
El jueves 6 de junio se aprobó en el Pleno del Congreso, la reforma del sistema de pensiones; sin embargo, tras la sesión, un grupo de parlamentarios han pedido la censura del vicepresidente del Congreso, quien dirigió el Pleno, por haber “contabilizado votos fantasmas. Hoy se ha repetido una votación, una asistencia, para intentar llegar a los votos que necesitaban. Hoy lo que se ha hecho es aprobar una reforma del sistema de pensiones sin debate”, según expuso la congresista Sigrid Bazán junto a otros parlamentarios como Jorge Montoya, Carlos Anderson y más.
Mientras este pedido se resuelva, y más detalles sigan saliendo a la luz, la aprobación de la reforma del sistema de pensiones tiene relevancia por sí misma, dado los cambios que plantea para los millones de afiliados de las AFP así como para la ONP. El grueso de estos cambios ha sido promovido por Fuerza Popular.
La reforma desde Fuerza Popular
La propuesta de la modernización del sistema previsional peruano ha sido planteada en varias ocasiones durante el año pasado, siendo la más notoria, la del Ejecutivo, cuando el exministro de Economía Alex Contreras estaba en el cargo. Sin embargo, tras la aprobación del retiro AFP este 2024 —como se recuerda, Fuerza Popular intentó anidar este proyecto a una reforma que planteaba una pensión por consumo—, Fuerza Popular ha hecho campaña (incluida su lideresa, Keiko Fujimori) para aprobar estos aportes por consumo como parte de la reforma del sistema de pensiones.

La medida de aportes por consumo, donde el fujimorismo ha puesto el mayor interés (tanto que revivieron una propuesta que tuvieron dos de sus congresistas el 2021) no solo implica que se capte un porcentaje (1%) de los impuestos que los afiliados paguen por sus consumo para devolvérsele en pensiones. sino que se entrega la administración de estas cuentas a las AFP, así como plantea que estas también estén sujetas a un pago de comisión. (La ley también menciona que, en el caso de los afiliados al SNP, la ONP, estos solicitan su creación en la empresa administradora de fondos de su elección).
Asimismo, esta reforma aprueba las siguientes medidas
- El aumento de la edad mínima del REJA implica que los afiliados podrán acceder a esta modalidad a los 55 años, y ya no a los 50.
- Los menores de 40 años no podrán elegir sacar el 95,5% de su AFP al jubilarse, sino solo accederán a la pensión
- Se prohiben los retiros de AFP
- Permitirá que afiliados accedan a pensión mínima, a pesar de haber retirado montos de sus cuentas

Noelia Bernal cree que esta es una reforma hecha a la medida de las AFP. Para alertar sobre la aprobación del séptimo retiro AFP, diversos representantes de estas empresas administradores de las pensiones privadas señalaron que se estarían afectando las jubilaciones de miles de afiliados con estos desembolsos; mientras, en el Congreso se habló sobre el fracaso de del sistema que estas empresas forman. Si bien la experta valida que la medida aprobada deje de permitir que los afiliados saquen su AFP enteraente al jubilarse, estas reformas, en general, mantienen más dinero en manejo de las AFP.
Pensiones mínimas, según la nueva ley
Asimismo, esta ley ha aprobado las pensiones mínimas y proporcionales. “El monto de la pensión mínima del Sistema Nacional de Pensiones al que se refiere el Decreto Ley 19990, queda establecido según el siguiente detalle”, detalla:
- La pensión mínima de jubilación y de invalidez queda fijada en S/600
- La pensión mínima por derecho derivado queda fijada en S/400
- La pensión de jubilación proporcional especial por haber cotizado desde 10 años de aportes, pero menos de 15 años de aportes, queda fijada en S/300 y la pensión de jubilación proporcional especial por haber cotizado desde 15 años de aportes, pero menos de 20 años de aportes, queda fijada en S/400

Asimismo “tienen derecho a percibir la pensión mínima todos los aportantes en edad de jubilación que acrediten como mínimo un número de unidades de aporte efectivas sean aportes obligatorios, voluntarios con fin provisional o aportes complementarios al momento de la jubilación. Dichos aportes serán definidos mediante el reglamento de la presente Ley”. De esta manera, “los afiliados al SPP [AFP], de solicitarlo, acceden a una pensión mínima o una pensión de jubilación proporcional especial con garantía estatal siempre que cumplan con las unidades de aporte efectivas requeridas, no realicen retiros de fondos a partir de la entrada en vigor de la presente ley y que su CIC sea insuficiente para financiarla”.
El costo fiscal de la reforma de pensiones
Los aportes por consumo no solo darán más dinero para administrar a las AFP, donde también podrán cobrar comisión, sino que va a beneficiar más a los afiliados de más ingresos. Esto a su vez implica que el Estado destine recursos (los aportes por consumo saldrán del IGV) para subsidiar esto.

Pero la medida más costosa, según la experta, es la que permite que los afiliados a que hayan retirado montos de su cuenta indiviual de la AFP puedan luego acceder a las pensiones proporcionales y mínimas (sin embargo, la ley sí contempla que quienes realicen retiros a partir de la entrada en vigor de la presente ley, no accederán a estas).
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