Dina Boluarte tenía hasta el jueves 22 de mayo para decidir sobre la Ley del retiro CTS. Las dos opciones eran o promulgar la norma o observarla. Pero ya ha sido promulgada este 9 de mayo.
Así, se publicó en el diario oficial El Peruano, pero a diferencia de otras veces, que en el transcurso de 10 días el Ministerio de Trabajo promulgaba el reglamento para su acceso, el plazo podría demorar unos días más, dado que ahora se menciona un plazo de 30 días.
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Así, finalmente, ¿cuándo se podría retirar la CTS, considerando ambas opciones? Según Jorge Carrillo Acosta, profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, en el mejor de los casos, el acceso podría hacerse efectivo el mismo jueves 15 de mayo, en caso la Presidenta no se tome todo el plazo para promulgarla.

Fechas para el retiro CTS
Luego de que la autógrafa de la Ley del retiro CTS —la que autoriza, entre otras cosas, la liberación del 100% de los fondos de las cuentas hasta el 31 de diciembre de 2026— llegara a manos del Ejecutivo, demora del Congreso en firmarla mediante, ahora los días están contados para su implementación.
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Según Jorge Carrillo, los próximos pasos que seguiría esta Ley serían los siguientes:
- Primero, el Ejecutivo debe revisar la norma. Para lo cual tiene un plazo de 15 dais útiles, los cuales venden el jueves 22 de mayo.
- Sin embargo, para esto hay dos alternativas: 1) que el Ejecutivo promulgue la norma, y s), que el Ejecutivo observe la norma
- Pero en el caso de observarse, el Pleno del Congreso podría aprobarla por insistencia, lo cual demoraría aproximadamente una semana más
- Una vez aprobada esta Ley, tendría que publicarse la misma en el diario oficial El Peruano
- A partir de esto, el último paso sería la elaboración y publicación también del reglamento correspondiente, para lo cual el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo tiene un plazo de 10 días calendario
Así, en el mejor de los casos, según calcula Carrillo, los trabajadores podrán retirar sus montos de CTS de sus cuentas el próximo 15 de mayo, que es justo la fecha máxima que tienen los empleadores para depositar el primero de estos montos de este 2025.
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Sin embargo, “en el peor de los casos podría demorar hasta la segunda semana de junio”, aclara el experto.
¿Cómo fue en el 2024?
Como se sabe, esta sería la segunda vez que Dina Boluarte valida una norma como esta: el año pasado se aprobó el acceso hasta el 31 de diciembre de ese año.
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En el 2024, el Congreso aprobó la norma un jueves 2 de mayo, la Presidenta lo recibió el día siguiente, y promulgó la norma el viernes 17 de mayo, en tan solo 10 días hábiles. Y luego en 9 días calendario el MTPE ya había publicado la norma.
Si este 2025 se siguieran los mismos plazos, Boluarte promulgaría la norma el jueves 15 de mayo y el sábado 24 de mayo saldría el reglamento del MTPE. En este escenario, los trabajadores podrían retirar su CTS desde el domingo 25 de mayo.
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Retiro CTS hasta el 2026
La Ley del retiro CTS aprueba el libre acceso a las cuentas que guardan los montos de este “seguro de desempleo” hasta el 31 de diciembre de 2026.
Además de esto, la norma valida que siempre se puedan acceder a la mitad de los montos guardados en estas cuentas, lo que cambia la figura de este derecho laboral. Dado que los trabajadores tendrán libre acceso, esta medida podrá ser aprovechada desde el 1 de enero de 2027, aunque para los que hayan retirado todos sus montos, posiblemente tendrán que esperar al siguiente depósito.
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También, en caso de enfermedad terminal o cáncer, los trabajadores podrán sacar el 100% de estos montos.

Multas por no depositar la CTS
El 15 de mayo marca el último día para que las empresas realicen el pago de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS). Aquellas que no cumplan con este plazo podrían enfrentar sanciones significativas, que dependerán de la gravedad de la infracción. Según la Cámara de Comercio de Lima (CCL), las multas podrían alcanzar hasta los S/ 139.742 en caso de incumplimiento.
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Si las empresas no entregan la hoja de liquidación dentro de los cinco días siguientes al depósito, la multa podría ser de hasta S/84.102, una sanción menor. Esta normativa afecta a todas las empresas, sin importar su tamaño, y será supervisada por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Esta entidad aplica diferentes niveles de multas, que varían según el tamaño de la empresa, dividiéndolas en microempresas, pequeñas empresas y medianas o grandes empresas, ajustando la sanción según el sector y el número de trabajadores afectados.

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