Desde el Consejo de la Magistratura porteño pidieron la derogación de la “Ley Cafiero” para tener autonomía judicial

Se trata de un pedido del consejero Marcelo Meis, que entre otros puntos, se apoyó sobre el fallo “Levinas”. Es para plantearle al Congreso de la Nación que deje sin efecto la norma promovida por el histórico dirigente peronista

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Sede del Consejo de la Magistratura porteña
Sede del Consejo de la Magistratura porteña

Como otro de los efectos producidos tras el fallo “Levinas”, firmado por la Corte Suprema de Justicia en diciembre pasado, el consejero de la Magistratura porteña Marcelo Meis solicitó al Congreso de la Nación que se derogue la ley 24.588, conocida como la “Ley Cafiero”, que limitó los alcances de la plena autonomía que la Constitución Nacional -reformada en 1994- le había dado a la Ciudad de Buenos Aires.

El pedido del representante del estamento de los abogados en el Consejo de la Magistratura porteño se formalizó este martes por medio de una nota enviada a distintos senadores y diputados para incitarlos a que promuevan un proyecto para dejar sin efecto la ley Cafiero, promovida en 1995 por el histórico peronista bonaerense Antonio Cafiero.

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Entre otras disposiciones, esa normativa, surgida por imposición constitucional, con la idea de garantizar “los intereses del Estado Nacional en la Ciudad de Buenos Aires”, estableció en su artículo 8 que la justicia nacional ordinaria de esa ciudad “mantendrá su actual jurisdicción y competencia continuando a cargo del Poder Judicial de la Nación”.

El histórico dirigente peronista Antonio Cafiero, promotor de la ley que hoy es conocida con su nombre (NA)
El histórico dirigente peronista Antonio Cafiero, promotor de la ley que hoy es conocida con su nombre (NA)

Además, dicha cláusula precisó: “La ciudad de Buenos Aires tendrá facultades propias de jurisdicción en materia de vecindad, contravencional y de faltas, contencioso-administrativa y tributaría locales”.

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La ley provocó voces discrepantes desde su sanción en noviembre de 1995. Y es que lo consideraron limitante o restrictivo de la total autonomía que adquirió la Ciudad tras la reforma constitucional de 1994, donde se acordó para aquella “un régimen de Gobierno autónomo con facultades propias de legislación y jurisdicción”, según los términos del artículo 129 de la Carta Magna.

Esa discusión de carácter jurídico-constitucional se avivó recientemente con el caso “Levinas”, donde la Corte Suprema -en un fallo dividido, y aun con la presencia del ministro Juan Carlos Maqueda- habilitó la intervención del Tribunal Superior de Justicia porteño en los casos que resulten apelados, a partir de decisiones de los jueces civiles, laborales, comerciales y penales de la justicia nacional con asiento en la Ciudad de Buenos Aires. Es decir, la máxima instancia federal avaló un avance en la autonomía judicial de la ciudad respecto a cuestiones donde antes no intervenía.

JUECES CSJN
Los jueces de la Corte al momento de firmar el fallo "Levinas": Juan Carlos Maqueda, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti

En ese contexto, el consejero Meis firmó una nota destinada a 29 legisladores nacionales donde, para fundamentar su pedido, expuso: “La ley Cafiero ha sido desde su inicio un límite a la autonomía de la Ciudad. Los antecedentes de su tratamiento en esa Cámara -de Senadores- durante el año 1995, lo demuestran. En su carácter de originaria, la misma se impuso sobre la sanción en la Cámara de Diputados que intentó morigerar sus efectos”.

Luego señaló: “La ley debió ser derogada el mismo día en el que se sancionó la Constitución de la Ciudad, el 1° de octubre de 1996. La norma establece la plena autonomía, institucional, financiera y legislativa y colisiona con la mayoría de los artículos de la ley Cafiero“.

A su vez, el representante de los abogados en el organismo porteño, encargado de seleccionar y remover jueces, mencionó distintos acuerdos entre el Estado nacional y la Ciudad que en su momento configuraron el traspaso de distintas funciones y servicios públicos. También citó jurisprudencia donde la Corte Suprema remarcó que la ciudad porteña, desde la modificación constitucional en 1994, “tiene el mismo lugar que las provincias en el sistema normativo que rige la jurisdicción de los tribunales federales y, por lo tanto, el mismo derecho a la competencia originaria de la Corte“.

Marcelo Meis, representante de los abogados en el Consejo de la Magistratura porteña
Marcelo Meis, representante de los abogados en el Consejo de la Magistratura porteña

“La competencia de nuestro Tribunal Superior de Justicia -aseveró el firmante- establecida por el Fallo Levinas, y el carácter transitorio de los tribunales ordinarios de la Ciudad, han quitado de eficacia al artículo 8 de la ley Cafiero”.

Para finalizar su planteo, dirigido de manera individual a cada uno de los casi 30 legisladores, el consejero porteño dijo: “Apelo a usted por la representación que ejerce de la Ciudad y de su autonomía, para impulsar la derogación definitiva de la ley 24588. La justicia ya se ha pronunciado. Ahora hace falta que el Congreso repare la injusticia de treinta años, poniéndose al frente de la reivindicación de los derechos de los habitantes de esta Ciudad”.

Los diputados a quienes les envió la nota son Sabrina Ajmechet, Damián Arabia, María Fernanda Araujo, Vanina Biasi, Ana Carla Carrizo, Mariela Coletta, Nicolás Emma, Daiana Fernández Molero, Maximiliano Ferraro, Alida Ferreyra, Silvana Giudici, Álvaro González, Itai Hagman, Carlos Heller, Fernando Iglesias, Ricardo López Murphy, Gisela Marziotta, Paula Oliveto Lago, Paula Penacca, Lorena Pokoik, Leandro Santoro, Martín Tetaz, Eduardo Valdés, María Eugenia Vidal y Oscar Zago.

Por su parte, los senadores que recibieron la solicitud son Martín Lousteau, Mariano Recalde y Guadalupe Tagliaferri.

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