
El Gobierno prepara los últimos detalles para aprobar la regularización extraordinaria que permitirá a medio millón de personas migrantes acceder a un permiso de residencia y trabajo con el objetivo de que este martes 14 el Consejo de Ministros dé luz verde al texto definitivo. Si bien estaba previsto que la regularización arrancara el 1 de abril, el calendario se ha retrasado porque no fue hasta el pasado viernes cuando el Consejo de Estado envió su informe sobre el proceso -un paso obligatorio pero no vinculante- donde respalda la propuesta del Gobierno aunque sugiere algunos ajustes técnicos.
El Consejo de Estado, según explican fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, avala que la regularización se haga a través de una reforma del reglamento de la Ley de Extranjería, al considerar que se trata de un texto normativo legal dentro del marco constitucional donde “se han respetado todas las garantías para concluir con éxito un procedimiento de esta índole”. También valora positivamente los objetivos generales de la regularización: integración social, seguridad jurídica y reducción de la irregularidad administrativa.
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Advertencias sobre el proceso
No obstante, el órgano consultivo ha lanzado algunas advertencias sobre el proceso. El Consejo de Estado explica que no se pueden tener al mismo tiempo un permiso de asilo y uno por la nueva regularización. Si una persona ya tiene protección internacional, ese permiso seguirá en vigor hasta que le den el nuevo permiso de residencia y trabajo. Solo después podrá pedir la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).

Respecto a las personas que piden ser reconocidas como apátridas (sin nacionalidad), recomienda que no deben entrar en el proceso de regularización, ya que su situación es diferente y debe tratarse por otro camino.
El Consejo de Estado pide que se establezcan reglas claras para definir quién es vulnerable, de modo que todos los casos se valoren de la misma forma. Por eso, propone que se considere vulnerable a quien haya llegado a España antes del 1 de enero de 2026 y lleve al menos cinco meses sin papeles al presentar la solicitud.
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Respecto a los antecedentes penales, el órgano consultivo considera que todos los solicitantes deben presentar un certificado oficial de su país de origen o de aquellos otros donde haya vivido los últimos 5 años. El Consejo no está de acuerdo con que, si no se puede obtener el certificado, baste con una simple declaración del solicitante, como preveía el borrador original, porque “podría conllevar riesgos de seguridad”.
Entre sus recomendaciones, también insiste en que empresas como TRAGSA y Correos solo deben encargarse de tareas de apoyo, como gestionar y tramitar documentos, pero “no pueden tomar decisiones administrativas ni ejercer funciones que corresponden únicamente a funcionarios públicos”. Además, recomienda que el texto especifique qué tareas concretas pueden delegarse a estas entidades y que se garantice la protección de los datos personales, cumpliendo siempre con la ley.
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Por otro lado, el dictamen destaca positivamente que los desplazados por la guerra de Ucrania no tengan que presentarse a la regularización, al tener un cauce específico para ellos. También otorga especial relevancia a la protección de los hijos menores y familiares cercanos de los solicitantes, un punto incluido en la redacción del Real Decreto.
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