¿Cómo se asignarán los votos de la diáspora para las elecciones de 2027 en El Salvador?

Las modificaciones contemplan modalidades diferenciadas para que los ciudadanos residentes en el exterior puedan elegir autoridades y postular candidaturas, así como nuevas obligaciones de transparencia para los partidos políticos.

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Mano deposita boleta en urna transparente con etiqueta 'El Salvador' sobre mesa de madera clara. Banderas de El Salvador y Estados Unidos desenfocadas al fondo.
El voto en el extranjero se asigna según el domicilio registrado en el DUI o por pasaporte, siguiendo lo establecido en la reforma electoral. /(Imagen Ilustrativa Infobae)

Con la finalidad de armonizar el sistema electoral para los salvadoreños que residen fuera del país y en concordancia con la reciente reforma constitucional, la Asamblea Legislativa aprobó una reforma a la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero, que establece cómo será la asignación del voto de la diáspora salvadoreña para tener representación legislativa.

La reforma define con precisión la distribución del voto tomando como base el Documento único de Identidad (DUI) y el pasaporte de los salvadoreños en el exterior. En ese sentido, el artículo cuatro de la ley reformada establece la asignación del sufragio conforme con el tipo de elección de la siguiente manera:

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Elección de Presidente y Vicepresidente: Todos los votos emitidos por salvadoreños en el extranjero se asignarán a la circunscripción nacional, independientemente del domicilio registrado en el DUI.

Elección de Diputados a la Asamblea Legislativa: Se aplicarán criterios diferenciados según el domicilio consignado en el DUI:

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• Si el domicilio en el documento de identidad está registrado fuera del territorio nacional, el voto se asignará a la circunscripción en el extranjero.

• Si el domicilio según el DUI corresponde a un lugar dentro del territorio nacional, el voto se asignará al municipio o departamento que figure en ese documento.

• Si el votante ejerce el sufragio usando pasaporte, el voto se asignará a la circunscripción en el extranjero, sin importar si el pasaporte fue emitido dentro o fuera de El Salvador.

La Asamblea Legislativa aprobó reformas a la Ley especial para el ejercicio del sufragio en el extranjero para clarificar la representación de la diáspora salvadoreña./ (Cortesía: Asamblea Legislativa)
La Asamblea Legislativa aprobó reformas a la Ley especial para el ejercicio del sufragio en el extranjero para clarificar la representación de la diáspora salvadoreña./ (Cortesía: Asamblea Legislativa)

Con esta disposición, la residencia declarada en el DUI o el uso del pasaporte determinarán el destino del voto. Además, para el proceso electoral de 2027, no será necesario que el DUI esté vigente para ejercer el derecho al sufragio en el extranjero.

El cambio fue aprobado con 57 votos a favor, en su mayoría con votos del partido oficialista, después de haber reformado el Código Electoral tras una acalorada discusión parlamentaria entre diputados de Nuevas Ideas y las diputadas de oposición, Marcela Villatoro, del partido Alianza Republicana Nacionalista (ARENA), y Claudia Ortíz, del partido VAMOS.

Posteriormente, los parlamentarios aprobaron también reformas a la Ley de Partidos Políticos, con el propósito de adecuar la organización electoral a los nuevos parámetros constitucionales y garantizar mayor transparencia y control en la vida interna de estos institutos.

Los principales puntos de la reforma incluyen el reconocimiento de la existencia de cuatro tipos de circunscripciones para la elección de autoridades y candidatos a cargos de elección popular: nacional, departamental, municipal y en el extranjero. Los miembros o afiliados de los partidos podrán elegir y postular candidaturas en la circunscripción correspondiente. Asimismo, se establece que los partidos deben realizar elecciones internas libres, directas, igualitarias y secretas para la selección de sus candidatos y autoridades, tanto en el territorio nacional como en el extranjero.

Tres libros, uno rojo y dos negros, sobre un escritorio de madera; uno de los libros negros está abierto mostrando texto, con la bandera de El Salvador difuminada al fondo.
La nueva legislación electoral permite que el DUI no esté vigente en 2027 para ejercer el derecho al voto en el extranjero./ (Imagen Ilustrativa Infobae)

La reforma establece la obligación para los partidos de llevar contabilidad formal, contar con auditoría interna, informar sobre el uso de fondos privados y detallar los montos de financiamiento privado. Toda esta información deberá estar disponible para el Tribunal Supremo Electoral (TSE) y el Ministerio de Hacienda, así como para autoridades que la requieran en procesos judiciales. Entre los cambios también se prohíbe a los partidos afiliar a ministros de culto religioso, miembros activos de la Fuerza Armada o la Policía Nacional Civil (PNC), recurrir a la violencia, impedir el funcionamiento de instituciones del Estado y dañar la imagen personal de candidatos y familiares.

Sobre las coaliciones, se regula el derecho de pactar coaliciones entre partidos en todos los niveles de circunscripción, estableciendo requisitos claros para su inscripción y funcionamiento, así como las consecuencias en caso de no alcanzar el porcentaje de votos válidos. Un punto a destacar es que los partidos deberán integrar en sus planillas al menos un 30% de candidatas mujeres para las diputaciones y concejos municipales, incluyendo la circunscripción en el extranjero.

Con estas reformas, el sistema electoral salvadoreño avanza hacia la inclusión plena de la diáspora, la transparencia en la vida partidaria y la modernización de los procesos de representación política, según los diputados, permitiendo que los salvadoreños en el exterior tengan una participación efectiva y representativa en la vida democrática del país.

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