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Cámara Gesell, pericias y registros de visitas: las pruebas en un caso de trata de personas en Posadas

La Cámara Federal confirmó el procesamiento de una mujer por explotación sexual. La víctima denunció que le retuvieron el DNI, restringieron sus movimientos, la sometieron a encuentros sexuales por dinero y la obligaron a quedar embarazada mientras permanecía bajo el control de los acusados

La Cámara Federal de Posadas confirmó el procesamiento de una imputada por trata y explotación sexual, tras valorar la declaración de la víctima, pericias psicológicas, registros de Gendarmería y otras pruebas reunidas en la causa (Foto ilustrativa: Europa Press)
La Cámara Federal de Posadas confirmó el procesamiento de una imputada por trata y explotación sexual, tras valorar la declaración de la víctima, pericias psicológicas, registros de Gendarmería y otras pruebas reunidas en la causa (Foto ilustrativa: Europa Press)
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La Cámara Federal de Apelaciones de Posadas confirmó el procesamiento sin prisión preventiva de Nilda Dammer, conocida como “Lila”, acusada de haber alojado y mantenido bajo su control a una mujer que, según la investigación, fue explotada sexualmente en una casa de la capital misionera entre octubre de 2018 y agosto de 2019.

De acuerdo con la hipótesis que el tribunal consideró suficientemente respaldada para esta etapa del expediente, Dammer habría recibido a la víctima cuando regresó desde Buenos Aires, retenido su documento de identidad, restringido sus movimientos y participado, junto con su hijo Cristian Pereira, en la organización de encuentros sexuales con distintos hombres. El dinero, siempre según la acusación, era cobrado por ellos y destinado a los gastos de la vivienda, la defensa de Benito Pereira -quien era pareja de la víctima y permanecía detenido en otra causa por trata de personas- y la construcción de otra casa.

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Los jueces Ramón Luis González, Juan Manuel Iglesias y Rubén David Osca Quiñones entendieron que existen elementos suficientes para mantener a Dammer procesada como coautora del delito de trata de personas, en las modalidades de captación y acogimiento con fines de explotación sexual. La imputación fue agravada por el uso de violencia, amenazas e intimidación, el aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad de la víctima y la presunta concreción de la explotación económica de la prostitución ajena.

La Cámara Federal determinó que las pruebas reunidas permiten continuar el proceso en contra de la imputada. Para resolverlo, valoró principalmente la declaración de la damnificada en Cámara Gesell, junto con informes psicológicos, registros de visitas a una dependencia de Gendarmería Nacional, análisis de comunicaciones, constataciones realizadas en el domicilio señalado y testimonios de familiares, vecinos y otras personas vinculadas con el caso.

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La defensa había solicitado que se revocara el procesamiento. Para eso alegó que el juez de primera instancia evaluó la prueba de forma arbitraria, se apoyó en convicciones personales e invirtió la carga probatoria en perjuicio de la acusada. Los camaristas rechazaron esos cuestionamientos al considerar que el relato de la mujer no fue examinado de manera aislada, sino en relación con otros elementos que coincidían con aspectos relevantes de su narración.

Según la investigación, la víctima permaneció bajo el control de los acusados en una vivienda de Posadas, donde habría sido explotada sexualmente (Foto ilustrativa: Adobe Stock)
Según la investigación, la víctima permaneció bajo el control de los acusados en una vivienda de Posadas, donde habría sido explotada sexualmente (Foto ilustrativa: Adobe Stock)

El origen de la causa

La investigación comenzó el 11 de septiembre de 2024, cuando la afectada presentó una denuncia ante la División Trata de Personas de la Policía de Misiones. Ahí describió una sucesión de hechos que, según manifestó, se remontaban a 2012, cuando había viajado a Buenos Aires con Benito Pereira, quien entonces era su pareja.

De acuerdo con su versión, una vez en Buenos Aires comenzó a trabajar en un bar llamado “La Taquita”, donde habría sido obligada a mantener relaciones sexuales con hombres contactados por personas de su entorno. Esa situación se habría prolongado hasta 2018, cuando uno de sus hermanos formuló una denuncia en la ciudad de Posadas y se abrió una primera causa por trata de personas en la que ella aparecía como víctima.

Como consecuencia de aquel expediente, Benito Pereira quedó detenido durante aproximadamente seis meses en una dependencia de Gendarmería Nacional.

Fue en ese contexto, según la reconstrucción judicial, cuando comenzó la intervención atribuida a Nilda “Lila” Dammer y a su hijo Cristian Pereira.

Mientras Benito permanecía detenido, una mujer llamada Adriana, a quien la víctima identificó como cuñada de Pereira, se encontró con ella en Buenos Aires. La víctima le contó lo que había atravesado y le explicó que quería regresar a Posadas, pero que no tenía dinero, teléfono ni otra manera de hacerlo.

Adriana se ofreció a llevarla.

“Yo le dije que sí, que sí, que yo quería volver para Posadas, pero que no tenía de qué forma volver”, expresó la denunciante ante la Justicia.

El viaje se realizó en un auto que, según relató, había pertenecido al padre de una de sus hijas. Adriana condujo porque el vehículo tenía caja manual y la mujer no sabía manejarlo. Ningún integrante de su familia sabía que estaba regresando a Misiones y ella tampoco podía avisarles: de acuerdo con su testimonio, la Policía se había quedado con su teléfono.

Al llegar a la capital misionera, el auto se detuvo en una estación de servicio ubicada sobre la avenida Uruguay. En ese momento, siempre según el relato incorporado al expediente, aparecieron Nilda Dammer, Cristian Pereira y otro hombre al que la víctima dijo no conocer.

La mujer esperaba que la llevaran hasta la casa de su familia. Sin embargo, Adriana dio por terminado el viaje en ese lugar y la dejó con quienes habían ido a recibirla.

Yo le dije a Adri: ‘Pero yo quería ir a mi casa’. Y ahí me dijo: ‘Hasta acá yo te traje. A partir de ahora te arreglás’”, recordó durante la Cámara Gesell.

La mujer denunció que le retuvieron el DNI, le impedían salir de la casa y la obligaban a mantener relaciones sexuales con distintos hombres por dinero (Foto ilustrativa: Adobe Stock)
La mujer denunció que le retuvieron el DNI, le impedían salir de la casa y la obligaban a mantener relaciones sexuales con distintos hombres por dinero (Foto ilustrativa: Adobe Stock)

Adriana se retiró. Cristian Pereira se habría llevado el auto en el que ambas habían viajado desde Buenos Aires, mientras que la víctima subió al vehículo en el que habían llegado Dammer y los demás hombres. Desde la estación de servicio la trasladaron hasta una vivienda situada sobre la avenida Tomás Guido, cerca de la intersección con la avenida Comandante Andresito.

Esa casa se convirtió en el escenario central de los hechos investigados.

La víctima manifestó que, apenas ingresó, Dammer y Cristian Pereira revisaron sus pertenencias. Entre ellas había dinero, documentación vinculada con distintos vehículos y su DNI. Según su relato, Dammer se quedó con el documento de identidad y le advirtió que se lo devolvería de acuerdo con su comportamiento.

Ella me dijo que el documento se lo iba a quedar y que, dependiendo de cómo yo me porte, ella me lo iba a volver a entregar”, sostuvo.

La mujer afirmó que nunca recuperó su DNI. También indicó que le explicaron que no podía regresar con su familia porque Benito Pereira había sido detenido a raíz de la denuncia presentada por uno de sus hermanos.

Según la declaración, Dammer le comunicó que tendría que trabajar para reunir dinero, pagar al abogado que buscaba conseguir la libertad de Benito y colaborar con los gastos familiares. La víctima añadió que una parte de lo producido mediante su explotación sexual en Buenos Aires ya era enviada a Dammer y a Cristian Pereira. Ahora que su pareja estaba detenida, le habrían advertido, tendría que “trabajar el doble” para reemplazar esos ingresos, financiar la defensa y aportar a la construcción de una nueva vivienda.

Para la acusación, allí comenzó un nuevo período de sometimiento y explotación.

El control dentro de la vivienda

La casa tenía un cuarto, una cocina y un ambiente que funcionaba como sala, donde habían colocado una cama junto a un juego de sillones. La mujer dormía en ese espacio.

Cristian Pereira también permanecía ahí. La damnificada explicó que le habían dicho que debía vigilarla y evitar que escapara. Tampoco podía salir sola, caminar por el barrio ni acercarse libremente a sus familiares.

Ellos no me dejaban salir porque ellos decían que, por culpa mía, Benito estaba preso”, declaró.

Cuando Dammer se ausentaba, podía llevar a la mujer con ella o dejarla bajo el control de su hijo. “En ningún momento me iba sola. O con uno o con el otro”, precisó.

La víctima agregó que la puerta permanecía cerrada con llave y que la última persona que entraba o salía se la guardaba en el bolsillo. Aseguró que intentó marcharse, pero nunca encontró una oportunidad para hacerlo.

No había forma porque la casa siempre estaba llaveada”, señaló.

Durante ese período, la mujer habría quedado prácticamente aislada de su familia. Relató que algunas veces alcanzó a ver a su madre sentada en una plaza ubicada frente a la vivienda, aunque no podía acercarse a hablarle. En una oportunidad, siempre según su versión, su madre llegó hasta el domicilio, pero Cristian Pereira le ordenó a la víctima que volviera al interior y luego hizo que la mujer se retirara.

La Corte Suprema de Justicia redefine la explotación sexual infantil en Colombia, considerando a quienes pagan como responsables directos y no simples usuarios - crédito Colprensa/La Patria
El fallo reconstruye el presunto sometimiento de la víctima: aislamiento, control de sus movimientos, violencia física, explotación sexual y amenazas (Foto ilustrativa: Colprensa/La Patria)

La División Trata de Personas realizó averiguaciones en la zona y constató que, a unos 50 metros del lugar, había una plazoleta, la Escuela Provincial N.º 548 y el Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito. Para los investigadores, esas referencias coincidían con la descripción aportada durante la declaración.

Las visitas al detenido

Mientras Benito Pereira continuaba alojado en una dependencia de Gendarmería, la víctima comenzó a visitarlo. Según narró, Dammer y Cristian Pereira la obligaban a concurrir cada vez que se habilitaban los encuentros, con el propósito de mostrar ante la Justicia que ella quería mantener la relación y favorecer así la liberación del detenido.

La mujer refirió que debía permanecer durante todo el horario de visita, llevarle ropa y regresar después a la casa de la avenida Tomás Guido acompañada por alguno de ellos.

“Todos los días que había visitas, o me llevaba Lila o me llevaba Cristian”, aseguró.

Ese tramo encontró respaldo en los libros de guardia remitidos por el Escuadrón N.º 50 “Posadas” de Gendarmería Nacional. La documentación mostró que, entre el 28 de noviembre de 2018 y el 11 de abril de 2019, la víctima concurrió nueve veces sola, 19 acompañada por Cristian Pereira y diez con Nilda Dammer. Hubo además otra visita en compañía de una tercera mujer.

En las constancias vinculadas con Dammer figuraba como domicilio la casa de la avenida Tomás Guido.

Los jueces aclararon que esos registros no demostraban por sí mismos que las visitas hubieran sido forzadas. Sin embargo, entendieron que confirmaban varios datos objetivos mencionados por la víctima: la frecuencia de los encuentros, el período en que ocurrieron, las personas que la acompañaban y el domicilio al que aparecían vinculadas.

La explotación sexual

La mujer afirmó que, mientras permanecía en la casa, Dammer y Cristian Pereira llevaban hombres para que mantuvieran relaciones sexuales con ella. De acuerdo a su versión de los hechos, los encuentros se repetían prácticamente todos los días y no tenía posibilidad de negarse.

Yo sabía que cuando Lila salía era porque venía con alguien para que salga conmigo”, explicó.

La víctima relató que Dammer podía regresar acompañada por uno o varios hombres. Cristian Pereira conversaba con ellos y, posteriormente, él y su madre salían de la vivienda mientras el cliente ingresaba al ambiente donde se encontraba la mujer.

“Si era un hombre solo, solo el hombre conmigo. Si venían dos hombres, eran dos hombres conmigo”, declaró.

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os registros de visitas y los informes elaborados por Gendarmería Nacional fueron una de las pruebas que la Cámara Federal de Posadas valoró para confirmar el procesamiento (Crédito: Gendarmería Nacional)

El dinero, según aseguró, era recibido directamente por Dammer o por su hijo. “Si estaba Lila, le pagaban a Lila. Si estaba Cristian, le pagaban a Cristian. Y si estaban los dos, a los dos”, detalló durante la Cámara Gesell.

La denunciante indicó que algunos de esos hombres la insultaban, le tiraban del pelo o le daban cachetazos. Si un cliente se quejaba por su comportamiento o por alguna demora, Dammer y Cristian Pereira la golpeaban después. También denunció que la obligaban a mantener relaciones sexuales cuando estaba menstruando y sufría pérdidas de sangre.

Al ser consultada por la cantidad de hombres que podían llevar a la casa, respondió: “A veces eran siete, a veces eran ocho”.

De acuerdo con la hipótesis central de la pesquisa, el dinero obtenido se utilizaba para cubrir los gastos de la vivienda, financiar la defensa judicial de Benito Pereira y avanzar con la construcción de otra casa de Dammer. La víctima atribuyó a la imputada las mayores presiones, ya que necesitaba comprar materiales y pagar a los albañiles.

“La plata que yo hacía era para ellos”, resumió.

Las tareas domésticas y las agresiones

La situación denunciada no se habría limitado solamente a la explotación sexual. En efecto, la mujer también tenía que limpiar, cocinar, lavar, planchar la ropa y cuidar durante la noche a uno de los hijos de Dammer.

Según explicó, el chico se quedaba despierto jugando y ella debía atenderlo, acompañarlo al baño y prepararle la comida. Si el niño se quejaba, Dammer la insultaba o la golpeaba.

Me decía que no servía para nada”, evocó en su declaración.

La damnificada detalló cachetazos, tirones de pelo y castigos bajo la ducha. En una oportunidad, manifestó, Dammer la llevó hasta el baño, abrió el agua y le dijo que no saldría de ahí porque el niño había llorado por la comida.

También aseguró que no le permitían utilizar el baño de la casa con normalidad. Debía hacer sus necesidades y bañarse en el fondo, con un balde, cerca de la pileta donde lavaba la ropa. Cuando sentía dolores y pedía medicamentos, le respondían que no gastarían dinero en ella.

La rutina que describió combinaba encuentros sexuales impuestos, tareas domésticas, falta de descanso, aislamiento y violencia.

La prisión domiciliaria y el embarazo

Con el paso de los meses, Benito Pereira obtuvo la prisión domiciliaria y fue trasladado a la misma casa de la avenida Tomás Guido. La víctima afirmó que, poco después, sus captores le dijeron que debía quedar embarazada.

Según le explicaron, el embarazo podía favorecer la situación judicial de Pereira y evitar que le colocaran una tobillera electrónica. La mujer expresó que no quería quedar embarazada, pero que no tuvo posibilidad de negarse a mantener relaciones sexuales con él.

Además, declaró que durante ese período también mantenía relaciones con Cristian Pereira y continuaba siendo explotada sexualmente con otros hombres. Por ese motivo, señaló que no podía saber con certeza quién era el padre de la hija que tuvo tiempo después.

La víctima relató que, cuando supieron que esperaba una nena, escuchó a Dammer decir que habían “matado dos pájaros de un tiro”: el embarazo podía beneficiar a Benito Pereira y la criatura podía convertirse, según la frase que le atribuyó, en otra “fuente de dinero”.

La explotación sexual, de acuerdo con su declaración, no se interrumpió durante el embarazo. En los primeros meses sufrió una amenaza de aborto, pero aun así debía mantener relaciones sexuales con la misma frecuencia. También mencionó que tenía más hambre y pedía porciones adicionales de comida, pero le respondían que ya había comido.

Las amenazas relacionadas con su hija

La víctima aseguró que las amenazas continuaron después del nacimiento de la beba. Según declaró, Dammer le advertía que, si hablaba o revelaba lo ocurrido, harían desaparecer a la criatura.

Si yo abría mi boca y contaba lo que estaba pasando, ellos iban a hacer desaparecer a la criatura”, comentó en Cámara Gesell.

Por otro lado, un estudio elaborado el 1° de octubre de 2021 por una profesional de la División Trata de Personas advirtió que, terminado el cautiverio, la mujer fue a vivir con su hija, que entonces tenía cuatro años, a la casa de sus padres. El documento indicó que presentaba un cuadro de estrés postraumático, con ataques de llanto, insomnio, miedo constante, angustia, desconfianza e hipervigilancia.

La causa sumó también otros informes del Departamento Forense Interdisciplinario, de la psicóloga que atendía a la víctima y de la Coordinación Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Víctimas del Delito de Trata de Personas. Para la Cámara Federal de Posadas, esos estudios guardaban correspondencia con el relato y permitían evaluar las consecuencias psicológicas de las situaciones denunciadas.

El resto de las pruebas

La investigación incorporó además los testimonios de los padres y de uno de los hermanos de la víctima, de vecinos de la casa de la avenida Tomás Guido, de una amiga de Dammer que trabajaba como empleada doméstica y de otras personas relacionadas con los involucrados.

También se estudiaron registros telefónicos de líneas vinculadas con Cristian Pereira, la víctima, Adriana y Dammer. Personal especializado de Gendarmería examinó datos de antenas para establecer si permitían ubicar a la mujer en la vivienda investigada o en sus inmediaciones durante el período analizado.

Las autoridades de la Escuela BOP 86 informaron, a su vez, que Dammer había trabajado en ese establecimiento entre el 8 de junio de 2015 y el 31 de julio de 2019. Para los investigadores, esa información permitía situarla en Posadas durante buena parte del período bajo análisis, aunque no probaba por sí sola la conducta delictiva atribuida.

El tribunal de alzada entendió que, valorados en conjunto, esos elementos alcanzaban para sostener con el grado de probabilidad requerido en un procesamiento que la víctima había permanecido en el domicilio y que Dammer habría efectuado aportes concretos para mantenerla sometida y obtener dinero mediante su explotación sexual.

Mujer de cabello oscuro sentada en una silla de madera, cabeza hacia abajo y rostro en sombra, con una bombilla encendida y un marco de ventana al fondo.
El tribunal de alzada federal de Posadas confirmó el procesamiento de Nilda Dammer por trata de personas, al considerar que existen pruebas suficientes para sostener la acusación por la presunta explotación sexual de una mujer (Imagen Ilustrativa Infobae)

Los argumentos de la defensa

La defensa de Nilda Dammer planteó que el procesamiento se había basado en las convicciones personales del juez y no en pruebas suficientes. También cuestionó que el magistrado hubiera seleccionado de manera arbitraria los elementos favorables a la acusación y relegado aquellos que podían beneficiar a la imputada.

Según el recurso, la resolución había invertido la carga de la prueba y afectado el principio de inocencia. Los abogados solicitaron el sobreseimiento de Dammer o, de manera subsidiaria, que se dictara la falta de mérito.

La acusada se abstuvo de declarar durante la indagatoria, aunque presentó un escrito firmado junto con sus defensores.

Por qué la Cámara confirmó el procesamiento

Los camaristas descartaron que la decisión fuera arbitraria. A su criterio, el juez de primera instancia había explicado cuáles eran los hechos considerados provisoriamente acreditados, qué intervención le atribuía a Dammer y en qué pruebas apoyaba esa conclusión.

El tribunal de revisión destacó que el relato de la víctima tenía una relevancia particular por las características de los delitos de trata, que suelen cometerse en ámbitos cerrados, bajo relaciones de dominación y sin testigos independientes. Esto no significaba, aclaró, que su palabra debiera aceptarse automáticamente o sin un análisis crítico.

En estas actuaciones, los jueces concluyeron que la declaración aparecía acompañada por los informes psicológicos, los registros de Gendarmería, las constataciones en el domicilio, los estudios de comunicaciones y distintos testimonios que coincidían con aspectos de la narración.

La Cámara señaló, además, que la causa debía ser evaluada con perspectiva de género y teniendo en cuenta la situación de vulnerabilidad de las víctimas de trata. Recordó que el delito protege la libertad de autodeterminación y que la ley considera irrelevante un eventual consentimiento cuando existe una finalidad de explotación.

Con esos fundamentos, la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas confirmó el procesamiento sin prisión preventiva de Nilda Dammer, mantuvo medidas de coerción en su contra y dejó vigente el embargo trabado sobre sus bienes.

La causa continuará en el juzgado de origen, donde deberán completarse las medidas de prueba pendientes y definirse si existen elementos suficientes para enviar a la acusada a juicio oral.

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