Barcelona, 6 may (EFE).- La Audiencia de Barcelona ha acordado solicitar al Consejo de Ministros que desclasifique documentación sobre el eventual espionaje del CNI a tres miembros de Òmnium Cultural, al concluir que hay indicios de una "intervención no autorizada" con Pegasus en sus teléfonos que podrían apuntar a los servicios secretos.
En un auto, la sección quinta de la Audiencia de Barcelona estima el recurso de los miembros de Òmnium, representados por el abogado Benet Salellas, y reabre la causa por el espionaje con Pegasus a sus móviles, que el juzgado de instrucción número 21 de Barcelona archivó provisionalmente el pasado mes de febrero.
PUBLICIDAD
La causa deriva de la querella presentada por el exvipresidente de Òmnium Marcel Mauri, la responsable de relaciones internacionales, Elena Jiménez, y la periodista Txell Bonet, pareja del exlíder de la entidad Jordi Cuixart, tres de los afectados en el caso del espionaje masivo al independentismo con Pegasus, un software israelí que en principio solo se comercializa a Estados.
En su resolución, la Audiencia considera que "existen indicios de una intervención no autorizada de los terminales" de los tres querellantes "cuya autoría pudiera apuntar al CNI", sin que la prueba pericial llevada a cabo durante la instrucción de la causa desmienta esa hipótesis.
PUBLICIDAD
Por ese motivo, la sala considera que debe estimarse la petición de los querellantes y ordena al juzgado que remita un suplicatorio al Consejo de Ministros solicitando la desclasificación de la documentación relacionada con "las actuaciones realizadas por el CNI" sobre sus teléfonos o cualquier otro dispositivo.
El tribunal descarta citar como investigadas a las empresas del grupo NSO que comercializan Pegasus, ante la falta de indicios de que haya perpetrado algún delito, pero acuerda que se emita una comisión rogatoria a Israel para requerirles si conservan "informaciones, datos o registros informáticos" sobre el uso de ese software en sus teléfonos móviles.
PUBLICIDAD
El titular del Juzgado de Instrucción número 21 de Barcelona archivó provisionalmente la causa al considerar que no podía justificarse "mínimamente" los delitos descritos en la querella por la dificultad de identificar a los autores, cómplices o encubridores del espionaje.
El magistrado sostenía también que, aunque el informe pericial encargado por los querellados apuntó a la "localización de indicadores" que podían ser compatibles con la infección de los móviles con el programa Pegasus, no se indicó si se extrajo o no información o datos de los teléfonos ni se proporcionaron indicios del origen o de los responsables de la actuación. EFE
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
