
El juez federal Alfredo Eugenio López lleva meses en el centro de una tormenta judicial e institucional. Todo comenzó en febrero de 2025, cuando organizaciones de la comunidad judía y otros particulares presentaron ante el Consejo de la Magistratura una serie de denuncias contra el titular del Juzgado Federal N° 4 de Mar del Plata por publicaciones realizadas en su cuenta de X. Con una copia certificada de capturas de pantalla de posteos, reposteos y respuestas desde el usuario del juez, los denunciantes apuntaron contra el magistrado por considerar que había utilizado esa red social “para difundir de manera sistemática expresiones antisemitas que comprometen su imparcialidad, idoneidad y decoro”.
También evaluaron que la conducta virtual del magistrado había configurado “un patrón de hostilidad hacia los judíos, el sionismo e Israel, excediendo cualquier debate razonable sobre política internacional”.
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Con la denuncia, se labró el expediente N° 19/2025 en la Comisión de Acusación del Consejo, donde el titular del Juzgado Federal 4 de Mar del Plata, oportunamente, se presentó para desarrollar y exponer su defensa basada -en líneas generales- en cuatro ejes: ejercicio legítimo de la libertad de expresión; inexistencia de delito; falta de legitimidad de las organizaciones denunciantes; y razones ajenas al antisemitismo para impulsar la denuncia en su contra.
Esta semana, por lo demás, la Comisión de Acusación reunió los votos de los consejeros Álvaro González, Luis Juez, Alberto Maques y Gonzalo Roca para elevar el caso al Plenario del organismo encargado de la selección y remoción de los jueces, presidido por el ministro de la Corte Suprema Horacio Rosatti. Si los dos tercios de los 20 consejeros aprueban la acusación, López será suspendido de su cargo y pasará a ser juzgado por mal desempeño ante un Jurado de Enjuiciamiento. Los consejeros Juez y Maques fueron propuestos como representantes del cuerpo para esa etapa.
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El dictamen acusatorio que ahora será trasladado al plenario del Consejo de la Magistratura fue elaborado por el senador nacional Luis Juez, quien durante su instrucción identificó 17 mensajes publicados desde la cuenta @JuezLopezMDP entre septiembre de 2024 y julio de 2025 que consideró constitutivos de un patrón sistemático de agresión hacia la comunidad judía.

Entre ellos figuran: “A quién son leales los judíos que residen en nuestra patria?” y “Los judíos mataron a Cristo. Fin”. También: “Pueden dejarles sus comentarios a estos fariseos”; “Bueno judío, es Twiter y hay que abreviar”; “Otro J victimizándose, ya se les gastó de tanto usar, lo siento”; “Que idea judío insolente?”; “Otro juden” y “Si, raza de víboras”. Ante una nota periodística sobre el lanzamiento de un vuelo directo entre Buenos Aires y Tel Aviv, el juez escribió: “¿ida y vuelta?”. Sobre la composición de la Corte Suprema, preguntó: “Usarán la Tora o la Constitución Nacional en la nueva ampliación de la Corte que se viene”. También reposteó un mensaje que decía: “El juez López es la voz de los que no tienen voz. Por tal motivo es el objetivo de la judiada, interna y externa. Debemos unirnos como pueblo en esta cruzada patriótica y poder así reconquistar el mando de nuestra nación, ya sin injerencia extranjera”. Y respondió “Muchas gracias” a un usuario que había escrito que “a estos miserables cerdos judíos hay que confrontarlos abiertamente y ponerlos en su sitio”.
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En su descargo frente a la comisión acusatoria, el magistrado reconoció haber publicado esos mensajes y confirmó que administraba personalmente la cuenta de X.
El argumento central de López giró en torno a que sus publicaciones constituyen un ejercicio legítimo de la libertad de expresión. En su defensa sostuvo que sus mensajes eran “interpretaciones absolutamente subjetivas y descontextualizadas respecto de los intercambios realizados en las redes sociales, que de ninguna manera afectan el Servicio de Justicia ni la imparcialidad” de su función, “habida cuenta de que no se ha expresado en relación a ninguna causa en trámite”. Como prueba de ello, señaló que nunca fue recusado ni apartado de ninguna causa judicial.
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López también argumentó que “del relato formulado en la denuncia no surge la comisión de ningún delito, razón por la cual no se formuló ninguna denuncia al respecto” en su contra en ningún fuero del país. Desde esa base, cuestionó que las organizaciones denunciantes hubieran recurrido al Consejo de la Magistratura: “Evidentemente los denunciantes lo hacen en esta instancia porque saben que carecen de consecuencias legales”, expresó, y advirtió que se reservaba el derecho a iniciar “denuncias penales y la reparación de los daños y perjuicios” contra los firmantes por lo que calificó como una “falsa denuncia”.
A su vez, el magistrado cuestionó la representatividad de las dos organizaciones que encabezaron las denuncias -el Foro Argentino contra el Antisemitismo (FACA) y la DAIA- y aseveró que “ambas organizaciones denunciantes se arrogan una representación que no les fue otorgada por quienes hicieron el intercambio de opiniones en la red social X”. Sobre la DAIA fue aún más crítico: la describió como “una organización que abiertamente representa los intereses de un Estado extranjero, mas no los de la totalidad de la colectividad judía”, y calificó las denuncias como el producto de “una pose de victimización genérica y absolutamente maliciosa” contra un magistrado “designado por concurso público y de acuerdo a todas las normas constitucionales vigentes con más de 40 años de trayectoria intachable”.
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Por último, el denunciado buscó apoyo en la Resolución N° 259/2020, mediante la cual el propio Consejo de la Magistratura había archivado en noviembre de 2020 una denuncia en su contra promovida por el diputado Rodolfo Tailhade en virtud de expresiones vertidas igualmente en redes sociales. Para el juez, ese precedente era directamente aplicable al caso. Además, ofreció su propia lectura sobre el origen de las denuncias: sugirió que “lo que realmente ha molestado y motivado a perseguir a este magistrado por los denunciantes ha sido la difusión de la decisión tomada por la Corte Penal Internacional, ordenando la captura internacional del Primer Ministro Benjamín Netanyahu y su Ministro de Defensa por las gravísimas violaciones a los derechos humanos en la Franja de Gaza, siendo la República Argentina adherente al Tratado que reconoce competencia de ese órgano jurisdiccional penal internacional y que, teniendo en consecuencia rango constitucional, la República Argentina está obligada a acatar”.
También atribuyó parte de las críticas a su condición de católico y a su adhesión a la interpretación del constitucionalista Germán Bidart Campos sobre el artículo 2 de la Constitución Nacional, remarcando que “el odio y la persecución estarían motivadas en su condición de católico”.
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El dictamen acusatorio de Luis Juez respondió punto por punto. Consideró que las expresiones digitales del magistrado no constituían “manifestaciones aisladas ni meras opiniones polémicas sobre asuntos públicos” sino “un patrón discursivo consistente con las formas contemporáneas de antisemitismo”, y dejó en claro que el eje del procedimiento no era la política internacional sino el cumplimiento de los deberes de imparcialidad, decoro e igualdad que exige la función judicial. Para arribar a esa conclusión aplicó la definición de antisemitismo de la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA), adoptada por el Consejo de la Magistratura mediante la Resolución N° 343/2024, y el “test de las tres D” -demonización, deslegitimación y doble estándar- utilizado internacionalmente para distinguir la crítica legítima al Estado de Israel del discurso antisemita. El dictamen también señaló que la “ausencia absoluta de autocrítica, arrepentimiento o distanciamiento” respecto de las publicaciones resultaba un elemento central para evaluar la aptitud de López para continuar ejerciendo la función judicial.
No es la primera vez que López queda envuelto en una controversia de alcance institucional. En 2021 protagonizó adquirió notoriedad pública al hacer lugar a una medida cautelar que ordenó suspender la aplicación de la Ley de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo en su jurisdicción. El fallo fue revocado por la Cámara Federal de Mar del Plata.
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Al cierre de la sesión de esta semana, donde se acordó tratar el caso de López en el plenario del Consejo para ver si se opta por activar un juicio político, el consejero Juez comentó a Infobae: “Un magistrado no puede sembrar odio, no puede discriminar ni poner en duda la igualdad de los ciudadanos. Cuando un juez deja de garantizar la imparcialidad, no falla solo a una persona, sino a la institución”.
Si prospera la acusación, será el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación el encargado de decidir la eventual destitución de López.
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