
El Congreso Nacional de Honduras aprobó con más de 90 votos a favor una reforma que traslada las atribuciones administrativas que ejercía la presidenta de la Corte Suprema de Justicia, Rebeca Raquel Obando, al pleno de magistrados, en un contexto de alta polarización y con el objetivo declarado de evitar la concentración de poder en una sola persona.
La decisión se tomó en medio de polémicas sobre la transparencia en la votación y acusaciones de posible injerencia política, y establece que el pleno de la CSJ asumirá provisionalmente tareas clave mientras se elabora una nueva Ley del Consejo de la Judicatura, órgano originalmente concebido para administrar el personal judicial y actualmente inactivo tras haber sido declarado inconstitucional.
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Con la aprobación de este decreto, se modifican disposiciones de los decretos 282-2010 y 05-2011, que otorgaban poderes extraordinarios a la presidencia de la Corte Suprema de Justicia mientras el Consejo de la Judicatura estuviera fuera de funciones. Ahora, al menos la mitad más uno de los magistrados deberá votar favorablemente para validar nombramientos, ascensos, traslados y permutas de jueces, magistrados, defensores públicos y personal administrativo. El pleno también deberá acordar un mecanismo específico para los procesos disciplinarios y despidos, permitiendo que al menos tres magistrados propietarios conozcan y tramiten estos procedimientos.

La presidencia de la CSJ conservará algunas facultades, como la ejecución del Plan Operativo Anual, siempre condicionado a la aprobación previa y a la rendición de informes trimestrales ante el pleno de magistrados.
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Jorge Cálix, jefe de bancada del Partido Liberal, impulsó que el proceso legislativo avanzara sin el segundo debate habitual, alegando la necesidad de actuar con rapidez. Defendió la reforma al afirmar: “El problema es que los decretos actuales le dan poderes extraordinarios a una persona”, justificando así la transferencia de atribuciones al colegiado hasta la reinstalación del Consejo de la Judicatura.
Tomas Zambrano, presidente del Congreso Nacional, resaltó que el decreto 05-2011 creó originalmente el Consejo de la Judicatura para manejar la administración y economía del Poder Judicial. Explicó que el órgano fue declarado inconstitucional por **“temas políticos”**, lo que perpetuó una norma transitoria que delegaba el control en la presidencia de la CSJ. Zambrano recalcó que la reforma ratificada es de carácter ordinario, ya que la disposición transitoria nunca fue permanente.
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En la sesión legislativa, varios diputados continuaron votando levantando la mano en vez de utilizar el sistema electrónico, práctica señalada por sectores críticos como una afectación a la transparencia. Desde la bancada del Partido Libertad y Refundación (Libre), Fabricio Sandoval propuso una moción de orden para frenar la discusión, que la mayoría desestimó. Sandoval denunció que la reforma constituye un “golpe de Estado” contra la Corte Suprema de Justicia e insistió en que solo una reforma constitucional podría modificar estructuralmente el Poder Judicial.
Denunció asimismo intereses partidarios detrás de la modificación y exigió la formación de una comisión del Congreso que dialogue con el pleno de magistrados para diseñar una nueva normativa sobre el Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial.
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Tras la aprobación del decreto, el Congreso Nacional designó una comisión especial destinada a reunirse con el pleno de magistrados para construir la nueva Ley del Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial. La comisión quedó encabezada por Mario Pérez, acompañado de Francis Cabrera, Sara Zavala y otros ocho legisladores.

pampEl propósito central de este grupo será consensuar una estructura legal que restituya formalmente al Consejo de la Judicatura como responsable de la administración, gestión financiera y disciplina interna del Poder Judicial. Según los defensores de la reforma, se busca “garantizar independencia, transparencia y profesionalización en la carrera judicial”.
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La decisión legislativa reconfigura el equilibrio de poder dentro del Poder Judicial. Para sus promotores, la reforma procura evitar la concentración de atribuciones administrativas en una sola persona y fortalecer la actuación colegiada de los magistrados. Para la oposición, significa una intrusión del Legislativo sobre la autonomía judicial y responde a intereses externos al pleno de la Corte Suprema. La efectividad real de la reforma dependerá de la interacción entre el Congreso y la CSJ, así como del ritmo para consensuar y aprobar la nueva Ley del Consejo de la Judicatura. Los primeros efectos legales y administrativos se observarán en las semanas siguientes.
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