La Corte Suprema rechazó tratar una apelación en la causa por la distribución de alimentos en los comedores

El máximo tribunal no se abocó a analizar el fondo de un planteo contra una cautelar que obligaba al Ministerio de Capital Humano a entregar productos almacenados a organizaciones sociales

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Imagen de la cocina de un comedor social. (Asociación Arrabal)

Con la firma de sus tres jueces, la Corte Suprema rechazó un recurso de apelación contra la decisión judicial que intimó al Ministerio de Capital Humano a elaborar y ejecutar plan de distribución de alimentos almacenados en sus depósitos a comedores comunitarios.

En la causa, se suscitó un conflicto entre el Ministerio de Capital Humano de la Nación, a cargo de Sandra Pettovello, y distintos comedores comunitarios a raíz de las restricciones impuestas por el mencionado ministerio al reparto de alimentos a partir del mes de noviembre de 2023 por la presunta existencia de “comedores fantasma”.

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En el fallo de junio pasado, la Cámara Federal porteña confirmó de manera unánime la medida cautelar ordenada por el juez federal Sebastián Casanello que impuso al Ministerio de Capital Humano la obligación de informar el stock de alimentos que tienen almacenados en los depósitos de Villa Martelli y de Tucumán, y el cronograma de su entrega.

La decisión de la Corte fue adoptada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes al rechazar el recurso dejaron firme la decisión de la Cámara.

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El fallo de la Cámara Federal

La resolución de este tribunal, firmada por los jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico, no sólo respaldó a Casanello, sino que convalidó su actuación en el marco de una cautelar que el Gobierno no podía desconocer.

El juez federal Sebastián Casanello
El juez federal Sebastián Casanello

“Corresponda recordar a la parte apelante, representada por la Ministra de Capital Humano, que la materia en examen es parte del universo que se nos ha encomendado a los jueces conocer; que en nuestra intervención se debate la primacía de la Ley Fundamental y la protección de los derechos básicos de todos los ciudadanos y que son esas directrices las que en el caso se han expresado, confiriendo legalidad y legitimidad a nuestra resolución. Por lo que, en aras de que las instituciones funcionen y se respeten, es que la Sra. Ministra de Capital Humano deberá ajustar su proceder al debido acatamiento de la orden judicial que aquí se confirma, escribió el juez Farah.

Dentro del plazo que le habia fijado la Justicia, el Ministerio presentó ante el juez Casanello un plan para la distribución de los alimentos almacenados en los depósitos de Villa Martelli (provincia de Buenos Aires) y Tafí Viejo (Tucumán). El Gobierno comunicó que los productos con vencimiento más próximo serían distribuidos mediante la organización Conin, mientras que el resto se destinará a escuelas en situación de mayor vulnerabilidad, conforme a los parámetros presentados al magistrado.

La causa judicial se había originado a partir de la denuncia de Juan Grabois, quien acusó a funcionarios públicos de incumplir sus deberes en la gestión y reparto de los alimentos. La fiscal Paloma Ochoa y el juez Casanello buscaron determinar si existió delito en la actuación de los responsables.

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