Lilia Lemoine seguirá como querellante en la causa contra el hombre acusado de apedrear su casa

La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso de la diputada y ordenó al Juzgado Federal N° 7 dictar una nueva resolución sobre su intervención en el expediente

Elecciones legislativas de Argentina de 2025 - Bunker La Libertad Avanza - Lilia Lemoine
La Cámara Federal de Casación Penal resolvió que la diputada Lilia Lemoine mantenga su rol de querellante en la causa por el ataque a su casa (Gustavo Gavotti)
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La Cámara Federal de Casación Penal resolvió que la diputada nacional de La Libertad Avanza (LLA), Lilia Lemoine, conserve su rol de querellante en la causa contra Martín Daniel Albert, acusado de apedrear su casa, ubicada en el barrio porteño de Villa Santa Rita, en enero de este año.

La Sala I anuló la decisión del Juzgado Federal N° 7, que la había apartado como querellante y mantenido únicamente bajo el régimen de víctima, después de que omitiera presentar su propio requerimiento de elevación a juicio.

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Lemoine cuestionó esa decisión al sostener que su intervención no tenía por objeto formular una acusación autónoma, sino participar en la producción y el control de la prueba respecto de los hechos ya incluidos en el requerimiento fiscal.

Los jueces Daniel Antonio Petrone, Diego G. Barroetaveña y Alejandro Slokar hicieron lugar al recurso de casación presentado por la querella y devolvieron el expediente al juzgado de origen para que dicte una nueva resolución.

Los hechos

La diputada denunció que, durante la madrugada del 13 de enero de 2026, un hombre arrojó piedras contra su vivienda. Según relató, tres de esos objetos contundentes cayeron en el lugar donde ella se encontraba apenas un minuto antes.

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La oficial asignada a su custodia persiguió y redujo a Albert, de 34 años, quien habría atacado a la agente durante el procedimiento.

El acusado fue trasladado a una comisaría, mientras que Lemoine presentó la denuncia y solicitó una restricción de acercamiento.

En diciembre de 2023, la legisladora había denunciado otro episodio ocurrido en Villa Urquiza, donde, según sostuvo, una pareja la atacó en la vía pública para recriminarle su adhesión política y le robó el teléfono celular. En aquella ocasión recibió atención médica por un traumatismo en una de sus muñecas.

El fallo

El juez Alejandro Slokar, cuyo voto recibió la adhesión de Petrone y Barroetaveña, sostuvo que la falta de presentación de un requerimiento propio de elevación a juicio impide a la querella formular una pretensión punitiva independiente, pero no elimina las restantes facultades que la ley le reconoce como parte.

Juez de casación
El juez juez de Casación Alejandro Slokar

Expresó que la omisión “aparejó la pérdida de los derechos procesales vinculados al acto precluido”, es decir, aquel cuyo plazo ya venció, sin que ello implique que la parte quede impedida de continuar interviniendo como querellante.

Casación recordó además su criterio en precedentes anteriores, según el cual el querellante que no formula en término su requerimiento de elevación a juicio pierde la posibilidad de hacerlo posteriormente, aunque puede continuar actuando dentro de los límites fijados por los hechos sostenidos por el Ministerio Público Fiscal.

Por su parte, el fiscal general Raúl Omar Pleé había respaldado ante Casación el recurso presentado por la querella. Sostuvo que “la única consecuencia de dicha circunstancia es que el objeto del debate se circunscribe a las hipótesis fácticas ventiladas por las otras partes”.

La querella también señaló que buena parte de la prueba sobre cuya producción pretendía intervenir ya había sido ofrecida por la fiscalía y la defensa. Entre esos elementos mencionó testigos del procedimiento, filmaciones de cámaras de seguridad, objetos secuestrados y constancias reunidas durante la instrucción.

En cambio, el defensor público que representa a Albert pidió rechazar la impugnación. Según sostuvo, admitir el planteo “erosiona el debido proceso y la defensa en juicio como cuestión federal”.

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