Circular por la M-40 sin pegatina en 2026: así se puede cruzar Madrid sin pasar por la Zona de Bajas Emisiones

La clave está en la titularidad de cada carretera, ya que solo las que dependen del Ayuntamiento aplican las restricciones de la Zona de Bajas Emisiones

Circular por la M-40 sin pegatina en 2026: así se puede cruzar Madrid sin pasar por la Zona de Bajas Emisiones (Eduardo Parra - Europa Press)
Circular por la M-40 sin pegatina en 2026: así se puede cruzar Madrid sin pasar por la Zona de Bajas Emisiones (Eduardo Parra - Europa Press)
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La Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Madrid es un área delimitada dentro de la capital en la que se restringe la circulación de vehículos según su nivel de emisiones contaminantes, señalado con las etiquetas de la Dirección General de Tráfico (DGT). El objetivo de esta medida es reducir la contaminación atmosférica en el entorno urbano, para lo cual se prohíbe el paso a los coches que no cuentan con distintivo ambiental, salvo excepciones como la de los residentes, que mantienen una prórroga vigente.

Cuando se terminó de ampliar la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) madrileña a todo el perímetro de la capital, el 1 de enero de 2024, miles de conductores que aún no contaban con la etiqueta de la Dirección General de Tráfico (DGT) se encontraron con un problema: cómo cruzar o rodear Madrid sin exponerse a una sanción. La opción más evidente es hacerlo por la M-40, una carretera muy transitada que permite circular sin distintivo ambiental pese a que buena parte de su recorrido atraviesa el área restringida.

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Los vehículos sin etiqueta medioambiental pueden circular sin restricción por carreteras de titularidad estatal

Tiene que ver con la titularidad de la vía. La M-40, al igual que la M-50, es una carretera del Estado y no del Ayuntamiento de Madrid, encargado de gestionar la ZBE y aplicar las sanciones. Esa diferencia administrativa explica por qué un vehículo sin pegatina puede recorrer estos anillos de circunvalación sin recibir una multa, incluso en los tramos que atraviesan zonas restringidas para el resto del callejero.

La excepción solo se aplica mientras el vehículo permanezca dentro de la M-40 o la M-50. Cuando el conductor abandona estas vías para incorporarse a una calle perteneciente a la Zona de Bajas Emisiones, las cámaras de control podrán detectar la falta de etiqueta e iniciar la tramitación de una multa de 200 euros que se reduce a la mitad si se abona dentro del plazo de pronto pago.

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Retraso en la agenda verde: sólo 17 de 149 municipios españoles cumplen con la normativa de las Zonas de Bajas Emisiones.

Bajo ese mismo criterio de titularidad estatal, la M-45 (la carretera que conecta la M-40 con la M-50 y que también funciona como circunvalación) queda igualmente libre de restricciones para los vehículos sin etiqueta de Zona de Bajas Emisiones. En la M-30, sin embargo, no: al depender esta vía del Ayuntamiento de Madrid, sí forma parte del perímetro en el que se aplican las limitaciones medioambientales.

Hay más carreteras madrileñas de menor recorrido por las que pueden circular los vehículos sin distintivo medioambiental, entre ellas la M-11, la M-12, la M-13 y la M-14, que conectan con el entorno del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas. A este grupo se suman la M-22, la M-23 y la M-31.

Existe además un conjunto de carreteras que nacen en Madrid y se dirigen hacia municipios cercanos, como la M-500, conocida como Carretera de Castilla, y la M-607, que conecta con Colmenar Viejo. El repaso incluye también las autovías A-1, A-2, A-3, A-4, A-5 y A-6, junto con sus radiales de peaje R-2, R-3, R-4 y R-5, todas ellas de titularidad estatal y, por tanto, ajenas a las restricciones de la ZBE madrileña.

Los conductores que necesiten atravesar la región sin entrar en el casco urbano de la capital cuentan así con una red alternativa de carreteras que evita las cámaras de control ambiental, siempre que la ruta se mantenga dentro de estas vías y no se produzca ninguna incorporación a calles gestionadas por el Ayuntamiento.

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