
La causa contra Ivo Rojnica, alias “El Croata”, sospechado de regentear la mayor cueva financiera de la City porteña, volvió a dar otro giro este jueves: la Cámara Federal porteña anuló el procesamiento que se había dictado en su contra y la del resto de los acusados, y le ordenó al juez Marcelo Martínez De Giorgi que haga un nuevo análisis de la prueba y resuelva la situación procesal.
No obstante, al mismo tiempo, rechazó los pedidos de excarcelación y dispuso que tanto Rojnica como su socio Federico Pulenta, esperen la decisión en arresto domiciliario, y no tras las rejas como estaban desde el 7 de diciembre.
En un fallo al que accedió Infobae, los jueces Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico revisaron el expediente que había nacido hace cinco años en el juzgado federal de Lomas de Zamora, a cargo de Federico Villena. Al resolver los procesamientos el 9 de noviembre, el juez también dispuso que su expediente pasara a Comodoro Py, donde su colega Martínez De Giorgi había comenzado a investigar a los mismos personajes justo con la disparada del dólar blue, en medio de la campaña.
El fallo hizo hincapié en que la investigación apunta a saber si existían en el país personas que integraban una organización criminal transnacional dedicada al lavado de activos presuntamente provenientes del narcotráfico y del contrabando. La hipótesis había sido anoticiada el 29 de mayo de 2018 por la División Investigaciones del Departamento de Seguridad Nacional de la Embajada de Estados Unidos, mediante nota dirigida al juez. Y también que desde entonces se ordenó las primeras intervenciones telefónicas y el levantamiento secreto fiscal, bancario y bursátil de las personas y empresas que aparecían relacionadas. Esas medidas se fueron prorrogando.
El 24 de octubre pasado, Villena ordenó diversos allanamientos y la detención de Federico Pulenta, Jonathan Rivas Fuentes, Ivo Rojnica y Agustín Estrada Palomeque, “en el entendimiento de que las más recientes escuchas telefónicas habían permitido detectar movimientos compatibles con mudanzas de oficinas y cambios en métodos de operaciones -y reducción del caudal de comunicaciones”, recordó la Cámara Federal.
Luego el juez los procesó por entender que existió una asociación ilícita, comandada por Rojnica y Pulenta, que concretó 4763 transferencias de dinero utilizando diferentes sociedades para ocultar el origen ilícito de los fondos. Según el fallo, Federico Pulenta, Ivo Rojnica, Ignacio Ricard Demaría y Juan Pablo Angelillo tomaban contacto con el dinero físico de los clientes e iniciaban el proceso de colocación y tránsito hasta el destino final en el extranjero y/o repatriaban fondos desde otros países. Para ello tuvo en cuenta la declaración juramentada recibida a una persona que prestaba funciones con los nombrados, el resultado de las intervenciones telefónicas, el secuestro de dinero, de máquinas para contarlo y lámparas analíticas de luz ultravioleta, de chequeras y de documentación de clientes.

“Aún cuando la lectura de los indicios reunidos abonan las sospechas sostenidas por el juez, se observa que en el pronunciamiento no se ha seguido el mismo rigor técnico a la hora de su valoración”, sostuvo la Cámara Federal porteña. “Lo que exhibe la decisión examinada es un apresuramiento en su dictado que impidió conectar debidamente toda la información hasta entonces reunida con la actividad llevada a cabo por cada uno de los imputados y con las exigencias típicas de los ilícitos por los cuales habría de procesárselos”.
Para el tribunal, “sin dudas, esa tempestividad es reflejo del modo en que se precipitaron las cosas: no es un dato menor que la investigación venía desarrollándose desde el 2018 con el mismo pulso informativo, y el monitoreo de la actividad de los investigados por parte del juez -a instancias de intervenciones telefónicas que se prolongaron durante todo su transcurso- sólo se vio alterado por la irrupción -no sorpresiva- de la actividad de otro magistrado sosteniendo la misma hipótesis investigativa”.
La Cámara Federal entendió que por un lado Villena dictó el procesamiento “como consecuencia del devenir de otra investigación” y urgido por los plazos que derivaban de las detenciones. También subrayó que el expediente estuvo en secreto de sumario, “vedándoseles la posibilidad de conocer debidamente los alcances de la imputación y su respaldo” a los defensores.
Frente a eso, los jueces optaron por anular los procesamientos y ordenar que el juez Martinez De Giorgi evalúe la situación a la luz de las pruebas que él colectó en su expediente y también de las que trabajó durante cinco años su colega de Lomas de Zamora.
“A partir de todo lo apuntado, habrá de declararse su nulidad y encomendarse al juez que, teniendo presentes las objeciones advertidas y examinando los hechos y sus constancias de manera integral -tanto de esta causa como de sus conexas- emita un nuevo pronunciamiento que resuelva las situaciones procesales de los indagados con la celeridad que el caso requiere. Si bien la decisión importa dejar sin efecto los embargos dispuestos, permanecen vigentes las medidas de resguardo patrimonial dispuestas” que incluyen inhibiciones generales de bienes.
El 7 de diciembre pasado, a pedido de la fiscal Paloma Ochoa, el juez Martínez De Giorgi había dispuesto revocar las prisiones domiciliarias dispuestas por Villena y ordenó que volvieran a la cárcel. Esa resolución también fue revisada por la Cámara Federal que decidió que vuelvan a estar detenidos en sus casas bajo ciertos parámetros de conducta.
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