
La Cámara Federal de San Martín rechazó un recurso de habeas corpus presentado por la defensa de Máximo Ariel “Guille” Cantero, líder de la banda narcocriminal “Los Monos”, quien había alegado que el Servicio Penitenciario Federal (SPF) realizaba “controles al solo fin de incomodarlo, molestarlo y despersonalizarlo” en su lugar de detención.
El tribunal, integrado por los jueces Juan Pablo Salas, Marcos Morán y Marcelo Darío Fernández, concluyó que “los argumentos en que el recurrente fundó su agravio (...) no se estiman un agravamiento que requiera de una decisión jurisdiccional para su interrupción” y resolvió confirmar la decisión de primera instancia que había rechazado la acción contra el SPF.
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En rigor, la defensa del capo narco había denunciado requisas realizadas los días 3 y 5 de junio, la pérdida de acceso a un canal de música en televisión, la “omisión y excesiva burocratización” en la autorización de visitas para sus hijos menores y la suspensión de videoconferencias con sus abogados desde su encierro en el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz.
El tribunal, tras analizar las actuaciones, señaló que “no se ha restringido la comunicación con su asistencia técnica, la que se ha mantenido por otros medios”, en tanto “ha sido un específico medio de comunicación el que sufrió alteraciones y eso (...) se debe a cuestiones operativas”. A su vez, con relación al canal televisivo reclamado, destacó que Cantero “está habilitado a ver el canal de música TV CHANEL, que fuera el que específicamente reclamara” y que “las inclemencias climáticas pueden alterar y perturbar la normal recepción” de la señal sin que ello implique una restricción arbitraria por parte de la autoridad penitenciaria.
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Además, al estudiar el tema de las visitas al líder máximo de Los Monos, los jueces indiciaron que “se ha autorizado a la hermana del detenido –Melisa Cantero– a ingresar con los menores” y que, habiendo cesado el acto que se entendía como agravamiento, corresponde que la situación sea evaluada por el juez natural de la causa. Y en cuanto a las requisas, que según la defensa “tendrían la única finalidad de incomodar al detenido”, la Cámara advirtió que “se habrían fundado en las previsiones del régimen especial al cual está sometido Cantero”.
La sentencia dedicó varios párrafos a puntualizar el alcance del habeas corpus. “Debe entenderse, entonces, que la excepcionalidad de la vía, se funda, principalmente, en la existencia de una afectación actual que sufre el requirente, que la judicatura debe hacer cesar”, explicó el tribunal.
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“Sentado ello -precisó después-, (...) los argumentos en que el recurrente fundó su agravio, sobre las requisas realizadas, el cambio de persona autorizada a ingresar con los hijos del detenido y la limitación del canal de música en su televisión, no se estiman un agravamiento requiera de una decisión jurisdiccional para su interrupción”.

Cantero, detenido en el penal de máxima seguridad de Marcos Paz, acumula condenas que suman 139 años de prisión -aunque la ley establece un máximo de 50 años de cumplimiento efectivo- por homicidios agravados, narcotráfico, secuestro extorsivo, asociación ilícita, tenencia de armas y extorsiones. A principios de este mes aceptó un juicio abreviado y recibió siete años de cárcel por extorsionar al dueño de una agencia de quiniela en Rosario desde prisión. En diciembre de 2024, en tanto, recibió otra condena a 19 años de cárcel por otros delitos vinculados al narcotráfico.
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“Los Monos” son un clan criminal familiar de Rosario, liderado por la familia Cantero, que desde comienzos de los 2000 dominó el narcomenudeo en la zona sur de esa ciudad santafecina a través del despliegue de puntos fijos de venta de droga abiertos las 24 horas, protegidos por complicidad policial. Surgidos en barrios vulnerables como Las Flores, aprovecharon la ubicación estratégica del territorio para el ingreso de marihuana paraguaya y cocaína boliviana, combinando violencia extrema -secuestros, asesinatos y sicariato- con una estructura empresarial para administrar compras, ventas y lavado de activos ilegales.
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