los requisitos para las agencias de medios digitales, que seguirán participando como proveedoras. Estas deberán acreditar al menos cuatro años de experiencia en planificación, compra y gestión de publicidad digital, además de haber administrado una inversión previa no menor a 186 UIT en campañas digitales durante ese tiempo.

La prepublicación incorpora nuevas reglas para con el objetivo de reforzar la transparencia en las campañas políticas. (ONPE)
La prepublicación incorpora nuevas reglas para con el objetivo de reforzar la transparencia en las campañas políticas. (ONPE)

De esta manera, la ONPE busca mantener un control más estricto sobre los proveedores, tanto tradicionales como digitales, y asegurar que los fondos públicos se destinen a servicios con impacto comprobado.

Otra modificación establece que las grabaciones para radio, televisión y redes sociales deberán tener una duración máxima de 30 segundos, lo que unifica los criterios de producción y evita diferencias de exposición entre partidos.

Ajustes en el financiamiento partidario

Además de los cambios en la franja electoral, la ONPE propone modificaciones en el uso del Financiamiento Público Directo (FPD) que reciben las organizaciones políticas.

Uno de los principales ajustes es que la rendición de cuentas, que hasta ahora era semestral, pase a ser anual, aunque con visitas de control mensuales e inopinadas por parte del organismo electoral.

Se amplían, asimismo, las prohibiciones para contratar con fondos del FPD. Quedan excluidos directivos, representantes, afiliados y no afiliados con sentencias por delitos relacionados con financiamiento ilegal de la política, falseamiento de información o fuentes prohibidas de aportes.

En cuanto a las actividades de financiamiento proselitista, se precisa que el ingreso neto corresponde al monto recaudado luego de deducir los gastos, buscando un mayor control sobre los balances que presentan las organizaciones.

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