
El Tribunal Oral Federal 2 rechazó la recusación que presentó Carlos Alberto Telleldín contra el fiscal federal Sebastián Basso, que actualmente interviene en el proceso de decomiso de USD 400.000, como parte de su condena por peculado en la causa que investigó el encubrimiento del atentado a la AMIA.
El juez de ejecución Jorge Gorini sostuvo que el planteo fue extemporáneo y que no se acreditaron hechos concretos que permitieran inferir enemistad manifiesta ni pérdida de objetividad del titular de la Unidad Fiscal AMIA.
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El ex reducidor de autos y abogado Carlos Alberto Telleldín había pedido el apartamiento inmediato del fiscal por supuesta falta de objetividad, de neutralidad y conflicto de intereses.
Para fundamentar su presentación, afirmó que Basso sería sobrino directo de la fallecida Dra. María Luisa Riva Aramayo, quien se desempeñó como presidenta de la Cámara Federal de Apelaciones durante la instrucción del ataque a la sede de la mutual judía.
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En particular, subrayó que “durante reuniones informales mantenidas con él, la exmagistrada habría confeccionado de puño y letra un croquis que luego le fue falsamente atribuido, extremo que habría sido acreditado durante la sustanciación del juicio oral”.
Además, la defensa sostuvo que el fiscal había requerido “medidas de mayor intensidad sobre el patrimonio de su asistido y de terceros”, en relación con supuestas averiguaciones que habría realizado la fiscalía sobre bienes a nombre de la esposa de Telleldín, Melany Aida Aguilar.
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Por su parte, Sebastián Basso solicitó el rechazo de la recusación por considerarla manifiestamente improcedente. Señaló que “su actuación no evidenciaba desvío funcional ni exceso alguno, pues se había limitado a cumplir lo ordenado por este Tribunal, que había encomendado al Ministerio Público Fiscal la investigación patrimonial del condenado".
Los argumentos del fallo
El juez Jorge Gorini indicó que el pedido de Telleldín “no satisface las exigencias temporales previstas para la articulación de este tipo de incidencias”.
También analizó que “la hipótesis propuesta por el recusante se construye sobre una sucesión de inferencias que carecen del respaldo objetivo indispensable para justificar una decisión de semejante entidad”.
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Gorini enumeró que “presupone la existencia de un vínculo de parentesco que no acredita. Luego atribuye a la Dra. Riva Aramayo una actuación ilícita en perjuicio del condenado. A continuación traslada esa supuesta situación al Dr. Basso por el solo hecho de la alegada relación familiar. Finalmente concluye que ello comprometería necesariamente la objetividad del representante del Ministerio Público Fiscal en este legajo de ejecución".
La resolución concluyó que “la mera sospecha subjetiva, la desconfianza personal o una construcción fundada en vínculos indirectos resultan insuficientes para desplazar al funcionario que interviene regularmente en el proceso”.
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La causa
La causa judicial por el encubrimiento del atentado a la AMIA tuvo un punto central en febrero de 2019, cuando el Tribunal Oral Federal 2 condenó a Carlos Telleldín a tres años y seis meses de prisión y dispuso el decomiso de 400.000 dólares. Ese monto corresponde a fondos reservados de la ex Secretaría de Inteligencia (SIDE), que Telleldín recibió tras pactar una declaración que formaba parte del encubrimiento del atentado.
En 1996, Telleldín amplió su declaración indagatoria y señaló a cuatro policías bonaerenses como responsables de recibir la camioneta Trafic que él había acondicionado y que luego se utilizó en el atentado, que dejó 85 víctimas fatales. Estos policías fueron encarcelados durante años.
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La maniobra fue revelada cuando ex agentes de inteligencia, eximidos del deber de guardar secreto, declararon ante el Tribunal Oral Federal 3 y describieron en detalle cómo se organizó el pago a Telleldín, bajo la dirección del entonces juez Juan José Galeano.
Actualmente, el juez de ejecución ordenó profundizar la investigación patrimonial de Telleldín, con el objetivo de recuperar los fondos para el Estado. La resolución incluye el levantamiento del secreto bancario, financiero, fiscal y bursátil de Telleldín, así como de su familia y allegados. Telleldín apeló la medida y dejó la definición en manos de Cámara de Casación Penal.
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