
La Corte Suprema de Estados Unidos ha bloqueado la aplicación de las restricciones estatales impuestas por California sobre cuándo las escuelas pueden informar a los padres si un estudiante revela ser transgénero. La decisión, tomada este lunes por seis votos contra tres, permite que el fallo de primera instancia en favor de los padres entre en vigor, informó la cadena estadounidense NBC News.
La medida surgió tras el reclamo de padres amparados en motivos religiosos, quienes consideraron vulnerados sus derechos bajo la Primera Enmienda y la Decimocuarta Enmienda de la Constitución. El tribunal determinó que existe probabilidad de que estos padres prevalezcan en sus demandas basadas en la libre práctica religiosa, sostuvo el fallo sin firmar conocido este lunes.
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La resolución de la Suprema Corte ha tenido un impacto inmediato sobre las políticas escolares de California: un juez federal había decidido previamente a favor de los padres opositores a la norma, pero el Noveno Tribunal de Apelaciones con sede en San Francisco pospuso la entrada en vigor de ese fallo a la espera de litigios ulteriores.
Con este pronunciamiento, la suspensión quedó levantada y la decisión de primera instancia entró en vigor.
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La controversia se enmarca en el contexto donde la protección del derecho de los padres a intervenir en la crianza de sus hijos ha sido históricamente reconocida por la jurisprudencia estadounidense. En 2022, la Corte Suprema derogó el precedente de Roe v. Wade (1973), que en su día había fundamentado el derecho al aborto en una interpretación del debido proceso sustantivo bajo la Decimocuarta Enmienda.
La jueza Elena Kagan cuestionó en su disenso la coherencia entre esta doctrina parental y la orientación previa del tribunal en materia de derechos fundamentales y ámbito familiar.
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El dictamen enfatizó que los padres que han solicitado una exención religiosa poseen “creencias sinceras sobre el sexo y el género” y se sienten obligados, por convicciones religiosas, a criar a sus hijos bajo esos valores. La mayoría del tribunal destacó: “el derecho protegido por estos precedentes incluye el derecho a no ser excluidos de la toma de decisiones sobre la salud mental de sus hijos”.
En contraste, la Corte Suprema negó una petición similar presentada por maestros que objetan por razones propias el uso de pronombres preferidos por los estudiantes.
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La magistrada Sonia Sotomayor, junto a Kagan y Ketanji Brown Jackson, conformó el bloque disidente. Kagan remarcó que el tribunal ha mostrado disparidad al “acoger” la doctrina de los derechos parentales ahora, cuando en 2022 optó por invalidar la protección constitucional sobre el aborto sustentándose en el mismo enfoque procesal.
Kagan hizo referencia al fallo más reciente que validó las prohibiciones estatales de tratamientos de transición de género a menores transgénero, recordando que, en esa ocasión, la Corte Suprema ni siquiera consideró el alegato sustantivo de los padres que pedían acceso a cuidados afirmativos de género para sus hijos.
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El argumento parental religioso es central para la decisión
El grupo legal conservador Thomas More Society, que representa a los padres y maestros en el caso contra el estado de California, calificó el dictamen como “el pronunciamiento sobre derechos parentales más importante en una generación”, según declaraciones recogidas por la cadena estadounidense NBC News.
Paul Jonna, abogado de la organización, añadió que la Corte Suprema “le ha dicho a California y a todos los estados, sin lugar a dudas: nadie puede iniciar una transición de género en secreto, dejando al margen a los padres”.
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La oficina del fiscal general de California, Rob Bonta, manifestó públicamente su “decepción” por la resolución del alto tribunal estadounidense mediante un comunicado: “Nos mantenemos comprometidos con garantizar un entorno escolar seguro y acogedor para todos los alumnos, respetando al mismo tiempo el papel de los padres en la vida estudiantil”, afirmó la fiscalía según la cadena estadounidense NBC News.
La disputa legal apunta a documentos orientativos publicados por el Departamento de Educación de California desde 2016 y por la fiscalía estatal en 2024, que precisan cómo y cuándo las escuelas pueden revelar a los padres información sobre la identidad de género de sus hijos, siempre equilibrando los intereses familiares con la protección de los estudiantes.
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El fallo remite a precedentes recientes y subraya la tensión en torno al derecho parental
Los grupos opositores sostuvieron ante los tribunales que estas políticas estatales han afectado “su derecho a dirigir la educación de sus hijos”, invocando la doctrina establecida en decisiones pasadas de la Corte Suprema. Citando a la propia Corte, argumentaron que existe continuidad con la resolución de 2023, que avaló el reclamo de padres religiosos contra la inclusión de libros con temáticas LGBTQ+ en las aulas de primaria.
La oficina de Bonta, en representación del estado, ha sostenido que la regulación impugnada “no es tan amplia como afirman los demandantes” y que el alcance del fallo del juez federal fue mucho más extenso de lo que requieren las circunstancias pautadas.
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De acuerdo con la cadena estadounidense NBC News, el marco normativo vigente en California permite que las escuelas ponderen el interés de los padres frente a las necesidades concretas de cada estudiante, “como el riesgo de daño en caso de dar a conocer la identidad de género sin el consentimiento del alumno”.
Entre las medidas analizadas figura una directiva de 2024, que establece que cualquier junta escolar que adopte una política de “divulgación obligatoria” —es decir, que demande la comunicación automática a padres sobre el género autopercibido de sus hijos en todos los casos— infringe la ley estatal antidiscriminación y los derechos de privacidad estudiantil.
La regulación afecta a escolares que, por ejemplo, solicitan a las autoridades que se dirijan a ellos por pronombres distintos a los asociados a su sexo de nacimiento.
El principal efecto es el freno temporal a los mandatos de no notificación
La Corte Suprema centró su fallo en la dimensión constitucional del caso, destacando la vigencia del derecho al libre ejercicio religioso y la autoridad primaria de los padres en decisiones sobre salud mental e identidad de sus hijos. Este fallo, de momento, no ofrece solución definitiva, sino que activa la suspensión de las restricciones estatales mientras continúa el proceso judicial en instancias inferiores.

Los abogados estatales han insistido en que la legislación californiana brinda a las escuelas flexibilidad para equilibrar la privacidad de estudiantes transgénero con la participación parental, evitando amenazas a la integridad o el bienestar emocional de los menores.
El fiscal de California alegó que su objetivo sigue siendo mantener la seguridad y el bienestar de todos los estudiantes sin menoscabar los derechos de los padres.
La resolución de la Corte Suprema deja sin respuesta, por ahora, la cuestión de fondo: si los derechos parentales pueden prevalecer sobre las garantías de privacidad y protección contra la discriminación de los menores en las escuelas públicas.
Cabe recordar que, en 2023, la Corte Suprema atendió un caso en el que padres religiosos lograron impedir la imposición obligatoria de libros con contenidos LGBTQ+ en la educación primaria autorizados por las autoridades escolares.
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