
El reciente fallo de la Suprema Corte que permite sancionar el feminicidio en grado de tentativa representa un cambio relevante en la aplicación de la justicia en México. La determinación establece nuevas obligaciones para autoridades y dependencias federales y estatales en la adaptación de leyes y procedimientos judiciales a favor de la protección de mujeres.
A partir de la resolución emitida este 29 de enero de 2026, la Suprema Corte validó que es constitucional castigar el feminicidio aun cuando se trata solo de tentativa, es decir, conductas encaminadas a privar de la vida a una mujer que no se consuman por causas ajenas al agresor.
La decisión implica que dependencias locales y federales ajusten normativas y protocolos, y que den prioridad al derecho de las mujeres a vivir libres de violencia desde la primera manifestación del delito, sin que sea necesario esperar a que se concrete la privación de la vida.
Primeros pasos tras el fallo de la Suprema Corte
El antecedente inmediato corresponde al caso de un hombre sentenciado en Puebla por intentar asesinar a su expareja, quien recurrió a un amparo y alegó supuestas ambigüedades en el tipo penal.
La Suprema Corte rechazó ese recurso y ratificó la condena por 26 años de prisión impuesta en 2022, avalando el artículo 338, fracción VI, del Código Penal de Puebla y generando un precedente para otros casos de tentativa en el país.
El nuevo criterio obliga a tribunales, fiscalías y legislaturas estatales a garantizar procedimientos que contemplen la protección de las mujeres ante la tentativa de feminicidio. Entre las acciones inmediatas que estos órganos han iniciado se encuentran:
- Revisión y actualización de mecanismos internos para identificar y sancionar tentativas de feminicidio.
- Emisión de lineamientos claros para valorar la “relación de confianza” entre víctima y agresor en cada caso concreto.
- Capacitación de personal judicial y ministerial sobre los ajustes legales y la interpretación obligatoria determinada por la Suprema Corte.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf subrayó la importancia de que la relación sentimental, de confianza o familiar entre víctima y agresor sea considerada elemento clave en la configuración de este delito, pues incrementa el riesgo de vulnerabilidad para la mujer y exige una acción judicial pronta y efectiva.

Impacto de la decisión judicial en los involucrados
Para víctimas y grupos afectados, el fallo de la Suprema Corte representa un refuerzo significativo en el acceso a la justicia. El hecho de que una mujer sobreviva un intento de feminicidio ya no impide que el caso sea perseguido y sancionado bajo la figura del delito, lo que robustece la protección jurídica y amplía las posibilidades de castigar de manera efectiva a los responsables.
En el estado de Puebla, donde se originó el caso que dio pie a este criterio, la pena para feminicidio se ubica entre 40 y 60 años de prisión y considera multas de 500 a mil Unidades de Medida de Actualización (UMA).
Las sentencias incorporan la existencia de vínculo afectivo, incomunicación de la víctima o la exhibición del cuerpo en lugares públicos como supuestos agravantes.
La resolución, adoptada este 29 de enero, responde a la demanda de colectivos y víctimas que denuncian vacíos legales cuando las víctimas sobreviven a un ataque con intención de matarlas por razones de género.
El fallo obliga a jueces y tribunales a considerar la tentativa de feminicidio como delito autónomo, lo que implica que los responsables puedan recibir una pena aun cuando la mujer no fallece.
El pleno de la SCJN sostiene que negar la sanción a la tentativa vulnera los derechos de las mujeres a la justicia y a la reparación integral.
La decisión responde a una contradicción de criterios entre tribunales federales, donde algunos jueces consideraban que solo el feminicidio consumado podía sancionarse.
La violencia de género y la falta de acceso a la justicia para las mujeres en México
La violencia de género representa una manifestación extrema de la desigualdad entre hombres y mujeres, tanto en espacios públicos como privados, y puede adoptar formas directas o sutiles.
El feminicidio constituye su expresión más severa y coloca a miles de mujeres mexicanas en situación de riesgo. Sonia Frías Martínez, investigadora del CRIM de la UNAM, expuso que solo un 15 % de los casos de feminicidio en México llegan a judicializarse, según datos del Censo de Procuración de Justicia 2025.
Frías Martínez señaló que la violencia de género está relacionada con la discriminación por múltiples identidades y produce sufrimiento o muerte. Este fenómeno se encuentra arraigado en estructuras sociales y culturales que perpetúan la subordinación de las mujeres y el dominio de los varones.
México es uno de los países con mayor número de feminicidios en la región, aunque no presenta la tasa más alta por cada 100 mil habitantes. El feminicidio no siempre es cometido por parejas íntimas, sino que puede asociarse a explotación sexual, transfobia, racismo y otros factores.
Aproximadamente el 35 % de los homicidios de mujeres en el país cumplen con las características de feminicidio, aunque muchos no se investigan bajo esa figura legal. Además, existe un subregistro debido a la clasificación de algunas muertes como suicidios u otras causas, y al problema de personas desaparecidas.
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