
El Tribunal Supremo ha rechazado llevar el proceso de regularización extraordinaria de migrantes ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), así como suspender el real decreto del pasado 14 de abril por el que dicha regularización se puso en marcha. La Sección Quinta de la Sala Tercera del tribunal resuelve así no aceptar la petición de los Gobiernos de la Comunidad Valenciana y Aragón para suspender la medida de forma provisional, que modifica el reglamento de la Ley de Extranjería.
Según el tribunal, no existen razones suficientes para detener la entrada en vigor de la norma. Además, el Supremo ya había tomado decisiones similares en otros recursos recientes, usando argumentos legales y considerando la importancia social de la regularización.
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Fue el pasado 30 de junio, el mismo día en el que se cerró el plazo para que las personas migrantes presentaran las solicitudes a la regularización, cuando el Supremo abrió la puerta a consultar al TJUE si el proceso chocaba con el derecho de la Unión Europea. Una decisión que surgió a raíz de los recursos presentados por la Comunidad Valenciana y Aragón, donde el PP gobierna con el apoyo de Vox, para que se revisara la legalidad del decreto y el impacto en sus competencias. El Supremo entonces preguntó a todas las partes implicadas si era necesario pedir la opinión de la justicia europea, concediéndoles varios días para responder.
En ese plazo, la Abogacía del Estado respondió que no veía necesario acudir al tribunal europeo, mientras que los gobiernos de Comunidad Valenciana y Aragón sí apoyaron la idea, ya que fueron ellos quienes recurrieron la regularización. En concreto, los servicios jurídicos del Estado rechazaron acudir a la justicia europea porque la remisión prejudicial “se acerca más a la formulación de un dictamen consultivo sobre cuestiones generales o hipotéticas de una serie de escenarios futuros”, que a la necesidad actual de saber si la regularización es compatible con el derecho de la UE.
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Compatibilidad con el Convenio Schengen
La Generalitat Valenciana advirtió que la regularización de migrantes podría tener consecuencias no solo para España, sino para toda la Unión Europea, ya que podría influir en temas como el asilo, el retorno de personas y la libre circulación dentro del espacio Schengen. Por su parte, Aragón argumentó que el decreto podría entrar en conflicto con las normas europeas, por lo que defendió la necesidad de consultar al tribunal europeo y de suspender la medida mientras se resolvía el caso.
El Supremo también ha informado este miércoles que en ninguna de estas cuestiones hubo opiniones diferentes entre los jueces y ha señalado que “los autos serán notificados a las partes en los próximos días”.
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El proceso solo habilita a residir y trabajar en España
Cabe recordar que el permiso de residencia y trabajo que se otorga a los migrantes regularizados en España solo es válido para vivir y trabajar en el país y, si la persona que lo obtiene quiere trasladarse y trabajar en otro Estado miembro de la Unión Europea, deberá solicitar un permiso específico conforme a las leyes de esa nación. Para ello, necesitará un contrato de trabajo y cumplir con los requisitos legales establecidos por el país al que desea ir.
En el caso de que las personas migrantes regularizadas quieran transitar o viajar por turismo a otro país europeo del espacio Schengen, se permite una estancia máxima de 90 días en un periodo de 180 días. Si superan los seis meses fuera de España, perderían su permiso.
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La regularización extraordinaria ha registrado un total de 1.170.000 solicitudes, una cifra que duplica las previsiones iniciales del Gobierno, y de ellas, más de la mitad, 608.000, ya están tramitándose, según los datos que ofreció la semana pasada la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.
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