
Panamá comenzó la implementación del nuevo reglamento que regirá la evaluación de impacto ambiental de las actividades, obras y proyectos que se desarrollen en el país, una actualización que modifica procedimientos vigentes desde hace más de una década y busca adaptar el sistema a los nuevos desafíos ambientales, tecnológicos y sociales.
El Ministerio de Ambiente (MiAmbiente) inició la primera jornada de divulgación del Decreto Ejecutivo No. 4 del 28 de mayo de 2026, normativa que desarrolla el Capítulo III del Título II del Texto Único de la Ley 41 de 1998, General de Ambiente, y que redefine la manera en que serán evaluados los proyectos antes de recibir la aprobación ambiental.
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La capacitación reunió a consultores ambientales, auditores, promotores de proyectos, representantes de unidades ambientales sectoriales y municipales, así como funcionarios de las direcciones regionales de MiAmbiente, quienes conocieron los cambios incorporados en la nueva reglamentación y la forma en que deberán aplicarse.
Durante la apertura, el ministro de Ambiente, Juan Carlos Navarro, aseguró que el decreto representa una nueva etapa para la gestión ambiental del país al establecer reglas más claras, procedimientos más eficientes y mayor seguridad jurídica para todos los actores involucrados.

La norma persigue un objetivo amplio: que el proceso de evaluación ambiental no sea únicamente un requisito administrativo para obtener un permiso, sino una herramienta que permita prevenir, identificar, mitigar y compensar los impactos que una actividad pueda generar sobre el ambiente y las comunidades.
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Para ello, reorganiza todo el procedimiento, desde la elaboración de los estudios hasta su revisión, aprobación, seguimiento y fiscalización.
Uno de los cambios más importantes consiste en la incorporación formal del cambio climático dentro de la evaluación ambiental. A partir de ahora, los Estudios de Impacto Ambiental deberán identificar los riesgos climáticos que enfrenta cada proyecto, evaluar su vulnerabilidad frente a fenómenos extremos y proponer medidas de adaptación y mitigación durante todas las etapas de su ejecución y operación.
El Ministerio también utilizará esta información para fortalecer la planificación nacional frente a los efectos del cambio climático.

Otra novedad relevante es que el decreto prohíbe expresamente el fraccionamiento de proyectos. En el pasado, algunos desarrollos podían dividirse en varias etapas o componentes para tramitar permisos por separado. Con la nueva reglamentación, cuando exista una relación funcional entre distintas obras o fases, estas deberán analizarse como un solo proyecto para valorar de manera integral sus impactos ambientales acumulativos y sinérgicos.
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La participación ciudadana también adquiere un papel mucho más robusto. El decreto establece mecanismos diferenciados según la categoría del proyecto, que incluyen entrevistas con actores clave, reuniones informativas, consultas públicas, publicación obligatoria de avisos y recepción formal de observaciones de las comunidades. Todos esos aportes deberán incorporarse al expediente ambiental y formar parte del análisis técnico antes de que se emita una decisión.
En materia tecnológica, el reglamento consolida el uso de la plataforma electrónica e-SEVIA, implementada desde 2025. A través de este sistema, la presentación de expedientes, las notificaciones, las subsanaciones, el seguimiento de los trámites y buena parte del procedimiento administrativo se realizarán de manera digital, con el propósito de reducir tiempos, facilitar la trazabilidad y fortalecer la transparencia institucional.
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La normativa también endurece las exigencias técnicas para la elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental. El documento dedica decenas de páginas a definir los contenidos mínimos que deberán desarrollar los consultores, incluyendo estudios sobre biodiversidad, recursos hídricos, calidad del aire, ruido, emisiones de gases de efecto invernadero, patrimonio arqueológico, vulnerabilidad climática, riesgos ambientales, participación ciudadana y planes de manejo ambiental, entre otros aspectos. Cada uno de estos requisitos variará según la categoría del proyecto.
La normativa también endurece las exigencias técnicas para la elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental. El documento dedica decenas de páginas a definir los contenidos mínimos que deberán desarrollar los consultores, incluyendo estudios sobre biodiversidad, recursos hídricos, calidad del aire, ruido, emisiones de gases de efecto invernadero y patrimonio arqueológico.
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También deberán incorporar análisis sobre vulnerabilidad climática, riesgos ambientales, participación ciudadana y planes de manejo ambiental, entre otros aspectos. Cada uno de estos requisitos variará según la categoría del proyecto.
Otra modificación significativa consiste en la actualización de los criterios para clasificar los proyectos en las categorías I, II y III. La evaluación ya no dependerá únicamente del tipo de actividad que se pretenda desarrollar, sino también de factores como la magnitud del impacto, su duración, reversibilidad, extensión, acumulación de efectos, sensibilidad del ecosistema y características sociales del área donde se ejecutará el proyecto.
El decreto también amplía y reorganiza la lista de actividades que deberán someterse al proceso de evaluación ambiental, utilizando como referencia la Clasificación Industrial Nacional Uniforme (CINU). Agricultura, minería, generación de energía, construcción, industrias manufactureras, manejo de residuos, infraestructura y otros sectores cuentan ahora con criterios específicos que determinan cuándo un proyecto requiere un Estudio de Impacto Ambiental y el alcance que este deberá tener.
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La actualización busca encontrar un equilibrio entre dos objetivos que con frecuencia generan tensiones: facilitar la inversión y el desarrollo económico, sin reducir los estándares de protección ambiental.
La efectividad del nuevo reglamento, sin embargo, dependerá de su implementación práctica y de la capacidad de las instituciones, consultores y promotores para aplicar de manera uniforme las nuevas reglas que, a partir de ahora, regirán la evaluación ambiental en Panamá.
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