Estados Unidos impondrá un nuevo arancel a partir de este viernes a Centroamérica, incluyendo a El Salvador, alegando que los países no aplican de manera efectiva la prohibición de importar bienes producidos con trabajo forzoso. La decisión, instruida por el presidente Donald Trump, fue informada públicamente por el embajador Jamieson Greer desde la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR, por sus siglas en inglés).
La medida surge tras un proceso de investigación iniciado el 12 de marzo de 2026, cuando la USTR abrió 60 investigaciones sobre la falta de aplicación efectiva de prohibiciones al trabajo forzoso en las cadenas de suministro globales. El procedimiento incluyó dos rondas de audiencias públicas, más de 2,100 comentarios del público y consultas con más de 45 gobiernos, entre ellos los de Centroamérica y la República Dominicana.
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“El presidente Trump reconoce que décadas de persuasión moral no han erradicado el trabajo forzoso de las cadenas de suministro globales. Estados Unidos mantiene una prohibición de importación de productos elaborados con trabajo forzoso desde hace casi un siglo y la aplica rigurosamente; ya es hora de que nuestros socios comerciales hagan lo mismo”, afirmó Greer según el comunicado oficial de la USTR.

Evaluación, sanciones y países afectados
El 2 de junio de 2026, la USTR concluyó que las políticas y prácticas observadas en las economías investigadas resultan irrazonables y restrictivas para el comercio estadounidense, habilitando así la imposición de aranceles correctivos bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio.
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De acuerdo con EFE, los nuevos gravámenes establecen un arancel adicional del 10 % para las importaciones procedentes de 17 economías y del 12.5 % para otras, mientras que para algunos socios comerciales las tasas varían según el producto. En América Latina, la medida afecta a Guatemala, Honduras y El Salvador, que afrontarán un arancel adicional del 10%, mientras que Costa Rica, Panamá y República Dominicana estarán sujetos a un gravamen del 12.5 %.
La USTR estableció exenciones para ciertos productos, como materias primas cuya inclusión en los aranceles podría afectar la disponibilidad de insumos críticos en Estados Unidos, productos cuya afectación pudiera provocar perturbaciones económicas, o artículos cuya exclusión pueda alentar a los gobiernos afectados a cumplir con los compromisos internacionales para eliminar el trabajo forzoso.
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El comunicado precisa que algunos productos específicos de Argentina, Bangladesh, Camboya, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Indonesia, Jordania, Malasia, Suiza, Taiwán y el Reino Unido pueden quedar excluidos si su exención contribuye a promover el cumplimiento de las restricciones al trabajo forzoso.

La decisión estadounidense también abarca a países fuera de la región centroamericana y caribeña, entre ellos Argentina, Bangladesh, Camboya, Canadá, Ecuador, India, Indonesia, Jordania, Malasia, Pakistán, Sri Lanka y Reino Unido. Además, se aplican tasas diferenciadas a productos de la Unión Europea, Taiwán, Japón, Corea y Suiza que no estén exentos, según lo detallado por la USTR.
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La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos señaló que mantendrá la vigilancia sobre el cumplimiento de estas disposiciones y evaluará los cambios que realicen los países afectados. El comunicado oficial destaca que podrían tomarse nuevas acciones si no se observa una mejora sustancial en la aplicación de las prohibiciones contra el trabajo forzoso en las exportaciones dirigidas al mercado estadounidense.
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