La Corte Suprema de Estados Unidos determinó que los soldados estadounidenses pueden presentar demandas contra contratistas militares por lesiones sufridas durante sus servicios, estableciendo un nuevo precedente sobre la responsabilidad civil de empresas privadas en zonas de conflicto.
La decisión, adoptada por seis votos a favor y tres en contra, redefine el alcance de la inmunidad que tradicionalmente protegía a los contratistas militares, abriendo la puerta a nuevas acciones legales por parte de miembros de las fuerzas armadas.
Según informó el Los Angeles Times, la sentencia aclara que ni la legislación federal ni la Constitución amparan a los contratistas en casos de negligencia comprobada en escenarios bélicos.
El fallo tiene como origen inmediato el caso del soldado Winston Henceley, quien, a los veinte años, quedó gravemente herido e incapacitado de manera permanente tras un atentado suicida perpetrado por un empleado contratado en la base de Bagram.
En el ataque murieron cinco soldados y 17 resultaron heridos. Un informe militar concluyó que la intervención de Henceley, al intentar detener y cuestionar al atacante Ahmad Nayeb, evitó “una tragedia mucho mayor”, según el reporte citado por Los Angeles Times.

La investigación del ejército atribuyó la responsabilidad principal a la empresa Fluor Corporation, contratista a cargo de la base, señalando que Fluor fue negligente al contratar a Nayeb —exintegrante de los talibanes— y al no supervisar su desempeño en un entorno de alta seguridad.
Estas conclusiones llevaron a Henceley a iniciar una demanda contra la compañía, aunque tanto un tribunal federal en Carolina del Sur como la Corte de Apelaciones del 4º Circuito rechazaron el reclamo, fundamentando su decisión en la doctrina de preeminencia federal sobre actividades de combate.
Fundamentos y alcances de la decisión judicial
La decisión de la Corte Suprema modifica el criterio de instancias inferiores al establecer que la inmunidad que impide a los soldados demandar directamente al Estado por lesiones, incluso por mala praxis médica, no debe extenderse a la protección de empresas privadas.
El texto de la sentencia, redactado por el juez Clarence Thomas y respaldado por Sonia Sotomayor, Elena Kagan, Neil M. Gorsuch, Amy Coney Barrett y Ketanji Brown Jackson, sostiene que “esa inmunidad no debe ampliarse para proteger a los contratistas militares”.
Con este fallo, otros soldados que sufran lesiones por negligencia de compañías privadas podrían recurrir a los tribunales para reclamar compensaciones.
En contraposición, la minoría encabezada por el juez Samuel A. Alito Jr., junto al presidente del tribunal John G. Roberts y el juez Brett M. Kavanaugh, manifestó reservas sobre el impacto institucional de la decisión.
Alito argumentó que “la Constitución otorga autoridad exclusiva al gobierno federal en materia de relaciones exteriores y conducción de guerras, por lo que la legislación federal prevalece sobre cualquier ley estatal que interfiera con esas competencias”, según consignó Los Angeles Times.

Repercusiones del caso Henceley vs. Fluor Corp.
El caso Hencely vs. Fluor Corp. fue admitido el año pasado luego de la negativa de las instancias inferiores a tramitar la demanda.
Durante ese proceso, el gobierno encabezado por Donald Trump intervino en defensa de la empresa, argumentando que permitir demandas amparadas en normativas estatales podría acarrear “graves daños a la separación de poderes y a la capacidad del gobierno federal de conducir operaciones bélicas de manera eficaz”, según la posición de los abogados gubernamentales.
En términos inmediatos, la resolución de la Corte Suprema permite que la demanda de Henceley contra Fluor Corporation siga su curso en los tribunales.
Este precedente redefine los límites de la responsabilidad civil de los contratistas militares y establece parámetros legales que, en adelante, permitirán a otros soldados iniciar reclamos judiciales ante lesiones atribuibles a negligencia de empresas privadas en teatros de guerra.
El fallo introduce una nueva dimensión de control judicial sobre el accionar de los contratistas en contextos de conflicto, con posibles implicancias en la relación entre el sector público, el gobierno federal y el sector privado involucrado en operaciones bélicas.
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