La Cámara Federal apartó a la UIF como querellante en la causa Odebrecht por los gasoductos

La Sala II hizo lugar a un planteo de la defensa de Julio De Vido. El expediente investiga el presunto pago de USD 25 millones en sobornos vinculados a las obras de TGS y TGN

Julio De Vido y Daniel Cámeron (NA)
Julio De Vido y Daniel Cámeron (NA)
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La Cámara Federal porteña resolvió apartar a la Unidad de Información Financiera (UIF) como querellante en la segunda parte de la causa Odebrecht, que investiga el presunto cohecho en la contratación de las obras para los gasoductos del Norte y del Sur.

Se trata de un tramo del caso que quedó pendiente de análisis cuando, en 2019, el juez Daniel Rafecas elevó a juicio oral la causa original. Este caso remanente evalúa si la compañía pagó a los exfuncionarios 25 millones de dólares en sobornos entre 2007 y 2014.

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La Sala II hizo lugar al planteo de la defensa de Julio De Vido contra la participación de la UIF en el proceso, porque consideró que el Decreto 274/2025 le quitó al organismo el rol de litigante.

Los jueces Eduardo Farah y Roberto Boico sostuvieron que no se trata de aplicar una norma en forma retroactiva, sino de reconocer que el interés institucional que había justificado esa intervención fue redirigido por el Poder Ejecutivo hacia otros objetivos.

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La decisión revocó lo que había resuelto el juzgado de primera instancia, que rechazó la excepción por falta de acción planteada por las defensas del exsecretario de Energía Daniel Cameron, el empresario Marcio Faria Da Silva y también el exministro de Planificación.

Argumentaron que el decreto presidencial modificó la estructura, las misiones y los objetivos de la UIF y derogó de manera expresa el Decreto 2226/2008, que la autorizaba formalmente a intervenir como parte querellante en procesos judiciales.

Además, remarcaron que la decisión del Ejecutivo se sostuvo en la premisa de que el Ministerio Público Fiscal, según el artículo 120 de la Constitución Nacional, es el encargado de promover la actuación de la Justicia en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad.

Ante esta novedad, la UIF podría recurrir a Casación para solicitar que le reintegren su papel en el caso.

El rol de la UIF

El presidente Javier Milei derogó en abril del año pasado la norma que, desde 2008, habilitaba a la Unidad de Información Financiera a actuar como acusador en causas penales donde se investigara la comisión de delitos vinculados a la corrupción, el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

Desde que rige el nuevo Decreto N° 274/2025 se repiten los reclamos de las defensas que solicitan a la Justicia que le impida a la UIF continuar como querellante en las causas.

No obstante, Casación confirmó la permanencia del organismo como litigante en muchas de las causas donde ya venía actuando, tales como Hotesur-Los Sauces, Cuadernos, Ruta del Dinero o Polo Obrero.

Antecedentes

Odebrecht 2 estuvo a cargo del juez Daniel Rafecas desde 2019. Tiempo después, sobreseyó a los imputados porque entendió que el objeto procesal era similar al que se había juzgado en la primera parte de la investigación y que ya había sido elevado a juicio oral.

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La Cámara Federal revocó los sobreseimientos ante el pedido de la Unidad de Información Financiera y apartó a Rafecas del expediente, que fue transferido a la jueza María Eugenia Capuchetti.

Están imputados el exministro de Planificación Julio De Vido, el exsecretario de Energía Daniel Cameron, los exfuncionarios Cristian Folgar, Julio Bragulat, Bautista Marcheschi y Luis Beuret, junto con los empresarios Marcio Faria Da Silva y Armando Loson.

La hipótesis central es por presuntos sobornos vinculados a la ampliación de los gasoductos TGS y TGN, en una maniobra por la cual se investiga si se pagó esa suma a través de la División de Operaciones Estructuradas de Odebrecht para beneficiar la adjudicación y ejecución de esas obras.

En tanto, en el primer juicio Odebrecht resultaron condenados De Vido y Cameron a tres años de prisión de ejecución condicional, mientras que Folgar recibió dos años y seis meses en suspenso.

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