
Hoy jueves, 1 de octubre, comienza a aplicarse en España una reforma del Reglamento General de Circulación que modifica las normas para motoristas, ciclistas y usuarios de patinetes eléctricos. El cambio normativo, contenido en el Real Decreto 518/2026, fue publicado en el Boletín Oficial del Estado hace tres meses y ya ha entrado en vigor de manera oficial.
Entre las principales novedades figuran la obligatoriedad del casco para los ciclistas en carretera, el uso de guantes y calzado cerrado para quienes circulan en moto, una edad mínima para los patinetes eléctricos y la creación de un carril reservado para los servicios de emergencia cuando se producen atascos en autopistas y autovías. La Dirección General de Tráfico (DGT) detalló el alcance de estas disposiciones, que buscan ampliar la protección de los colectivos considerados más expuestos en la vía pública.
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El Real Decreto 518/2026 no incluye un cuadro de multas propio: fija las obligaciones, mientras que las sanciones se calculan según la Ley de Tráfico, de acuerdo con la calificación de cada infracción. Las leves llegan hasta 100 euros, las graves se sitúan en 200 euros y las muy graves alcanzan los 500 euros.
Guantes y calzado cerrado, requisitos para circular en moto
Quienes conduzcan una motocicleta, así como sus acompañantes, deberán utilizar guantes de protección al circular por carreteras fuera del casco urbano. A esta exigencia se suma la obligación de llevar calzado que cubra por completo el pie, una condición que regirá tanto en ciudad como en vías interurbanas.
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La norma deja fuera de la legalidad desplazarse en moto con sandalias abiertas o cualquier tipo de calzado que deje el pie al descubierto. No respetar esta obligación constituye una infracción grave, con una sanción económica de 200 euros, según precisó la DGT.
Además, la reforma permite de forma excepcional que las motocicletas circulen por el arcén derecho cuando los carriles de la vía estén detenidos por congestión, siempre que el tramo haya sido previamente habilitado y señalizado mediante marcas viales y señalización vertical fija. En esos casos, los motoristas deberán circular en columna de uno en uno, sin adelantamientos entre ellos y a una velocidad máxima de 30 kilómetros por hora, además de abandonar el arcén si fuera necesario para no poner en riesgo a otros vehículos autorizados a circular por él.
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El casco pasa a ser obligatorio para todos los ciclistas en carretera
La reforma suprime las excepciones que hasta ahora permitían a determinados ciclistas prescindir del casco en vías interurbanas, como ocurría en tramos con pendientes pronunciadas o en jornadas de calor extremo. A partir de ahora, la protección craneal será exigible sin excepciones fuera de las ciudades, bajo infracción grave sancionada con 200 euros.
En el entorno urbano, la obligación continúa limitada a los menores de 16 años. Existe, no obstante, un colectivo adicional alcanzado por la norma: los profesionales que realizan su actividad laboral en bicicleta tendrán que llevar casco también dentro de las ciudades y en las travesías. El incumplimiento de ambas obligaciones por parte de los ciclistas profesionales se considera infracción grave y conlleva una multa de 200 euros.
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Respecto a la circulación por espacios peatonales, las bicicletas mantienen la prohibición de transitar por las aceras. Los ayuntamientos conservan la potestad de autorizar una excepción puntual para menores de hasta 12 años, siempre que vayan acompañados de un adulto a pie. En otras zonas destinadas a peatones, la circulación en bicicleta quedará sujeta a lo que determine cada ordenanza municipal, con la prioridad del peatón como condición ineludible.

Las maniobras de adelantamiento a ciclistas incorporan límites de velocidad y distancia
El nuevo reglamento fija condiciones concretas para adelantar a un ciclista en carretera. El vehículo que realice la maniobra deberá circular, mientras dure el adelantamiento, a una velocidad inferior en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite establecido para esa vía.
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A esa reducción se añade la exigencia de mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros respecto al ciclista. En las vías con dos o más carriles por sentido, el adelantamiento deberá hacerse ocupando por completo el carril contiguo, sin invadir parcialmente el espacio del ciclista. El incumplimiento de estas condiciones se considera infracción grave y se sanciona con 200 euros, y puede suponer además la pérdida de seis puntos del carnet de conducir.
Los patinetes eléctricos tendrán edad mínima y requisitos de visibilidad
La normativa fija en 15 años la edad mínima para circular en patinete eléctrico u otros vehículos de movilidad personal. Sus usuarios, además, deberán llevar casco correctamente sujeto mientras circulan. No hacerlo constituye infracción grave sancionada con 200 euros.
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En condiciones de poca luz o visibilidad reducida, será necesario portar elementos luminosos o reflectantes que permitan que el usuario sea detectado a una distancia de al menos 150 metros. Esta exigencia se suma a la obligación, ya prevista para repartidores que trabajan en moto, ciclomotor, bicicleta o patinete, de utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad en cualquier tipo de vía, también sancionada con 200 euros en caso de incumplimiento.

Las retenciones en autopistas obligarán a liberar un carril para emergencias
Uno de los cambios con mayor incidencia en la conducción diaria afecta a las situaciones de retención en autopistas y autovías. Cuando el tráfico quede detenido o avance a paso de persona, los vehículos tendrán que desplazarse para abrir un carril de emergencia que permita el paso de ambulancias, policía, bomberos y otros servicios prioritarios. No hacerlo se considera infracción grave, con una multa de 200 euros.
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La forma de liberar ese espacio dependerá del número de carriles disponibles. En las vías con dos carriles por sentido, el hueco deberá abrirse entre ambos carriles. Si existen tres o más carriles, los vehículos situados en el carril izquierdo se desplazarán hacia ese lado, mientras que el resto lo hará hacia la derecha.
La reforma incluye también disposiciones específicas para episodios de nieve en autopistas y autovías. En esas circunstancias quedará prohibido adelantar y será obligatorio mantener libres determinados carriles, de forma que puedan circular sin obstáculos los vehículos de emergencia y las máquinas quitanieves.
Los peatones ganan prioridad en las calles de plataforma única
La protección del peatón como usuario vulnerable se refuerza en los tramos urbanos conocidos como de plataforma única, en los que calzada y acera comparten el mismo nivel y espacio. En esas calles, el peatón tendrá prioridad de paso en cualquier punto de la vía.
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Fuera de ese tipo de espacios, se mantienen los criterios de prioridad ya existentes: los pasos de peatones señalizados y los casos en los que un conductor gira para incorporarse a otra calle mientras una persona está cruzando.
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