
El Comité contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) solicitó al Perú que informe qué medidas han adoptado para garantizar que la llamada ‘Ley de Amnistía’, promovida por el Congreso de la República, no viole los derechos de las víctimas de desaparición forzada.
En ese sentido, invita al Estado que responda esta y otras preguntas en un “diálogo constructivo” de una hora y media, que tendrá lugar en el 28.º periodo de sesiones del organismo, en marzo del 2025.
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Este pedido se realizó a través de un comunicado del miércoles 9 de octubre, donde se presentaron las observaciones finales a países como Ucrania, Noruega y Marruecos.

Como se recuerda, expertos advirtieron que esta propuesta legislativa, finalmente aprobada por el Parlamento, permite la prescripción de delitos de lesa humanidad y limita las capacidades de investigación y enjuiciamiento de crímenes cometidos antes del año 2002.
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¿Qué preguntas deberá responder el Perú?
Para hacer esta consulta, la ONU se basa en la aprobación del proyecto de ley 6951 “que precisa la aplicación y alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana”, que se dio el 6 de junio de este año.
De acuerdo con el documento oficial de la ONU, Perú deberá contestar por qué consideró oportuno admitirla, además de especificar cómo esta norma resulta compatible con los derechos y obligaciones contenidas en la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, así como con las recomendaciones que se hicieron al país en el 2019.
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“Explicar de qué manera el Estado parte va a garantizar que la aplicación de la Ley 6951/2023-CR no perjudique la implementación plena del marco legislativo e institucional nacional que regula la búsqueda de las personas desaparecidas y la investigación de su alegada desaparición forzada, incluyendo la justicia, verdad y reparación, tales como la Ley de Búsqueda de Personas Desaparecidas durante el Período de Violencia 1980-2000″, se lee en el texto.
En junio de este año, expertos de la ONU ya habían advertido que la iniciativa contravenía el derecho internacional. El Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU, Volker Türk, expresó su preocupación a través de un comunicado, destacando que los crímenes de lesa humanidad y de guerra son violaciones graves del derecho internacional y no deberían ser objeto de amnistías ni prescripción.
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CIDH exigió derogación
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó al Perú la derogación de la Ley 32.017, conocida como la ‘Ley de Amnistía’, promulgada el 9 de agosto de 2024.
El organismo internacional expresó su preocupación por el impacto que esta normativa podría tener en el acceso a la justicia para las víctimas de violaciones graves de derechos humanos, especialmente aquellas ocurridas durante el conflicto armado interno en el país.
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En un comunicado emitido el 3 de septiembre, la CIDH instó a las autoridades judiciales peruanas a abstenerse de aplicar esta ley. Según la comisión, la norma podría revictimizar a las personas afectadas y afectar sus derechos a la verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición.
Organizaciones de derechos humanos, como la Asociación Nacional de Familiares de Secuestrados, Detenidos y Desaparecidos del Perú (ANFASEP), también manifestaron su oposición, argumentando que podría perpetuar la impunidad y el sufrimiento de las víctimas y sus familias.
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