La universidad de San Carlos de Guatemala justifica exclusión de cuerpos electorales en reelección de rector

El comunicado oficial explica los motivos detrás de la salida de colegios profesionales y facultades de la votación, señalando incumplimientos de requisitos y faltas administrativas que afectaron la verificación de los electores y la legitimidad del proceso

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Las autoridades de la Universidad San Carlos de Guatemala justifican la no aprobación de cuerpos electorales en la reelección del rector Walter Mazariegos.
Las autoridades de la Universidad San Carlos de Guatemala justifican la no aprobación de cuerpos electorales en la reelección del rector Walter Mazariegos.

La reelección de Walter Mazariegos como rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala para el periodo 2026-2030 quedó empañada por denuncias sobre la legitimidad del proceso y la exclusión de sectores clave. Según explicó formalmente la propia casa de estudios, cuatro colegios profesionales quedaron fuera de la votación al no presentar los padrones requeridos, imposibilitando la verificación de la identidad de los votantes y la legalidad de su participación.

De acuerdo con la comunicación institucional de la universidad, realizada a través de sus canales oficiales y reproducida por los medios internos, el entramado electoral contemplaba treinta y cuatro cuerpos electorales: catorce colegios profesionales, diez cuerpos de estudiantes y diez de profesores titulares, uno por cada facultad. El Consejo Superior Universitario efectuó la convocatoria para la elección del rector el 12 de enero de 2026, en cumplimiento de la normativa vigente.

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La administración universitaria atribuyó la exclusión de los colegios de Ingenieros Agrónomos, Abogados y Notarios, Psicólogos y Médicos a la falta de documentación indispensable, como los padrones y expedientes del proceso. Esta omisión —según la explicación oficial— impidió constatar que los votantes de estos cuerpos fueran realmente egresados de la universidad, razón que llevó a su retiro del proceso rectoral.

En paralelo, la propia universidad detalló otros motivos de invalidez de la votación en distintas facultades y cuerpos electorales, detallando que varios sectores no reunieron el quorum previsto en sus respectivas juntas directivas. El órgano institucional también señaló irregularidades documentadas, como la inclusión de profesionales egresados de otras universidades en el Colegio de Médicos Veterinarios y Zootecnistas, en contradicción directa con la reglamentación vigente que restringe la participación a egresados san carlistas.

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La universidad expone motivos de exclusión y delimita responsabilidades legales

Según la comunicación difundida oficialmente, el proceso rectoral experimentó la inhabilitación puntual de los cuerpos de estudiantes y profesores de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia, profesores titulares de Ciencias Económicas y Arquitectura, y estudiantes y profesores de Ciencias Médicas, todos por no cumplir el quórum requerido para legitimar la decisión en cada unidad. La universidad argumentó que la conducción y observancia interna corresponden a los órganos de dirección propios de cada cuerpo electoral: “Cada órgano de dirección de facultad o de colegio profesional es responsable de su propio proceso electoral”, establece el texto oficial.

En la Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia, el acto electoral —tanto entre docentes como estudiantes— se realizó con seis horas de retraso respecto al horario convocado, contraviniendo la normativa de la elección. Tanto en Odontología como en Ingeniería, profesores y estudiantes no celebraron el proceso debido a disputas internas, situación que según la versión universitaria, no involucró intervención del Consejo Superior Universitario.

De este modo, la casa de estudios delimitó explícitamente la función del Consejo Superior Universitario a la convocatoria y recepción de expedientes, excluyéndolo de la organización y supervisión de los comicios en cada facultad o colegio. El texto oficial insiste en que la transparencia y representatividad del proceso depende de la actuación y rectitud de los órganos directivos de cada cuerpo electoral participante.

La administración universitaria de la Universidad de San Carlos de Guatemala sostiene que la validez de la reelección de Mazariegos descansa en la estricta observancia de las normas internas por parte de los propios colegios y facultades. La omisión de documentación esencial por parte de cuatro de estos cuerpos y la sucesión de irregularidades internas justifican, según la versión oficial, el alcance y configuración final del órgano electoral que eligió al rector para el periodo 2026-2030.

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