
Finalmente, la Corte Suprema decidió por mayoría no aceptar el pedido de licencia de Ariel Lijo en su juzgado federal para que asuma en el máximo tribunal. De acuerdo a lo dispuesto por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Manuel García-Mansilla, Lijo no puede asumir en la Corte Suprema sin renunciar antes al cargo que tiene en la justicia federal. Pero el juez federal ya hizo saber que no piensa renunciar a su cargo y que esperará la aprobación del Senado.
En la resolución que lleva la firma de tres jueces, ya que Ricardo Lorenzetti se abstuvo, el tribunal consideró que el pedido de Lijo resulta incompatible con la doctrina constitucional vigente, que prohíbe la doble investidura judicial.
Además, el texto de la resolución enfatizó que esta decisión no implica emitir juicio alguno sobre la validez del decreto n.º 137/2025, relacionado con el nombramiento en comisión de Lijo. Sin embargo, dejó en claro que no le tomará juramento mientras continúe desempeñándose como juez titular con acuerdo del Senado.
García-Mansilla y Lijo fueron designados en comisión por el Poder Ejecutivo. El primero asumió la semana pasada luego de un acuerdo entre Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti. La situación del segundo se discutió este jueves y tras la decisión adoptada, ahora su nombramiento quedó en una especie de limbo jurídico.
La opción del Senado
A partir de esta decisión, la suerte de Lijo está puesta únicamente en el Senado. Si la Cámara Alta decide reunirse para tratar su pliego, el juez a cargo del juzgado federal 4 podría a ingresar a la Corte de manera vitalicia. Lijo ya obtuvo dictamen a favor de la Comisión de acuerdos pero el tratamiento de su pliego sigue demorado.
Su pliego de Lijo, que inicialmente contaba con el respaldo necesario para ser aprobado, quedó en suspenso tras el escándalo relacionado con la criptomoneda $LIBRA, lo que llevó a aliados y opositores a reconsiderar su apoyo.
Por otro lado, el pliego de García-Mansilla no alcanzó las nueve firmas necesarias en la Comisión de Acuerdos, lo que obliga a la oposición a reunir dos tercios de los votos en el recinto para su aprobación. A pesar de haber jurado como juez, su nombramiento está sujeto a un plazo de un año lo que refuerza la fragilidad de su posición.
La defensa de Milei
El presidente defendió enérgicamente la constitucionalidad de los nombramientos en comisión por decreto, argumentando que la propia Corte avaló esta práctica al tomar juramento a García Mansilla. En una entrevista afirmó: “La evidencia de que el nombramiento de García Mansilla por decreto es constitucional es que la Corte lo analizó y decidió tomarle juramento”. Además, calificó de “ñoños republicanos” a quienes cuestionan esta decisión. Justificó también su decisión en la demora del Congreso en aprobar los pliegos de ambos jueces, enviados en marzo del año pasado.
Sin embargo, la designación de jueces por decreto genera incomodidad incluso dentro de la Corte. Aunque en 2015 el expresidente Mauricio Macri utilizó este mecanismo para nombrar a Rosatti y Rosenkrantz, ambos asumieron sus cargos solo después de obtener el acuerdo legislativo.
En las próximas horas podría definirse la suerte de Lijo en el Senado.
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