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Actualizan las reglas para camiones y bitrenes y amplían las configuraciones permitidas

El Gobierno modificó el régimen de pesos y dimensiones para incorporar unidades a GNC, eléctricas e híbridas y adecuar las longitudes máximas del transporte de cargas

En el caso de los bitrenes de doble articulación, se establecen longitudes máximas diferenciadas según cada configuración. Los vehículos B1 podrán llegar a 23,40 metros; los B2, a 26,50 metros; y los B3, a 31,25 metros (Foto: Shutterstock)
En el caso de los bitrenes de doble articulación, se establecen longitudes máximas diferenciadas según cada configuración. Los vehículos B1 podrán llegar a 23,40 metros; los B2, a 26,50 metros; y los B3, a 31,25 metros (Foto: Shutterstock)
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El Gobierno actualizó la normativa que regula los pesos, dimensiones y configuraciones de los vehículos destinados al transporte automotor de cargas y pasajeros de jurisdicción nacional. La medida incorpora nuevos parámetros para camiones, tractocamiones, semirremolques y bitrenes, con especial atención a las unidades impulsadas mediante GNC, electricidad y sistemas híbridos.

La norma sustituye el Anexo R del Decreto 779/1995, que reglamenta las condiciones previstas en la Ley Nacional de Tránsito para la circulación de vehículos de transporte. Entre los principales cambios, el decreto contempla una actualización de las longitudes máximas permitidas para adaptarlas a los nuevos estándares de fabricación de tractocamiones con semirremolque, camiones con acoplado y vehículos destinados al transporte de automóviles.

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Para las configuraciones de articulación simple, integradas por un tractocamión y un semirremolque, la longitud máxima podrá alcanzar los 19,60 metros. El cambio busca adecuar la regulación a unidades que requieren mayor espacio para alojar sistemas de propulsión alternativos y sus componentes.

En el caso de los bitrenes de doble articulación, se establecen longitudes máximas diferenciadas según cada configuración. Los vehículos B1 podrán llegar a 23,40 metros; los B2, a 26,50 metros; y los B3, a 31,25 metros.

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Estas dimensiones también podrán aplicarse a los vehículos eléctricos puros o híbridos, con el objetivo de evitar que el espacio ocupado por baterías, tanques u otros componentes tecnológicos reduzca la capacidad disponible para transportar mercaderías.

Impulso a las unidades propulsadas a gas

La actualización normativa presta especial atención a los vehículos con motorización a Gas Natural Comprimido dedicado de fábrica. Según los fundamentos del decreto, las nuevas configuraciones y la utilización de cubiertas súper anchas permitirán mejorar la ecuación operativa de estas unidades frente a los vehículos diésel.

El Poder Ejecutivo señaló que las modificaciones buscan fomentar el uso de combustibles menos nocivos para el ambiente y aprovechar la disponibilidad de Gas Natural Vehicular vinculada con la producción no convencional de Vaca Muerta.

La nueva regulación también procura acercar los parámetros argentinos a los estándares internacionales aplicados a vehículos eléctricos. El objetivo declarado es incorporar estas tecnologías sin imponer limitaciones adicionales sobre la capacidad de transporte de cargas o pasajeros.

Las modificaciones buscan fomentar el uso de combustibles menos nocivos para el ambiente y aprovechar la disponibilidad de Gas Natural Vehicular vinculada con la producción no convencional de Vaca Muerta (Foto: Shutterstock)
Las modificaciones buscan fomentar el uso de combustibles menos nocivos para el ambiente y aprovechar la disponibilidad de Gas Natural Vehicular vinculada con la producción no convencional de Vaca Muerta (Foto: Shutterstock)

Nuevos parámetros en detalle

El régimen fija nuevos parámetros de dimensiones, pesos, cantidad de ejes y relación potencia-peso para vehículos de cargas. En las configuraciones, S identifica ejes con ruedas individuales y D, ejes con ruedas dobles: S1 y D1 corresponden a un eje; S2 y D2, a dos; y D3, a tres ejes.

  • Dimensiones generales para vehículos de carga: el ancho máximo es de 2,60 metros y la altura máxima, de 4,30 metros.
  • Camiones rígidos: pueden alcanzar un largo máximo de 13,20 metros. Las configuraciones autorizadas son:
    • S1-D1: PBT de 16,5 toneladas.
    • S1-D2: 24 toneladas.
    • S1-D3: 31,5 toneladas.
    • S2-D2: 28 toneladas.
    • S2-D3: 35,5 toneladas.
    • S1-S1-D1: 22,5 toneladas.
    • S1-S1-D2: 30 toneladas.
    • S1-S1-D3: 37,5 toneladas.
    • Todas requieren una relación mínima de 5 CV-DIN por tonelada.
  • Tractocamiones con semirremolque: el largo máximo es de 19,30 metros para unidades con combustible líquido o convertidas a GNC y de 19,60 metros para unidades con GNC dedicado, eléctricas, híbridas u otros combustibles alternativos.
  • Dimensiones del semirremolque:
    • Plataforma o caja de carga: hasta 15,60 metros.
    • Distancia del perno rey al centro del último tren de ejes: hasta 12,20 metros.
    • Distancia del perno rey a las esquinas delanteras: hasta 2,03 metros.
    • Distancia entre el eje director del tractor y el último eje del semirremolque: hasta 16,50 metros.
    • En cajas frigoríficas, el equipo de frío externo no integra la longitud de la caja, pero debe quedar dentro de un radio de 2,03 metros medido desde el perno rey.
  • Configuraciones de tractocamión con semirremolque:
    • S1-D1-D1: PBTC de 27 toneladas y relación de 5 CV-DIN/t.
    • S1-D1-D2: 34,5 toneladas y 5 CV-DIN/t.
    • S1-D1-D3: 42 toneladas y 5 CV-DIN/t.
    • S1-D2-D2: 42 toneladas y 5 CV-DIN/t.
    • S1-D2-D1-D1, con separación superior a 2,40 metros entre ejes: 45 toneladas y 6 CV-DIN/t.
    • S1-D2-D3: 49,5 toneladas y 6 CV-DIN/t; puede alcanzar 52 toneladas con suspensión neumática en el tándem del tractor y en el trídem del semirremolque.
    • S1-D1-D1-D2: 45 toneladas y 6 CV-DIN/t.
    • S1-D1-D1-D1-D1: 45 toneladas y 6 CV-DIN/t.
    • S1-D2-D1-D2: 52,5 toneladas y 6 CV-DIN/t.
    • S1-D2-D1-D1-D1: 55,5 toneladas y 6 CV-DIN/t.
    • S1-D2-D1-D3: 57,2 toneladas y 6,75 CV-DIN/t.
    • S2-D2-D3: 53,5 toneladas y 6 CV-DIN/t.
    • S2-D2-D1-D2: 56,5 toneladas y 6,75 CV-DIN/t.
  • Camiones con acoplado: podrán medir hasta 20,50 metros. La plataforma o caja del acoplado tendrá un máximo de 9,60 metros, ampliable a 10,50 metros exclusivamente para unidades de cuatro ejes. La lanza de enganche deberá medir, como mínimo, 1,70 metros.
  • Configuraciones de camión con acoplado:
    • S1-D1-D1-D1: PBTC de 37,5 toneladas y relación de 5 CV-DIN/t.
    • S1-D1-D1-D2: 45 toneladas y 6 CV-DIN/t.
    • S1-D2-D1-D1: 45 toneladas y 6 CV-DIN/t.
    • S1-D2-D1-D2: 52,5 toneladas y 6 CV-DIN/t.
    • S1-D1-D2-D2: 52,5 toneladas y 6 CV-DIN/t.
    • S1-D2-D2-D2: 58 toneladas y 6,75 CV-DIN/t, con suspensión neumática en el tándem del camión y en ambos tándems del acoplado.
    • S1-D1-D1-D1-D1: 45 toneladas y 6 CV-DIN/t.
  • Bitrenes: cada una de las plataformas o cajas de carga podrá medir hasta 13,50 metros. Las formaciones quedan clasificadas de la siguiente manera:
    • B0, configuración S1-D2-D2-D2: 20,50 metros con combustible líquido o GNC convertido y 21,50 metros con GNC dedicado o combustibles alternativos. PBTC de 60 toneladas.
    • B1, configuración S1-D2-D2-D2: 22,40 metros para unidades convencionales y 23,40 metros para las alternativas. PBTC de 60 toneladas.
    • B2, configuración S1-D2-D1-D3: 25,50 metros para unidades convencionales y 26,50 metros para las alternativas, con una longitud mínima de 22,40 metros. PBTC de 75 toneladas.
    • B3, configuración S1-D2-D3-D3: 30,25 metros para unidades convencionales y 31,25 metros para las alternativas. PBTC de 75 toneladas.
    • Todas las configuraciones bitrén requieren una relación mínima de 6,75 CV-DIN/t.
    • Los B2 y B3 pueden utilizar la disposición de siete ejes de los B0 y B1, pero con un PBTC limitado a 60 toneladas.
    • Los B2 y B3 tienen libre circulación por la Red Vial Nacional, excepto en los tramos restringidos por condiciones geométricas o de seguridad.
  • Vehículos especiales para transportar otros vehículos —automovileras—: ancho máximo de 2,60 metros, altura de 4,30 metros y largo de 23 metros. La configuración S1-D2-D2 admite un PBT de 42 toneladas y una relación de 5 CV-DIN/t.
  • Carretones agrícolas o viales: podrán medir 22,40 metros con la rampa trasera plegada y hasta 25 metros con la rampa desplegada.
    • Configuración S1-D2-D1-D1: PBT de 45 toneladas y relación de 6 CV-DIN/t.
    • Configuración S1-D2-D3: 49,5 toneladas y 6 CV-DIN/t.
  • Vehículos portacontenedores: cada contenedor será considerado una carga indivisible.
  • Semirremolques extensibles y equipos para cargas indivisibles:
    • Semirremolque extensible: hasta 25 metros, más una saliente de cinco metros, con un máximo total de 30 metros.
    • Semirremolque extensible con boggie utilizado como paragolpes: hasta 32,50 metros.
    • Tractor vinculado a boggie fijo para cargas autoportantes: hasta 31,50 metros.
    • Tractor con boggie semidireccional: hasta 37,50 metros.
    • Cuando circulen vacíos, los semirremolques extensibles no podrán superar los 19,30 metros, o 19,60 metros para tractores con GNC dedicado.
  • Pesos máximos por eje o conjunto de ejes:
    • Eje simple con ruedas individuales: 6 toneladas con suspensión mecánica y 6,3 toneladas con neumática.
    • Eje simple con ruedas dobles: 10,5 y 11 toneladas, respectivamente.
    • Tándem doble con ruedas individuales: 10 y 10,5 toneladas.
    • Tándem doble con ruedas dobles: 18 y 18,9 toneladas.
    • Tándem doble con una rueda superancha y ruedas dobles: 15 y 16,5 toneladas.
    • Tándem doble combinado con ruedas individuales y dobles: 14 y 14,7 toneladas.
    • Tándem doble con ruedas superanchas: 12 y 14 toneladas.
    • Tándem triple con ruedas dobles: 25,5 y 26,8 toneladas.
    • Tándem triple con dos ejes de ruedas dobles y uno de ruedas individuales: 21 y 22 toneladas.
    • Tándem triple con ruedas superanchas: 18 y 19,5 toneladas.
    • Los valores superiores corresponden a vehículos diseñados originalmente con suspensión neumática.
  • Cubiertas superanchas: se reconocen las medidas 385/65 R22,5, 425/65 R22,5 y 445/65 R22,5. Podrán emplearse en unidades diseñadas de fábrica para ese tipo de neumático y suspensión. En vehículos a GNC con suspensión mecánica de fábrica, podrán elevar la capacidad del eje direccional hasta 7 toneladas, con aval del fabricante.
  • Relación potencia-peso: las formaciones con PBTC desde 45 hasta 55,5 toneladas deben alcanzar al menos 6 CV-DIN/t. Por encima de 55,5 toneladas se exigen 6,75 CV-DIN/t. Las unidades de entre 45 y 52,5 toneladas podrán mantener transitoriamente una relación de 5 CV-DIN/t hasta el 31 de diciembre de 2026.

Un régimen con actualización permanente

La norma faculta a la Secretaría de Transporte a modificar y actualizar el nuevo Anexo R conforme avance la tecnología y se produzcan cambios en las necesidades del transporte y de la industria automotriz.

El organismo podrá establecer plazos para incorporar nuevas configuraciones vehiculares, modificar las longitudes autorizadas y sumar relaciones diferentes entre peso y potencia. También tendrá atribuciones para definir una implementación gradual de los cambios.

La Secretaría podrá contemplar excepciones o prórrogas durante ese proceso, una herramienta destinada a facilitar la adaptación del parque automotor, los fabricantes, los transportistas y la infraestructura vial a los nuevos parámetros.

La reforma había sido anticipada por el Decreto 196/2025, que encomendó a la Comisión Nacional del Tránsito y la Seguridad Vial y a la Dirección Nacional de Vialidad la elaboración de un nuevo documento técnico. Ese trabajo debía incorporar configuraciones adicionales, revisar los procedimientos para otorgar permisos especiales y avanzar en la simplificación de trámites.

Cambios desde su publicación

El Decreto 689/2026 entró en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial, aunque los tiempos específicos de implementación podrán ser definidos posteriormente por la autoridad de transporte.

Los parámetros completos sobre pesos, dimensiones, tolerancias y configuraciones se encuentran incluidos en el nuevo Anexo R que acompaña la norma. Su aplicación determinará las condiciones técnicas bajo las cuales podrán circular las diferentes combinaciones de vehículos en la red vial nacional.

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