Pensemos juntos en el concepto de la deuda pública externa

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Adelanto que en el texto que sigue no estoy pensando en determinada circunstancia o en determinado país sino en la formulación de reflexiones que pueden aplicar a todos como un principio general de finanzas públicas circunscriptas al sector externo. Mucho menos estoy pensando en gobernantes que usan como pretexto la dificultad del repago de deudas para al poco tiempo volver a las andadas, siempre para financiar un aparato estatal gigantesco y creciente.

Cuando Thomas Jefferson estaba a cargo de la embajada estadounidense en Francia recibió la flamante Constitución de su país y dijo que si hubiera podido introducir un agregado hubiera sido la prohibición del gobierno de contraer deuda externa, pues eso afecta los patrimonios de futuras generaciones que no han participado en la elección del gobernante que contrajo la deuda.

En épocas contemporáneas el premio Nobel en economía James M. Buchanan ha consignado lo mismo vía sus sugerencias de reforma constitucional para imponer presupuestos equilibrados. Su énfasis sigue la misma línea argumental que Knut Wicksell sobre la inmoralidad de la deuda pública externa, principal aunque no exclusivamente en sus textos Public Principles on Public Debt y, con Robert Wagner, en Democracy in Deficit.

Sobre los privados que contraen deuda adquiriendo títulos públicos de los diferentes estados nada hay que objetar, dadas las alternativas disponibles eligen proceder de esta manera en vista de los intereses y los reembolsos del capital que se prometen y asumen los riesgos correspondientes, especialmente respecto a insolvencias gubernamentales.

El análisis referido a organismos internacionales de carácter estatal tiene sus bemoles en el sentido de que son financiados coactivamente con recursos provenientes de los contribuyentes de diversos países. Es pertinente detenernos un minuto en el caso del Fondo Monetario Internacional al efecto de ilustrar el punto.

Antes he escrito sobre el FMI pero es del caso reiterar lo dicho en este contexto. Esta entidad fue una creación en Breton Woods inspirada por John Dexter White y John Maynard Keynes, primero como banquero de banqueros centrales y luego como prestamista.

Entre otros, al decir de economistas de la talla de Peter Bauer, Doug Bandow, Robert Barro, Karl Brunner, Ronald Vauvel y Raymond Mickesell, esa institución sirve para financiar a gobernantes ineptos que cuando están por renunciar o, empujados por la realidad a revertir sus fracasadas políticas estatistas reciben cuantiosos recursos a bajas tasas de interés con períodos de gracia al efecto de continuar con aparatos estatales sobredimensionados a los que generalmente aconsejan incrementar aun más las cargas impositivas y otras medidas al efecto de equilibrar sus presupuestos, pero no reducir el tamaño del Leviatán.

Sostienen estos profesionales que ese ha sido el caso repetidamente en Argentina, México, Bolivia, Republica Dominicana, Haití, Indonesia, Irak, Pakistán, Tanzania, la ex Camboya, Filipinas, Ghana, Nigeria, Sri Lanka, Zambia, Uganda, El Salvador, Egipto y Etiopía. En este contexto Harry Johnson ha consignado que “el llamado nuevo orden internacional no es nuevo, ni orden ni internacional sino que es una copia del mercantilismo del siglo XVI”.

En su visita a Buenos Aires, Yuri Yarim Agaev, enviado por Vladimir Bukouvsky -uno de los más destacados disidentes de la ex Unión Soviética junto con Alexander Solzhenistin- informó que luego del derrumbe del Muro de la Vergüenza liberales rusos estuvieron a punto de acceder al gobierno “si no fuera por la apresurada irrupción del FMI que dotó de millones de dólares a miembros de la nomenclatura de donde finalmente surgió el actual gobierno”.

Fue muy difundido el caso del general Mobutu Sese Seko, quien usurpó el poder en Zaire, el mayor receptor de ayuda por parte del FMI en relación a su población. El poder de Mobutu fue absoluto condenando a la gente a los suplicios más horripilantes en un contexto de saqueo permanente que permitió que ese sátrapa acumulara una fortuna de ocho mil millones de dólares de esa época.

Entonces, debido a su antes referida trayectoria y a la fuente de recursos de la que echa mano es que autores como los mencionados al comienzo de esta nota sugieren la liquidación de esa entidad, a los que debe agregarse el jugoso ensayo de Anna Schwartz titulado “Es tiempo de terminar con el FMI y el Departamento de Estabilización del Tesoro” y los suculentos libros, por una parte, de Melvyn Krauss titulado Development Without Aid y, por otra, el de Dambisa Moyo titulado Cuando la ayuda es el problema en los que se detallan innumerables casos patéticos de países que reciben cuantiosos recursos en medio de corrupciones alarmantes y dislates económicos fomentados por la ayuda que, como queda dicho, proviene coercitivamente de bolsillos ajenos.

En esta secuencia que presentamos es importante subrayar que no resulta apropiado establecer un correlato de la deuda pública con la privada en cuanto al retorno sobre la inversión en el sentido de evaluar las ventajas de abstenerse de consumir en el presente para la obtención de beneficios en el futuro. En primer término porque no hay tal cosa como “inversión pública”, ya que la naturaleza de la inversión es necesariamente voluntaria al estimar ventajas futuras en relación al presente por lo que se procede a ahorrar y a colocar esos recursos. El uso de la fuerza en la exacción de fondos nunca puede traducirse en inversión; “inversión forzosa” constituye una contradicción en los términos. De lo que se trata en el ámbito gubernamental es del gasto corriente o el gasto en activos fijos pero, como decimos, no tiene sentido ni rigor alguno la parla de “inversión pública”. Si se le arrancara la billetera al lector y el asaltante dijera que le invertirá el fruto del asalto para beneficio del asaltado, quedaría clara la incoherencia puesto que el titular le hubiera dado otro destino al fruto de su trabajo y aun en el supuesto que le hubiera dado el mismo queda el perjuicio del atropello (por otra parte, la única manera de definir preferencias es dejar que el dueño de los recursos las manifieste).

Viene ahora otro asunto también de gran trascendencia y es que todo compromiso efectuado libre y voluntariamente debe ser honrado por quien lo contrajo. En nuestro caso, todas las promesas de repago por préstamos concedidos deben cumplirse, de lo contrario los incumplidores deben sufrir las sanciones correspondientes sin atenuantes.

Pero el asunto adquiere características diferentes si se compromete por la fuerza el patrimonio de personas que no han dado su consentimiento. La conclusión de marras queda clara en las relaciones particulares pero es pastosa cuando es el gobierno el que asume compromiso en nombre de los gobernados.

A esta altura es pertinente detenerse en lo que se conoce en la ciencia política como “el contrato social”, esto es un acuerdo tácito o implícito por el que los gobernantes proceden en concordancia con el resto de los miembros de la sociedad.

También en otra oportunidad he escrito sobre este tema, pero también se hace necesario reiterar parte de lo dicho. Desde Hobbes en adelante, hay una larga tradición que acepta la existencia de un así llamado “contrato original” para la constitución del monopolio de la fuerza, lo cual ha sido refutado enfáticamente por autores como James Burckhard quien llega a la conclusión que “La hipótesis contractual para explicar la fundación de un Estado es absurda” (en Reflexiones sobre la historia universal), en el mismo sentido John Stuart Mill escribió que “la sociedad no está fundada en un contrato” (en On Liberty) y, por otra parte, Joseph Schumpeter afirma que “La teoría que asimila los impuestos a un club o la adquisición de servicios, por ejemplo, de un médico, solamente prueba lo alejada que está esta parte de las ciencias sociales de la aplicación de métodos científicos” (en Capitalismo, socialismo y democracia).

Como explica David Hume, se trata de una ficción por la que nada obliga a los miembros de la comunidad a atender un andamiaje inventado que pretende justificar cierta estructura institucional, así dice: “Es evidente que ningún contrato o acuerdo fue expresamente establecido […este supuesto] no está justificado por la historia ni por la experiencia de ningún país del mundo […] Se dice que al vivir bajo el dominio de un príncipe, todos los individuos han dado un consentimiento tácito a su autoridad por el que prometen obediencia” (en su ensayo titulado “On the Social Contract”). Y en otra obra, el mismo autor concluye: “Si se preguntara a la mayor parte de la gente de una nación si han consentido a la autoridad de sus gobernantes o si han prometido obedecerles, estarán inclinados a pensar de un modo extraño de quien formula la pregunta” (en A Treatise on Human Nature).

En una dirección similar y con mayor extensión, R. E. Barnett apunta que “aquellos que justifican el deber de obedecer la ley en base al ´consentimiento de los gobernados´ deben explicar exactamente como y donde we the people -usted y yo y todos los demás- consentimos en obedecer las leyes [de la jurisdicción en la que vivimos]” (en The Righs Retained by the People) y a continuación en la misma obra afirma que no puede argumentarse seriamente que uno está representado cuando es derrotado el candidato que hemos votado ya que no estamos representados por los actos del gobierno del oponente, justamente el candidato que votamos en contra. Y continúa diciendo que incluso si ganara el candidato que hemos votado, no quiere decir que adhiramos al sistema puesto que eventualmente podemos solo intentar la minimización del mal, para no decir nada de los que no votan o votan en blanco, precisamente como señal de protesta o simplemente porque la legislación hace obligatorio el voto.

Seguidamente escribe Barnett que cuando se hace referencia a un sistema en el que se consiente algo, esto quiere decir que se puede no consentir, de lo contrario pierde por competo el sentido de “consentir o acordar”. Sigue diciendo el mismo autor que en nuestros sistemas políticos resulta muy curioso que se repita que los ciudadanos están “consintiendo” cuando no hay manera de expresar el no consentimiento: “Cara, usted consiente, seca también consiente, no se tira la moneda, ¿adivine qué? Usted también consiente. Esto no es consentir”. Por último Barnett pone de manifiesto el pseudoargumento de que se “consiente” por el mero hecho de haber nacido en tal o cual país, lo cual presupone que el gobierno es el dueño del país en cuestión y del lugar donde uno vive, razonamiento que pretende un correlato del todo improcedente “como si se estuviera viviendo en la casa de otro”. Además, como marcan Michell y Simmons, “los votantes no pueden discriminar entre promesas específicas y deben descansar en promesas generales que no pueden legalmente hacerse cumplir” (en Beyond Politics. Markets, Welfare and the Failure of Buracracy).

Pero a los efectos del argumento supongamos que la ficción del contrato original no fuera tal, ¿el atropello gubernamental no tiene límite? Supongamos que el gobierno decide con apoyo del voto popular decapitar a los rubios. ¿Ellos tiene que ofrecer mansamente sus cabezas? En el caso que nos ocupa en esta nota periodística, cierro con varias preguntas que giran en torno al mismo asunto crucial para que pensemos juntos en posibles respuestas con los lectores: ¿La gente debe aceptar hacerse cargo de cualquier volumen de deuda contraída por su gobierno? ¿No hay límite alguno? ¿Incluso si proyecciones razonables muestran que los pagadores del futuro quedarán literalmente exhaustos sin recursos por ser exprimidos por sus gobiernos para “honrar la deuda”? Siempre hay pensamientos iniciales que pueden eventualmente cambiar paradigmas; esto viene ocurriendo desde el arco y la flecha, que si no se hubiera aceptado estaríamos aun solo con el garrote.

La última vez que lo invité a Buchanan a Buenos Aires se pronunció en los medios por repudiar la deuda pública externa contraída por gobiernos de facto; ahora nos preguntamos si hay limitaciones para el volumen de la deuda gubernamental también en gobiernos considerados de jure. Soy consciente de que estos interrogantes alarmarán al espíritu conservador atado al statu quo. De todos modos, el asunto amerita ser tratado. Es para pensar y también para debatir con colegas. Suele ocurrir que de estos intercambios surgen criterios prudenciales de gran fertilidad.

El autor es Doctor en Economía y también Doctor en Ciencias de Dirección, preside la Sección Ciencias Económicas de la Academia Nacional de Ciencias de Buenos Aires y miembro de la Academia Nacional de Ciencias Económicas.