La Justicia archivó una denuncia contra Milei, Wolff y otros dirigentes por supuestos “discursos de odio”

La presentación había sido realizada por el abogado Cristian Moix y también alcanzaba a Sabrina Ajmechet, Yamil Santoro y otras personas. El fiscal Carlos Stornelli sostuvo que no se habían individualizado delitos concretos y calificó el planteo como una “excursión de pesca”

Waldo Wolff brinda apoyo a Javier Milei
La Justicia federal desestimó por inexistencia de delito la denuncia contra Javier Milei, Waldo Wolff y otros dirigentes por supuestos “discursos de odio” y discriminación difundidos en declaraciones públicas y redes sociales
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La Justicia federal desestimó por inexistencia de delito una denuncia presentada contra el presidente Javier Milei, el legislador porteño Waldo Wolff, la diputada nacional Sabrina Ajmechet y otras personas por supuestos “discursos de odio”, discriminación y otras conductas vinculadas con declaraciones públicas y publicaciones en redes sociales. La decisión fue adoptada este jueves por el juez Ariel Lijo, subrogante del Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 11, a partir de un dictamen del fiscal Carlos Stornelli que habló de una especie de “excursión de pesca”.

La causa se inició el 13 de julio pasado por una presentación del abogado marplatense Cristian Moix, quien había tomado notoriedad pública el año anterior tras protagonizar un incidente durante un juicio oral en la ciudad de Mar del Plata, cuando le dio un cabezazo a otro letrado.

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La denuncia alcanzó, además, a Ajmechet, integrante de la Cámara de Diputados; a Wolff, legislador de la Ciudad de Buenos Aires; al exlegislador porteño Yamil Santoro; y a Ariel Gelblung, Mauro Berenstein, Gabriel Camiser, Daniel Lerer y José Magioncalda.

Moix pidió que el Ministerio Público Fiscal investigara si las conductas atribuidas a los denunciados podían configurar delitos previstos en el Código Penal, infracciones a la Ley 23.592 contra actos discriminatorios u otras figuras que eventualmente surgieran de la pesquisa. El expediente quedó registrado, entre otros delitos mencionados, por instigación a cometer delitos, intimidación pública, apología del crimen e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

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Captura – SABRINA AJMECHET, diputada nacional de LLA – Infobae en Vivo
La diputada Sabrina Ajmechet fue una de las personas denunciadas por Cristian Moix en la presentación que la Justicia federal desestimó por inexistencia de delito

Respecto de Milei, el denunciante reclamó además que se analizaran posibles incumplimientos vinculados con su función y aludió en su presentación a la figura de “infame traidor a la patria”.

El planteo no se limitó a una publicación determinada. Moix pidió investigar “manifestaciones públicas, publicaciones en redes sociales, entrevistas, columnas de opinión, declaraciones institucionales y demás expresiones atribuidas a los aquí denunciados, individualmente consideradas y especialmente valoradas en su conjunto, por su reiteración, alcance, difusión e impacto en la opinión pública, pudieron haber contribuido a la difusión, promoción, legitimación o amplificación de discursos de odio, intolerancia, discriminación o violencia contra determinados grupos de personas protegidos por el ordenamiento jurídico nacional e internacional”.

También pidió que esas expresiones fueran analizadas a la luz de la Constitución Nacional, la legislación antidiscriminatoria y las obligaciones internacionales asumidas por la Argentina en materia de prevención de la discriminación y la incitación al odio.

Cuatro días después, el expediente fue remitido a la Fiscalía Federal N° 4, a cargo de Stornelli, para determinar si correspondía impulsar una investigación penal.

Entrevista a Carlos Stornelli
Carlos Stornelli, fiscal federal a cargo de la Fiscalía N° 4, pidió desestimar la denuncia al considerar que no se habían individualizado hechos con relevancia penal ni delitos concretos (Gaston Taylor)

El fiscal consideró que los hechos denunciados no tenían relevancia penal porque la presentación no había vinculado cada una de las expresiones con una figura delictiva concreta.

“Ni siquiera el denunciante ha intentado atribuir adecuación típica concreta a las distintas expresiones individuales anoticiadas, sino que ha instado a una suerte de valoración conjunta o general”, precisó. Según Stornelli, ese planteo iba “de bruces con los principios constitucionales de legalidad y de reserva”.

También cuestionó que no se hubieran descripto hechos determinados con las circunstancias necesarias para habilitar una pesquisa.

“En definitiva, advierto que no se ha brindado una verdadera notitia criminis concreta con circunstancias de modo, tiempo y lugar, sino que lo que se pretende es, quizás, excitar una actividad jurisdiccional basada en una suerte de ‘excursión de pesca’, lo cual claramente se halla reñido con los principios y garantías constitucionales que deben primar en un proceso penal”, escribió.

La presentación incorporaba además cuestionamientos sobre supuestas irregularidades vinculadas con actos de la Administración Nacional, entre ellos procesos de privatización, enajenación y eventual transferencia de activos.

Sobre ese tramo, Stornelli advirtió que Moix se había limitado a mencionar esas operaciones sin explicar “cuáles serían las circunstancias delictivas cometidas en cada caso, con indicación de modo, tiempo y lugar”.

El fiscal sostuvo que avanzar en esas condiciones implicaría promover “una suerte de auditoría de actos públicos de carácter administrativo” que excedería las funciones de la Justicia penal federal, cuya intervención, remarcó, debe operar como “ultima ratio”.

La resolución siguió el criterio del Ministerio Público. Señaló que la promoción de la acción penal corresponde al fiscal y que un juez no puede impulsar de oficio una investigación frente a un pedido fundado de desestimación.

Según explicó magistrado a cargo del Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 11, “frente a un pedido fiscal de desestimación por inexistencia de delito, el juez se encuentra impedido, no sólo de instruir al fiscal a requerir la instrucción, sino que se encuentra imposibilitado de conocer y decidir en el asunto. Ello así, desde el momento que el poder jurisdiccional sólo nace con la promoción de la acción penal por parte del representante del Ministerio Público”, indicó el fallo.

El juez resolvió así desestimar las actuaciones por inexistencia de delito y ordenó su archivo.

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