Suprema Corte falla en contra de servidores públicos en proceso, no pueden recibir sueldo bajo estas condiciones

El tribunal respalda la disposición que permite interrumpir el pago a agentes de seguridad pública sujetos a proceso penal

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La policía municipal de Baja California cuenta con un equipo especializado en seguridad fronteriza . (SSPCM)
La Suprema Corte de Justicia de la Nación valida la suspensión de salario a policías procesados en Chihuahua. (SSPCM)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es válida la suspensión de salario a integrantes de instituciones de seguridad en Chihuahua sujetos a proceso penal, conforme a la resolución emitida este 27 de abril.

El pleno respaldó el artículo 57 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Chihuahua al establecer que el auto de formal prisión o vinculación a proceso justifica la ausencia de pago hasta que exista una sentencia definitiva.

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Con base en el artículo 123, apartado B, fracción XIII, de la Constitución, la SCJN señaló que la ley puede fijar condiciones particulares para quienes integran cuerpos de seguridad, en especial sobre suspensión de derechos y régimen disciplinario, lo que permite mantener el funcionamiento regular de estas instituciones. La decisión corresponde al Amparo Directo en Revisión 7296/2025, resuelto en sesión de pleno este 27 de abril.

La SCJN estudió el caso de un pago que esperaba el agente fuera retroactivo

El pleno del máximo tribunal federal estableció lineamientos más precisos para la transmisión de permisos
El trabajador reincorporado en 2019 no recibió pagos retroactivos de salarios ni prestaciones, decisión confirmada por la Suprema Corte. Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO

El caso analizado involucra a un oficial que ingresó en 1999 a la Policía Ministerial Investigadora y fue procesado en 2014 por delincuencia organizada. Al ser absuelto en apelación, fue reincorporado en 2019, pero la administración estatal negó el pago de salarios y prestaciones por el tiempo separado.

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La SCJN resolvió que esa negativa es legítima y confirmó la sentencia que negó el amparo solicitado.

Los pueblos indígenas pueden tener representación colectiva en juicios de amparo

El pleno del máximo tribunal federal estableció lineamientos más precisos para la transmisión de permisos
El fallo de la SCJN obliga a jueces y tribunales a aceptar la representación comunitaria de pueblos indígenas con base en sus usos y costumbres. Crédito: ANDREA MURCIA /CUARTOSCURO

La SCJN reconoció también este 27 de abril a los pueblos indígenas como sujetos de derecho público, con la facultad de acreditar su representación colectiva en juicios de amparo usando sus normas internas, lo que transforma la manera en que estas comunidades pueden ejercer y defender sus derechos ante tribunales.

El Pleno de la SCJN determinó que, a raíz de la reforma constitucional de 2024, las comunidades originarias tienen el derecho de ser reconocidas como sujetos de derecho público. El tribunal exige que cualquier ejercicio de derechos colectivos por parte de estos grupos sea respaldado por una delegación de representación conforme a su propia organización interna.

La decisión obliga a las personas juzgadoras a analizar las pruebas sobre la representación comunitaria desde un enfoque intercultural. Deben valorar de forma integral los indicios sobre la organización interna de las comunidades indígenas y, en caso de duda, pedir más elementos de prueba antes de negar esa representación.

Ministra de la SCJN, Loretta Ortiz Ahlf, pide licencia por razones de salud

Loretta Ortiz Ahlf, ministra de la SCJN
Loretta Ortiz Ahlf dejará de participar en sesiones y resoluciones de la SCJN hasta el 10 de mayo, cuando termine su licencia médica. (Facebook Loretta Ortiz Ahlf)

La jueza de la SCJN, Loretta Ortiz Ahlf, solicitó licencia médica temporal y dejará de participar en las sesiones del pleno y en la resolución de asuntos jurisdiccionales hasta el 10 de mayo por motivos de salud, según informó la propia SCJN este 27 de abril.

Ortiz Ahlf enfrenta una discapacidad auditiva en el oído izquierdo desde su infancia, según declaró en entrevista con la organización Yo también AC. La ministra relató que esta condición la obligó a desarrollar una sensibilidad especial en su oído derecho, lo que ha marcado su vida personal y profesional.

Después de que la SCJN resolviera un amparo para que GNP Seguros otorgara implantes cocleares a un menor, Ortiz Ahlf compartió públicamente que también recurre a este tipo de dispositivo. Según narró, el implante le ha permitido mejorar su calidad de vida y su comunicación cotidiana.

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