¿Por qué el Papa eliminó el secreto pontificio para casos de abuso sexual?

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Foto de archivo. El Papa Francisco una misa Crismal en la basílica de San Pedro en el Vaticano. 28 de marzo de 2013.  (REUTERS/Alessandro Bianchi)
Foto de archivo. El Papa Francisco una misa Crismal en la basílica de San Pedro en el Vaticano. 28 de marzo de 2013. (REUTERS/Alessandro Bianchi)

El secreto es un asunto delicado que involucra tanto cuestiones éticas como jurídicas en las cuales se juegan valores como la confianza, y su delicadeza tiene que ver con que esos valores que se resguardan tienen su fundamento en la dignidad de la persona humana. No se trata por lo tanto sino de cuestiones que, dada su peculiar naturaleza, deben ser tratadas con el máximo respeto y cuidado.

Cuando alguien transmite una información, posiblemente íntima (aunque no tiene necesariamente que serlo) a un amigo, está depositando en él una confianza que consiste en que dicha información no tomará estado público, ya que si así fuera, probablemente la misma no sería suministrada. No hace falta la advertencia de reserva para que ella deba ser cumplimentada. Defraudar esa confianza importa una falla moral, que en ocasiones puede ser grave de acuerdo a la materia.

Cuando se escribe un mail o un WhatsApp a una persona, ordinariamente su autor se dirige en forma exclusiva al destinatario, y por lo tanto reenviarlo a terceros sin consultarlo previamente con el interesado podría constituir una violación de esa intimidad. El autor podría sentirse moralmente afectado de que un asunto privado sea ventilado ante personas extrañas o a las que simplemente no quería participar del mismo.

El secreto en la vida social

Algo similar ocurre en el terreno profesional, especialmente en algunos casos concretos como pueden serlo el de los abogados, contadores, psicólogos o médicos. El deber de confidencialidad en estos casos es mayor, y no solamente los colegios profesionales en sus tribunales de ética, sino las propias leyes muchas veces han regulado esta cuestión. Se comprende que sin este deber los clientes estarían expuestos a que sus intereses sufran perjuicios en el ámbito social, por ejemplo en su fama o en su buen nombre y honor, un valor al que todas personas (aun quienes han infrigido la ley) tienen legítimo derecho.

En el caso del periodismo existe también el derecho de la reserva de las fuentes por las cuales los profesionales de los medios de comunicación no están obligados a expresar el origen de la información, precisamente en resguardo de la privacidad de las mismas, que por distintos motivos podrían estar desinteresadas en que se revelara su existencia.

Esto es así porque todas estas personas tienen derecho a la intimidad, un valor que se ha visto sometido a una fuerte depreciación en la cultura contemporánea, especialmente a partir del desarrollo de la tecnología digital. Con el advenimiento de la sociedad mediática se ha producido una publicitación de la existencia, en la cual rige la regla de que lo que no está en los medios no existe.

Este dato, junto a la desaprensiva actitud de cierto periodismo, ha desarrollado una verdadera cultura voyeurista por la cual una innumerable cantidad de personas se satisfacen en pasear su mirada sobre lo que ocurre en la intimidad de quienes son protagonistas de la vida pública. De este modo, son numerosos los casos de personajes famosos que han sufrido graves atentados a su intimidad, los cuales han sido llevados ocasionalmente a la Justicia.

El secreto en la Iglesia

De otra parte, en la Iglesia católica existe, vinculado al sacramento de la penitencia, el llamado sigilo sacramental, popularmente conocido como secreto de confesión, que es una obligación grave del clero por el cual éste no puede revelar lo que el penitente le ha expresado bajo pena de excomunión. Se comprende fácilmente que el incumplimiento de esta norma llevaría a que los fieles se vean sometidos a una publicidad de actos inmorales con la previsible consecuencia de que nadie haría uso del sacramento de la reconciliación.

El secreto pontificio consiste en la reserva que deben guardar determinados funcionarios de la curia romana respecto de asuntos que se refieren al gobierno de la Iglesia, como la preparación de documentos papales, los informes de los nuncios y las denuncias contra miembros que hayan cometido infracciones legales tanto canónicas como civiles. El caso más conocido es el del secreto que los cardenales deben guardar en el cónclave durante la elección de un nuevo pontífice.

La importancia de estas cuestiones tienen relación con la buena marcha de la vida social de la Iglesia y su publicidad perjudicaría gravemente el bien común eclesial. Por eso su observancia constituye un interés social fundamental que el derecho canónico protege prudentemente.

La calificación de secreto en el nombre del Archivo Secreto Vaticano responde al carácter exclusivo o privado del material en él reservado al Sumo Pontífice. Periódicamente los sucesivos papas han autorizado la consulta de los historiadores, siempre teniendo en cuenta que transcurra un tiempo prudencial para evitar entre otros motivos que la cercanía de los acontecimientos pueda poner en riesgo cuestiones que los protagonistas desean mantener fuera del conocimiento general. Como el significado de la palabra “secreto” ha variado, el papa Francisco ha determinado suprimirla del nombre del organismo.

El histórico levantamiento del papa Francisco sobre el secreto pontificio que hasta ahora regía respecto de las causas relacionadas con la sexualidad es una nueva muestra del espíritu renovador que le inspira, pero se inscribe sobre todo en la reforma de la Iglesia en la cual este se halla empeñado desde el comienzo de su pontificado.

En esta dirección, Francisco ha introducido nuevos criterios como la transparencia y la sinodalidad, y una visión más católica en el gobierno eclesial, que apuntan a una organización eclesiástica más respetuosa de los derechos de los fieles y su protagonismo en la vida de la Iglesia.

Como es notorio, estos cambios han suscitado, según suele ser recurrente, no pocas críticas por parte de los espíritus más conservadores, pero el Papa aparenta ser un buen piloto de tormentas y no parece que vaya a torcer su rumbo por más que los vientos opositores vengan acompañados de rayos y centellas agriamente descalificantes para su propia persona.

De todos modos, es evidente que el pontífice que acaba de cumplir sus 83 (aunque no parece acusar la edad) debe soportar en estos momentos la escandalosa irrupción de casos resonantes que tuvieron origen en anteriores pontificados y no en el suyo, un costo político que se ve obligado a pagar y que él ha asumido con entera disposición, tomando las debidas cartas en el asunto. Recientes episodios como el suicidio de un sacerdote implicado en una de estas lamentables situaciones no hace sino sumar mayor dramatismo a una más que dolorosa cuestión.

Hay que tener en cuenta que no solamente la Iglesia sino todas las instituciones de la sociedad hasta hace poco tiempo se gobernaban por el criterio hoy superado de que airear en la prensa ciertas intimidades de sus miembros podría perjudicar la institución en sí misma y por esto determinadas informaciones se consideraba que debían ser mantenidas en una debida reserva.

El fundamento de esta praxis era no solamente proteger el derecho del acusado hasta tanto hubiera una sentencia definitiva, sino también evitar el escándalo que se consideraba podría perjudicar injustamente a la institución, sea civil o eclesiástica. No hay que pensar que necesariamente se trataba de un ocultamiento vergonzante, sino de defender la incolumidad de la fe de las personas, en tanto el fin fundamental de la Iglesia es la salvación de las almas.

En los últimos años, la multiplicación de estas causas relacionadas con crímenes sexuales por parte de clérigos y religiosos con su consiguiente escándalo ha determinado que el Papa ordenara una revisión de las normas que hasta ahora protegían los valores en juego como la intimidad de las personas.

Hay que considerar que muchas veces las propias víctimas eran las primeras interesadas en que se mantuviera un velo de reserva sobre estas causas. Debe recordarse que aun hoy en las mismas causas judiciales tramitadas en los tribunales civiles la publicación de las sentencias omite determinados datos como por ejemplo el nombre de los testigos, mucho más cuando hay involucrados menores de edad.

El problema consiste en que el secreto pontificio fue progresivamente considerado como un ocultamiento o una connivencia con los culpables de verdaderos crímenes sexuales. La aplicación de las reglas fue motivo de que en los hechos se verificaran verdaderos casos de encubrimiento, aunque las intenciones de las autoridades eclesiásticas no hayan sido necesariamente estas. De ahí la necesidad de revisar el asunto, adecuándolo a las nuevas condiciones.

Lo cierto es que las voces que progresivamente se fueran alzando, comenzado por las propias víctimas en primer lugar, pero continuando por dictámenes de organismos seculares especializados e incluso por funcionarios eclesiásticos, han llevado al Papa a revisar los criterios hasta ahora vigentes. El Papa ha obrado y ha tomado una decisión oportuna.

Esto es así porque las reglas legales deben leerse de manera que protejan los derechos de los inocentes y eviten falsas acusaciones, pero no deben utilizarse para obstruir la justicia, ni siquiera en su apariencia. La Iglesia siempre tiene en cuenta que todas las personas poseen derechos, pero las víctimas son las primeras en deber ser atendidas, algo de lo cual el derecho secular ciertamente no siempre ha sido suficientemente receptivo en los últimos años.

El autor es director académico del Instituto de Cultura del Centro Universitario de Estudios (Cudes).