La Cámara Federal confirmó el procesamiento de Grabois por la toma del ex Instituto Perón

El diputado nacional lideró el ingreso al edificio que estaba cerrado por decreto y se negó al desalojo policial

Ocupación de Juan Grabois en el Instituto Peron
La Cámara Federal porteña confirmó los procesamientos de Juan Grabois y Valentín Peralta por su ingreso al ex Instituto Juan Domingo Perón y ratificó los embargos dispuestos sobre sus bienes
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La Cámara Federal porteña confirmó los procesamientos del actual diputado nacional Juan Grabois y del dirigente de Patria Grande Valentín Peralta por los delitos de usurpación y resistencia a la autoridad, a raíz de su ingreso al ex Instituto Juan Domingo Perón.

La Sala I también ratificó los embargos dispuestos sobre sus bienes: $5.000.000 para Grabois y $1.000.000 para Peralta. La resolución dejó pendiente en el juzgado de primera instancia el planteo de la defensa de Peralta para que la causa pase al fuero ordinario.

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Los jueces Mariano Llorens, Pablo Yadarola y Pablo Bertuzzi rechazaron los recursos de las defensas, que habían cuestionado la valoración de las pruebas, la configuración de los delitos imputados y la proporcionalidad de las medidas cautelares.

La Cámara resolvió que los elementos reunidos permiten sostener, con el grado de probabilidad exigido en esta etapa, que ambos intervinieron en el ingreso y la permanencia en el inmueble estatal.

La fiscalía había respaldado los procesamientos, aunque propuso una calificación penal distinta. Para Grabois, entendió que los hechos podían encuadrar, de manera provisoria, en usurpación, daño agravado y atentado contra la autoridad; mientras que para Peralta pidió que se sumara el delito de lesiones.

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Por su parte, la querella del Ministerio de Capital Humano había solicitado que se confirmara la decisión apelada.

El caso

El expediente señala que Grabois convocó a través de sus redes sociales X e Instagram a concentrarse en el edificio ubicado en Austria 2593/2601, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En ese lugar había funcionado el Instituto Juan Domingo Perón de Estudios, Investigaciones Históricas, Sociales y Políticas, cerrado por el Decreto 346/25.

Liberaron a Juan Grabois
El tribunal sostuvo que la condición de abogado de Juan Grabois no lo eximía de cumplir una orden legítima impartida por una autoridad competente

La convocatoria incluyó un volante con la consigna: “Defendamos el Instituto Juan Domingo Perón y el café con Perón”. Para los jueces, ese mensaje acreditó que el dirigente participaría activamente de la actividad.

La resolución identificó como conductas investigadas el ingreso irregular junto con un grupo organizado, los daños al inmueble estatal y la negativa a abandonar el lugar ante las órdenes impartidas por las autoridades.

Según los testimonios policiales y las filmaciones incorporadas a la causa, Grabois aparece “a la cabeza del grupo que ingresó indebidamente a un inmueble del Estado”.

La pesquisa precisó que el dirigente comunicó a los manifestantes que subieran al patio del inmueble mientras él permanecería en el lugar, amparado en su profesión de abogado. Sobre ese punto, el tribunal afirmó que esa condición “no lo exime del cumplimiento de una orden legítima emanada por una autoridad competente”.

Los jueces agregaron que no estaba discutido que Grabois había ingresado al edificio junto con personas convocadas por él. También consideraron acreditado, en esta etapa, que se negó a retirarse cuando la Policía ordenó el desalojo tras consultar con el juzgado instructor. Su defensa había sostenido que permaneció en el inmueble por su “condición pública y política”.

“El disvalor de la acción de Grabois no se funda en su condición de funcionario público o abogado, sino en los hechos que se le imputan”, aseveró el tribunal de alzada.

Respecto de Peralta, la Cámara concluyó que las declaraciones de los agentes policiales lo ubicaron en el mismo lugar que Grabois durante el acceso al inmueble y también después de las órdenes de retiro pacífico.

Peralta había pedido, de manera subsidiaria, que la Justicia federal se declarara incompetente y remitiera el expediente al fuero ordinario. El tribunal no resolvió ese planteo para no privar a las partes de una instancia y ordenó que sea analizado por el juez de primera instancia.

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