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A días de terminar el mes de noviembre, ya son miles las personas que andan pensando en las fiestas de fin de año y los gastos que vienen con ellas, por lo que el pago de la gratificación es muy esperada; sobre todo porque es un beneficio que se da solo dos veces al año: en julio y diciembre, según lo establecido en la Ley N° 27735.
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Este monto extra debe ser depositado de manera obligatoria por parte de las empresas del sector privado a todos los trabajadores que se encuentren en planilla y hayan laborado al menos un mes entre julio y diciembre de 2023.
El monto a recibir dependerá de diversos factores como si trabajaste todo el semestre, el tamaño de la compañía en la que laboras y si perteneces a una de las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) o utilizas la cobertura de tu seguro social de salud (EsSalud).
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¿Cuándo pagan la gratificación de diciembre 2023?
Este beneficio económico debe ser efectuado por los empleadores antes de celebrarse la Navidad en el Perú. Según el artículo 5 de la Ley de Gratificaciones, debe hacerse efectiva como máximo el próximo 15 de diciembre.
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) indica que el incumplimiento del pago de este beneficio laboral está tipificado como una infracción grave, por lo que las empresas que no lo hagan podrán ser denunciadas y multadas.
En el caso de una pequeña empresa la multa puede llegar a ser de hasta S/ 20.700, mientras que en las medianas y grandes empresas la sanción es de hasta S/ 120.152.
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Si llega la fecha y el lugar en el que laboras no cumplió con hacer el depósito, puedes ingresar tu denuncia por el aplicativo web: denunciassunafil, vía telefónica al 390-2800 (opción 1)y de forma presencial en cualquiera de sus sedes. Recuerda que estas denuncias son de carácter reservado por parte de Sunafil, es decir, el empleador no va a saber quién lo denunció a fin de evitar futuras represalias o despidos arbitrarios.
¿Cómo calcular cuánto recibiré?
La gratificación de un trabajador del sector privado que laboró todo el semestre es de un sueldo bruto. Es decir, no estará sujeto a ningún descuento de las AFP, Impuesto a la Renta, etc. A ello se le suma una bonificación extra del 9 % o 6.75 %, de acuerdo a la cobertura médica.
Si cuentas con EPS
La gratificación será el sueldo bruto más el 6.75% adicional del salario por concepto de EPS. Por ejemplo, si tu es de S/2.000, le debes agregar la S/130 (6.5% de S/2000) de la bonificación, lo que hace un total S/2,130.
Si cuentas con Essalud
La gratificación será el sueldo bruto más el 9% adicional del salario por concepto de Essalud. Por ejemplo, si tu sueldo bruto es S/2.000, le debes agregar la S/180 (9% de S/2000) de la bonificación, lo que hace un total S/2.180.
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En caso no hayas trabajado todo el periodo de julio a diciembre, el monto será proporcional a los meses laborados. Es decir, si la persona trabajó solo 1 mes durante ese semestre, no recibirá la gratificación completa, sino el 1/6 de la remuneración computable por el mes laborado.
¿Todos los trabajadores recibirán la totalidad del sueldo?
No. Tal como advertimos, hay distintos factores que influirán en el monto a recibir. Uno de ellos es el tamaño de la compañía. Los trabajadores de la pequeña empresa, recibirán la mitad de este beneficio. Sin embargo, el personal de la microempresa, independientes e informales, no recibirán gratificación.
Despido y gratificación trunca
Si el trabajador fue despedido, pero trabajó durante parte del semestre, igual tendrá derecho a percibir las gratificaciones que se generen al momento del cese. El monto será proporcional a los meses completos laborados.
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