
El Tribunal Oral Federal 8 rechazó los planteos de nulidad contra el juicio oral por la causa “Memorándum con Irán” que evalúa el supuesto encubrimiento en el atentado contra la AMIA.
Los jueces del TOF 8 consideraron que el requerimiento de elevación a juicio que formuló el Ministerio Público Fiscal fue realizado “conforme manda la ley y no se verifica un perjuicio concreto para las partes”.
Con esta resolución, el tribunal quedó habilitado para avanzar en la determinación de la fecha de inicio de las audiencias.
El pedido había sido presentado por Carlos Zannini, con la adhesión del resto de los imputados, porque entendió que la instrucción no quedó agotada debido a que nunca se convocó a declarar como testigo al Secretario General de Interpol, Ronald Noble.
En cuanto al pedido de nulidad de la medida de la Cámara Federal que ordenó investigar la participación de funcionarios de Interpol, la defensa advirtió que poseen inmunidad diplomática, por lo que solo pueden ser procesados por la Corte Suprema.
El caso de Ronald Noble
Por disposición de la Cámara Federal, el juzgado Federal 11 tiene a cargo la investigación sobre el ex secretario general de Interpol, Ronald Noble, en la causa residual del Memorándum de Entendimiento con Irán.
La hipótesis sostiene que el funcionario estuvo involucrado en las negociaciones del acuerdo diplomático, colaborando en la elaboración de los mecanismos para levantar las alertas rojas que pesaban sobre los sospechosos del atentado a la AMIA.
La decisión de imputar a Noble bloqueó la opción de que declarase como testigo en el futuro juicio oral.
En este sentido, el fiscal Marcelo Colombo dijo que no se observa que la eventual imputación de Noble pudiera traer aparejado algún perjuicio o afectación al derecho de defensa para que declare en juicio.
Agregó que si bien Noble fue ofrecido como testigo por distintas partes del proceso, hasta ahora nunca fue escuchado formalmente.
A su vez, Colombo mencionó que actualmente Noble no cumple ninguna función en Interpol y la doctrina de la Corte Suprema es clara en cuanto a que su competencia originaria cesa cuando, por cualquier motivo, el diplomático finaliza sus funciones.
Por su parte, la querella representada por los abogados Tomás Farini Duggan y Juan José Ávila, explicó que el planteo de las defensas fue mal formulado porque “los funcionarios que poseen inmunidad diplomática no son impunes, y por ello no existe impedimento para que sean denunciados”.
El expediente

La causa que analiza el presunto encubrimiento del “Memorándum con Irán” se inició con la denuncia del fiscal Alberto Nisman en el año 2015.
Cuando llegó a la instancia de juicio oral, los jueces federales María Gabriela López Iñíguez, Daniel Obligado y Juan Michilini sobreseyeron a todos los imputados “por cuanto los hechos por los que fueran requeridos no constituyen delito”.
Apelaciones mediante, la Cámara Federal de Casación Penal revocó los sobreseimientos y ordenó retomar el proceso oral.
Los procesados en este expediente son la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, Eduardo Zuain, Carlos Zannini, Oscar Parrilli, Angelina María Esther Abbona, Juan Martín Mena, Andrés Larroque, Luis D’Elía, Fernando Esteche, Jorge Alejandro Khalil y Ramón Allan Bogado.
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